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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2006 (08/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 59

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G33/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 8 de mayo de 2006 con el organismo normativo, la actividad pesquera no ha contado con medidas coordinadas para un manejo sostenible de los recursos pesqueros, por lo que, para cumplir con dicho objetivo y en atención a las condicionespropias de la actividad pesquera se considera necesario sumar esfuerzos y contar con la colaboración y participación de las entidades e institutos de investigaciónpara la implementación de medidas de protección y preservación de los recursos pesqueros en la Región Ucayali; Que, en Ucayali la pesca muestra signos de sobreexplotación, como reducción de las tallas de diferentes especies, búsqueda de nuevos y más alejadoslugares de pesca, disminución de los volúmenes de pescado desembarcado, lo que trae como resultado el desabastecimiento de pescado a la población, incrementoen los desembarques de especies de bajo valor y disminución de especies de mayor valor económico. Sumado a ello, la presión de pesca se incrementa por elcrecimiento poblacional y la demanda de pescado cada vez mayor; sin embargo existen actividades que atentan contra la conservación de los ecosistemas como ladeforestación, el uso de sustancias tóxicas, la actividad de narcotráfico, la falta de cultura ecológica en la población, además de factores climáticos regionales yglobales, que alterarían las respuestas ecológicas de las especies entre otros; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional; el Consejo Regional de Ucayali, enSesión Ordinaria de fecha 16 de marzo del 2006, aprobó la siguiente: ORDENA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Conformación de la Comisión Técnica Interinstitucional para Asuntos Pesqueros en la Región Ucayali; la misma que será presidida por la Dirección Regional de la ProducciónUcayali, cuyo objetivo principal es la formulación de estrategias y acciones direccionadas a la conservación y explotación racional de los recursos pesqueros deacuerdo con el Plan de Ordenamiento de la Pesquería Amazónica. Artículo Segundo.- APROBAR la participación de las siguientes instituciones en la Comisión Técnica Interinstitucional en Asuntos Pesqueros: Dirección Regional Sectorial de la Producción de Ucayali; Institutode Investigaciones de la Amazonía Peruana-IIAP - Pucallpa; Instituto de Investigaciones Tropicales y de Altura - IVITA-Pucallpa; Instituto de Ciencias BiológicasAntonio Raymondi de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali; Gerencia Regional de Recursos Naturales yGestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Ucayali; Organismos No Gubernamentales: Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Ambientales -ADRA, Asociación para la Investigación y Desarrollo Regional - AIDER, Sindicato Único de Pescadores Artesanales de la Región Ucayali - SINDUPERU,Asociación Mutualista de Pescadores de Yarinacocha - AMPYC, Asociación de Pescadores Artesanales de la Región Ucayali - APARU, Instituto Regional de Desarrollode las Comunidades Nativas - IRDECON, Oficina Regional de Asuntos Indígenas - ORAU, Universidad Nacional de Ucayali, Universidad Nacional Interculturalde la Amazonía - UNIA y la Capitanía de Puerto de Pucallpa. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico hacer el seguimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes e informar al Consejo Regional en pleno. Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulación local. Artículo Quinto.- DISPENSAR del trámite de lectura y aprobación del acta. POR TANTO MANDO SE PUBLIQUE Y CUMPLA. EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 08145/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2006-MSB-A Mediante Oficio Nº 360-2006-MSB-SG, la Municipalidad de San Borja solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía Nº 008-2006-MSB-A,publicado en la edición del día 5 de mayo de 2006. En el Artículo Cuarto;DICE: "Artículo 26º.- ... a) Comisión de gastos de inversión: concentra y proponer ..." DEBE DECIR:"Artículo 26º.- ... a) Comisión de gastos de inversión: concertar y proponer ..." 08139 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G70/G61/G67/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G73 /G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20 /G70/G6F/G72/G20 /G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G74/G6F/G20 /G64/G65/G63/G6F/G6E/G73/G74/G61/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G6F/G73/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G37/G30/G33 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000016 Callao, 28 de abril de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO:El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 28 de abril de 2006; aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política y administrativa en asuntos de su competencia y tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios,licencias y derechos municipales, de conformidad con los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú; Que, conforme al Art. 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, se aprecia que de acuerdo alo establecido en el inciso 4 del Art. 195º y por el Art. 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas yotorgan exoneraciones dentro de los límites que fija la Ley; Que, la segunda norma del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado