Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2006 (22/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, lunes 22 de MORDAZA de 2006
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NORMAS LEGALES
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Pag. 319251

SCHOOL AGREEMENT V3.2 ­ PROGRAMA ALIANZA PARA LA EDUCACION Office Pro All Lenguages Lic/SA Pack MVL Partenrs in Learning y Upgrade de Windows All Lenguages 269-07977 SCHOOL AGREEMENT V3.4 Office Pro All Lenguages Lic/SA Pack MVL Campus 269-06240 Windows Pro All Lenguages Upg/SA Pack MVL B23-02559 Microsoft FrontPage Win32 All Lenguages Lic/SA Pack MVL 39201720 Project Pro Win32 All Lenguages Lic/SA Pack MVL w/1 ProjectSvr CAL H30-00237 Visio Pro Win32 All Lenguages Lic/SA Pack MVL D87-01057 Windows Srv Std All Lng Lic/SA Pack MVL P73-00203 900 900 50 32 20 15 25.00 19.00 6.00 6.00 6.00 56.00 22,500.00 17,100.00 300.00 192.00 120.00 840.00 48,552.00 57,776.88

600

12.50

7,500.00

Total Total con IGV

Articulo 2º.- La contratacion que se efectuara en virtud de la presente Resolucion Rectoral, sera realizada por la Oficina Central de Logistica de la Universidad Nacional de Ingenieria mediante acciones inmediatas de conformidad a lo dispuesto en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Disponer que la presente Resolucion Rectoral sea publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles de su emision. Asimismo la Oficina Central de Logistica remitira MORDAZA de la presente Resolucion Rectoral y de los Informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, asi como difundirla a traves del SEACE, conforme a lo dispuesto en el articulo 20º y 147º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, respectivamente. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 09012

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Autorizan adquisicion de papel MORDAZA por situacion de desabastecimiento inminente
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 218-2006-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2006
VISTO: El Informe Tecnico Nº 022-2006/GAF-SGL, emitido por la Subgerencia de Logistica y el Informe Legal Nº 051 2006-GAJ, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el 1 de marzo del 2006, el CONSUCODE otorgo la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 011-2006CONSUCODE por Subasta Inversa a la empresa ALGISA REPRESENTACIONES SAC, convocada para la adquisicion de papel MORDAZA A4 de 80 gramos, suscribiendose el contrato de Adquisicion de Bienes Nº 025-2006 el 17 de marzo del 2006; Que, habiendose advertido situaciones que afectarian la validez del contrato suscrito, el 26 de MORDAZA de 2006 mediante carta notarial, el CONSUCODE comunico a la empresa que obtuviera la Buena Pro del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº11-2006 por Subasta Inversa convocado para la adquisicion de papel MORDAZA A4 80 gramos, el inicio del procedimiento arbitral que resolvera las controversias planteadas sobre la validez del contrato de Adquisicion de Bienes Nº 025-2006; Que, la Subgerencia de Logistica mediante Informe

Nº 022-2006/GAF- SGL de 11 de MORDAZA de 2006, informa que a la fecha se ha agotado el stock de seguridad de papel MORDAZA A4-80 gramos, siendo inminente el desabastecimiento de este bien (Informe Nº 051-LOG/ALM de fecha 08.05.2006), frente al consumo diario de las diversas areas usuarias; anadiendo a ello, que a la fecha el suministro del bien MORDAZA citado esta condicionado a la culminacion del Procedimiento Arbitral, es necesario tomar acciones inmediatas para atender los requerimientos de papel MORDAZA A4-80 gramos de todas las areas de la institucion para evitar el desabastecimiento al no contar con dicho bien, afectandose directamente la continuidad de las labores fundamentales de la Entidad; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 051-2006-GAJ, opina que se han configurado los elementos de la Situacion de Desabastecimiento Inminente comprometiendo de manera directa las funciones que CONSUCODE tiene a su cargo con la presencia de hechos imprevisibles y extraordinarios que origina tal interrupcion, enmarcandose de esta forma dentro de lo dispuesto en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que procede la exoneracion de acuerdo a los senalado en el literal c) del articulo 19º de la citada Ley, asi como lo establecido en el articulo 141º de su Reglamento, toda vez que se cumplen con los presupuestos de la causal de Desabastecimiento Inminente; Que, en ese contexto, se advierte que la adquisicion del papel MORDAZA A4 80 gramos, es indispensable para el normal funcionamiento de las actividades y servicios que brinda el CONSUCODE, por lo que ante esta situacion es necesario que se declare la situacion de desabastecimiento Inminente, la misma que de conformidad con el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, faculta la adquisicion y contratacion de los bienes y servicios u obras solo por el tiempo y cantidad segun sea el caso, necesario para resolver la situacion presentada; Que, en ese sentido de conformidad con lo informado por la Subgerencia de Logistica, resulta necesario declarar en situacion de desabastecimiento la adquisicion de papel MORDAZA A4 80 gramos hasta por la cantidad de 2,860 millares o hasta por el tiempo que se resuelva el procedimiento de arbitral del contrato de Adquisicion de Bienes Nº 025-2006; toda vez, que no se puede determinar la duracion de este procedimiento; Que, de conformidad con el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se considera desabastecimiento inminente, aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, por el tiempo que dure la necesidad; Que, los hechos producidos en la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 011-2006-CONSUCODE, no eran situaciones previsibles y ordinarias que se presenten en un normal MORDAZA de seleccion en ejecucion, por lo que la falta de suministro del papel obedece a factores exogenos a la administracion; Que, segun lo dispuesto por el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la resolucion que aprueba la exoneracion debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision; y adicionalmente debera publicarse a traves del SEACE; Que, del mismo modo, conforme al articulo 148º del acotado Reglamento, la entidad efectuara las adquisiciones y contrataciones en forma directa, mediante acciones inmediatas a cargo de la dependencia encargada de las adquisiciones o contrataciones de la Entidad o el organo designado para tal efecto; De conformidad con lo estipulado en los articulos 19º, 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, los articulos 141º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM; y las facultades conferidas por el numeral 28) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2006-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de papel MORDAZA A4 80 gramos para el CONSUCODE, en merito a los considerandos expuestos en la presente resolucion, hasta por la cantidad de (2,860 millares) o hasta que se culmine el procedimiento arbitral. Articulo Segundo.- Exonerar al CONSUCODE del MORDAZA de seleccion correspondiente para la adquisicion

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