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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2006 (22/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G39/G32/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 22 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 166-2005-EF, se dictaron medidas complementarias referentes a la solicitud depensión de invalidez y la presentación del "CertificadoMédico de Invalidez", el cual será expedido por el Ministeriode Salud, por el Seguro Social de Salud (EsSalud), o porlas Entidades Prestadoras de Salud (EPS); Que, como en el anotado "Certificado Médico de Invalidez", confluyen componentes técnicos de carácterbiomédico relacionados con la discapacidad y,componentes sociales de carácter laboral relacionados conel tema de pensiones, lo cual impide que dicho certificadopueda ser expedido en forma integral, es necesario revisarloy proponer las adecuaciones del caso; Que, con Resolución Ministerial Nº 327-2006/MINSA, de fecha 28 de marzo de 2006, se conformó la Comisión Sectorialencargada de la revisión del "Certificado Médico de Invalidez"a que se refiere el citado Decreto Supremo Nº 166-2005-EF; Que, según el Informe Final de la mencionada Comisión Sectorial, es necesario implementar los procedimientos técnico-administrativos para la expedición del Certificado Médico previstoen el referido Decreto Supremo Nº 166-2005-EF, por parte delMinisterio de Salud, Seguro Social de Salud (EsSalud) y lasEntidades Prestadoras de Salud (EPS), razón por la cual, seha elaborado la Directiva Sanitaria: "Aplicación Técnica delCertificado Médico requerido para el otorgamiento de pensiónde invalidez - D.S. Nº 166-2005-EF"; Estando a lo informado por la Dirección General de Salud de las Personas y, con la visación de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Sanitaria Nº 003-MINSA/ DGSP-V.01: "Aplicación Técnica del Certificado Médico requeridopara el otorgamiento de pensión de invalidez - D.S. Nº 166-2005-EF", la misma que en documento adjunto forma parteintegrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud de las Personas, se encargará de la difusión de la mencionada Directiva Sanitariaen los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, deniveles: II-2, III-1 y III-2; en los establecimientos acreditados yautorizados del Seguro Social de Salud (EsSalud); y, en los delámbito de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) quedetermine la Superintendencia de Entidades Prestadoras deSalud (SEPS). Artículo 3º.- Las Direcciones Generales u órganos responsables de los establecimientos de salud indicadosen el Artículo 2º, son responsables de la difusión,implementación, aplicación y cumplimiento de la mencionadaDirectiva Sanitaria. Artículo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones, publicará dicha Directiva Sanitaria en el Portal de Internetdel Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 08998 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G4E/G65/G75/G72/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 479-2006/MINSA Lima, 18 de mayo del 2006 Visto el Oficio Nº 345-2006-OEA-DG-INCN y el Memorándum Nº 119-2006-OPP/MINSA; CONSIDERANDO: Que con Resolución Ministerial Nº 518-2003-SA/DM, de fecha 13 de mayo de 2003, se asignó con eficacia al 12de octubre de 2001, al médico cirujano Arturo GárateSalazar, las funciones de Director Ejecutivo deAdministración del Instituto Especializado de CienciasNeurológicas "Oscar Trelles Montes"; Que por Resolución Ministerial Nº 700-2003-SA/DM, de fecha 13 de junio de 2003, se aprobó la modificación del Cuadro paraAsignación de Personal del Instituto Especializado de Ciencias Neurológicas, en el que está previsto, entre otros, el cargo deDirector Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administración; Que el artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece la nueva estructura orgánica del Ministeriode Salud, en la que el Instituto Nacional de CienciasNeurológicas figura como órgano desconcentrado; Que el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administración, se encuentra previsto en el Cuadro paraAsignación de Personal y la plaza cuenta con elfinanciamiento correspondiente en el Presupuesto Analíticode Personal, por lo que resulta conveniente designar alprofesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la CarreraAdministrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM,el literal b.2 del artículo 8º de la Ley Nº 28652, el literal l) delartículo 8º de la Ley Nº 27657 y el artículo 3º de la LeyNº 27594; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al maestro en educación y médico cirujano Arturo GÁRATE SALAZAR, en el cargo de DirectorEjecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administración, Nivel F-4, delInstituto Nacional de Ciencias Neurológicas, dándose término alo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 518-2003-SA/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 08999 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F /G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G61/G62/G6C/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 389-2006-MTC/03 Lima, 17 de mayo de 2006 VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2005- 020061 por el señor JUAN CARLOS LLUEN SÁNCHEZ, paraque se le otorgue concesión para la prestación del serviciopúblico de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidadde cable alámbrico u óptico, en el distrito de Monsefú, de laprovincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde alMinisterio de Transportes y Comunicaciones otorgarconcesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materiade telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC,establece que los servicios públicos de difusión se prestanbajo el régimen de concesión, la cual se otorga previocumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en laLey y su Reglamento y se perfecciona mediante lasuscripción de un contrato de concesión aprobado por elTitular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entrelos servicios públicos de difusión se encuentra el servicio públicode distribución de radiodifusión por cable; Que, mediante Informes Nºs. 081 y 169-2006-MTC/ 17.01.ssp. la Dirección de Concesiones y Autorizacionesde Telecomunicaciones, de la Dirección General de Gestiónde Telecomunicaciones, señala que, habiéndose verificadoel cumplimiento de los requisitos que establece la legislaciónpara otorgar la concesión solicitada para la prestación delservicio público de distribución de radiodifusión por cable,es procedente la solicitud formulada por el señor JUANCARLOS LLUEN SÁNCHEZ; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por