Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2006 (22/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 22 de MORDAZA de 2006

Otorgan autorizacion a persona juridica para la instalacion de establecimiento industrial pesquero
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 118-2006-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2006 Visto los escritos con registro Nº CE-04310003 y de fechas de 11 de MORDAZA y 29 de noviembre de 2005, 19 de enero, 14 de marzo y 27 de marzo de 2006, Nº 00013461 del 28 de febrero de 2006, presentados por FROZEN PRODUCTS CORPORATION S.A.C. CONSIDERANDO: Que el inciso b) del numeral 4 del articulo 43º, articulo 44º y articulo 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la instalacion de establecimiento industriales pesqueros se requiere de autorizacion, la que constituye un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria, actualmente Ministerio de la Produccion, otorga a plazo determinado y, a nivel nacional; Que el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que el numeral 52.1 del articulo 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, senala que la autorizacion de instalacion se otorga con vigencia no mayor de un (1) ano, la cual podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado. La autorizacion caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, la instalacion del establecimiento industrial pesquero, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de Pesqueria, actual Ministerio de la Produccion; Que la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2001PE, regula entre otros, los requerimientos y las condiciones sanitarias para la ubicacion, diseno, construccion y equipamiento de los establecimientos y plantas de procesamiento de productos pesqueros destinados al consumo humano directo; Que mediante los escritos del visto, la empresa FROZEN PRODUCTS CORPORATION S.A.C. solicita autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, para desarrollar la actividad de procesamiento pesquero a traves de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, con una capacidad de 10 t/dia y su almacenamiento con una capacidad de 80 t, a ubicarse en MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 451 del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que la Direccion Nacional de Medio Ambiente, mediante Certificado Ambiental Nº 011-2005-PRODUCE/DINAMA del 7 de marzo de 2005, senala que el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la empresa FROZEN PRODUCTS CORPORATION S.A.C. ha obtenido calificacion favorable para la autorizacion de instalacion de una planta de congelado de recursos hidrobiologicos de 10 t/dia de capacidad, ubicada en el Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 451, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se concluye que la empresa recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 26 del Texto Unico de Procedimiento Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar la autorizacion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de sus Informes Nº 133-2005-PRODUCE/ DNEPP-Dch y Nº 073-2006-PRODUCE/DNEPP-Dch y con el visado de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el numeral 4 inciso b) del articulo 43º, los articulos 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los articulos 49º, 52º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el

procedimiento Nº 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa FROZEN PRODUCTS CORPORATION S.A.C. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero, para desarrollar la actividad de procesamiento pesquero a traves de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, a ubicarse en MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 451 del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, con las siguientes capacidades proyectadas: Congelado : 10 t/dia. Almacenamiento : 80 t. Articulo 2º.- La empresa FROZEN PRODUCTS CORPORATION S.A.C. debera instalar su establecimiento industrial pesquero, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como a las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion Nacional de Medio Ambiente, segun Certificado Ambiental Nº 011-2005PRODUCE/DINAMA del 7 de marzo de 2005. Articulo 3º.- Otorgar a la empresa FROZEN PRODUCTS CORPORATION S.A.C., el plazo de un (1) ano, contado a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite de haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; para que la interesada concluya con la instalacion de la planta de congelado. La licencia de operacion correspondiente debera solicitarse dentro de un plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de la autorizacion o de ser el caso, de la fecha de vencimiento del plazo de su renovacion. Articulo 4º.- La autorizacion de instalacion senalada en el articulo 1º caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, la instalacion del establecimiento industrial pesquero, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo senalado en los articulos 2º y 3º de la presente Resolucion, sera causal de caducidad del derecho otorgado, o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 09008

Modifican RR.MM. Nºs. 162-95 y 35397-PE mediante las cuales se otorgaron permisos de pesca para operar embarcaciones pesqueras
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 119-2006-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2006 Visto los escritos de registro Nº 00018143 del 17 y 24 de marzo del 2006, presentado por la empresa JADRAN S.A.

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