Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2006 (03/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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a las disposiciones o recomendaciones derivadas de la respectiva autoevaluacion, mediante compromisos de mejoramiento institucional.

5.2.2. Implantacion y seguimiento de medidas correctivas Cuando se detecte o informe sobre errores o mejora, la entidad debera adoptar las medidas que resulten mas adecuadas para los objetivos y recursos institucionales, efectuandose el seguimiento correspondiente a su implantacion y resultados. El seguimiento debe asegurar, asimismo, la adecuada y oportuna implementacion de las recomendaciones producto de las observaciones de las acciones de control.

5.3.2. Evaluaciones independientes Se deben realizar evaluaciones independientes a cargo de los organos de control competentes para imparcial del comportamiento del sistema de control interno y del desarrollo de la gestion institucional, recomendaciones oportunas para su mejoramiento.

5.3. NORMAS BASICAS PARA LOS COMPROMISOS DE MEJORAMIENTO 5.3.1. Autoevaluacion Se debe promover y establecer la ejecucion periodica de autoevaluaciones sobre la gestion y el control el comportamiento institucional e informarse las sus organos y personal competente dar cumplimiento

IV. ANEXO: GLOSARIO DE TERMINOS Actividades de control

Administracion estrategica

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