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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de noviembre de 2006 332493 Entidad efectuará la adquisición en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las bases, la misma que podrá ser obtenida por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico; Que, el literal c) del artículo 20º del TUO de la Ley precitada, señala que las exoneraciones se aprobaran mediante Acuerdo de Concejo, publicándose en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo este artículo señala que esta facultad de aprobar exoneraciones es indelegable, requiriéndose obligatoriamente de un informe técnico – legal previo. De igual forma, copia del Acuerdo y el informe que lo sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la Republica y al CONSUCODE bajo responsabilidad del Titular del Pliego dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, mediante los informes de visto se sustenta técnica y legalmente la adquisición y la exoneración, fundamentándose la necesidad de declarar la situación de Desabastecimiento inminente al suministro de productos alimenticios al Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Chorrillos; Estando a lo expuesto y a lo aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar en situación de desabastecimiento inminente el suministro de productos alimenticios al Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, por el plazo de 6 semanas completas y parcialmente 1 semana, de acuerdo con el requerimiento efectuada por la encargada del programa del vaso de leche. Artículo Segundo.- Encargar a la Unidad de Abastecimientos y Control Patrimonial la ejecución del proceso por exoneración, mediante adquisición directa, cuyo valor referencial asciende a S/. 356,617.80, con fuente de fi nanciamiento proveniente de transferencias del Gobierno Central para el Programa Vaso de Leche, equivalentes 216,132 unidades de 410 gr. de Leche Evaporada Entera, por el monto de S/. 1.65 cada unidad; que serán distribuidos de la siguiente manera: Semana 42: 16,632 unidades y de la semana 43 a la semana 48: 33,250 unidades. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaria General de la Municipalidad, la publicación del presente acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el presente acuerdo, así como remitir a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE copia del acuerdo y del informe técnico - legal, que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley. Regístrese, comuníquese. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 4901-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de recolección y transporte de residuos sólidos por situación de desabastecimiento inminente ACUERDO DE CONCEJO Nº 95-2006-C/MC Comas, 25 de octubre del 2006. EL CONCEJO DISTRITAL DE COMASVISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 25 de octubre del 2006, los Informes Nºs. 176-2006-GAF/MC de la Gerencia de Administración y Finanzas, 516-2006-SGL-GAF/MC de la Subgerencia de Logística, 508-2006-GAJ/MC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Memorando Nº 384-2006-GPR/MC, sobre solicitud de Declaración en Situación de Desabastecimiento Inminente del Servicio de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos, en la Jurisdicción del distrito de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los Procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa las Adquisiciones que se realicen en Situación de Desabastecimiento Inminente producidas conforme a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, mediante Informe Nº 516-2006-SGL-GAF/MC, de fecha 17 de octubre del presente año de la Sub Gerencia de Logística e Informe Nº 176-2005-GAF/MC, de fecha 24 de octubre de la Gerencia de Administración y Finanzas, en el cual solicitan declarar el Desabastecimiento Inminente del servicio de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos por un plazo de 60 días calendario, bajo el importe máximo de S/.212,160.60 ( Doscientos Doce Mil Ciento Sesenta con 60/100 Nuevos Soles) teniendo en consideración un recojo de 90.90 TN.M. diarias a razón de S/.38.90 por TN.M el que incluye el IGV, asimismo que el Concurso Público Nº 001-2006-CE/MC, para contratar el Servicio de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos, el mismo que conforme al calendario del proceso de selección habría terminado con el Otorgamiento de la Buena Pro el día 19 de octubre del 2006, sin embargo ante las observaciones realizadas por Tecnologías Ecológicas PRISMA SAC y no acogidas por el Comité especial estas han sido elevadas a CONSUCODE quienes resolverán en el plazo máximo de 10 días, conforme al Artículo 116 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Informe Nº 508-2006-GAJ/MC, de fecha 24 de octubre del 2006, la Gerencia de Asuntos Jurídicos informa que del mérito del Informe técnico respectivo, se dan los supuestos exigidos por las normas acotadas respecto a la situación de Desabastecimiento Inminente, por lo que resulta procedente esta situación imprevisible; Que, los hechos antes señalados dan lugar a que la Municipalidad Distrital de Comas se encuentre desabastecida inminentemente del Servicio de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos, comprometiendo en forma directa e inminente la continuidad del servicio de Limpieza Pública y Ornato, además de acarrear un peligro latente para la salud de los vecinos de la jurisdicción del Distrito de Comas; Que, por tanto habiéndose con fi gurado el supuesto establecido en el Art. 21º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, corresponde declarar la Situación de Desabastecimiento Inminente del Servicio de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos para la jurisdicción del distrito de Comas por el plazo previsto por la Gerencia de Administración y Finanzas, y consecuentemente la aprobación de la Exoneración de la contratación de dicho servicio, con arreglo al procedimiento establecido en el Art. 148º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Estando a lo expuesto, de conformidad con el inciso c) del Artículo 19º y los Artículos 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y demás normas pertinentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; luego del debate correspondiente, el Pleno del Concejo aprobó por Mayoría, el siguiente: