TEXTO PAGINA: 7
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de noviembre de 2006 333457 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA CERTIFICACIÓN FITOSANITARIA DE FRUTAS FRESCAS DE UVA (Vitis vinifera) DESTINADAS A LA EXPORTACIÓN INTRODUCCIÓN El presente manual de procedimientos está dirigido a las personas interesadas en contar con la certi fi cación fi tosanitaria para la exportación de fruta fresca de uva a los distintos destinos y a los inspectores del SENASA con la fi nalidad de que lo utilicen como guía para el cumplimiento de este servicio. CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES 1. Antecedentes. La exportación de uva de mesa ha tenido una evolución signi fi cativa al haber pasado de 530 toneladas en 1998 a 19 mil toneladas en el 2005, estimándose superar las 25 mil toneladas en el 2006. En la misma dimensión que las barreras tradicionales al comercio, tales como los aranceles y arancel-cuota, disminuyen a través de iniciativas que incrementan el intercambio comercial, la importancia de las barreras no arancelarias, tales como las medidas sanitarias y fi totosanitarias (MSF), se incrementa. Dentro de la estrategia nacional de crecimiento y desarrollo de este rubro, el cumplimiento de las medidas fi tosanitarias viene adquiriendo vital relevancia para asegurar el mantenimiento del acceso a los mercados de los países de exportación. En este contexto, es prioritario normar los procedimientos necesarios para garantizar el acceso y mantenimiento de los mercados internacionales, asegurando a las autoridades fi tosanitarias de los países de destino el cumplimiento en el país de las medidas fi tosanitarias exigidas que avalen envíos de frutos de uva de mesa que no perjudiquen su agricultura. 2. Objetivo Orientar a los participantes de la cadena exportadora de uvas de mesa sobre el cumplimiento de los requisitos fi tosanitarios establecidos por los distintos Organismos Nacionales de Protección Fitosanitaria - ONPF para el ingreso de estos frutos a los mercados de exportación. 3. Alcance El presente manual se aplica a las variedades de uvas de mesa producidas en el territorio nacional con fi nes de exportación. 4. Obligaciones del ExportadorSeguidamente se listan las obligaciones del exportador, las cuales también son de aplicación al titular de registro del lugar de producción y de la planta de empaque: - Cumplir con las normas legales vigentes en materia de sanidad agraria. - Conocer y cumplir los planes de trabajo para la exportación de uvas de mesa y los requisitos fi tosanitarios correspondientes (Anexo 1). - Exportar fruta procedente de lugares de producción y de plantas de empaque registrados y aprobados por el SENASA. - Brindar al SENASA las facilidades necesarias para ejecutar las labores que requiera la vigilancia de moscas de la fruta, disponiendo el ingreso del personal autorizado a los lugares de producción. - No mezclar frutas de lugares de producción certi fi cados destinados a la exportación, con aquellos procedentes de lugares de producción no certi fi cados. - Asegurar que la fruta sea trasladada desde el lugar de producción a la planta de empaque acompañada del respectivo Mani fi esto de Carga (MAC), en medios de transporte limpios y protegidos con cubiertas de mantas, lonas o mallas contra insectos, en jabas de plástico identi fi cadas y separadas por cada lugar de producción. - Cosechar e ingresar a la empacadora únicamente los volúmenes de uvas de mesa autorizados para exportación por el SENASA. - Asegurar que todas las cajas o envases a exportar lleven sello con la información o códigos del lugar de producción o huerto, empacadora, y departamento de origen del producto. - Asumir los costos de supervisión del personal de las distintas Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria - ONPF cuando se considere necesario efectuar las auditorías al programa de exportación. - Proporcionar a los Inspectores del SENASA los equipos y materiales necesarios para la inspección fi tosanitaria, tratamiento y supervisión de empaque y embarque (ver anexo). - Proporcionar al SENASA la información requerida y especí fi ca del movimiento de cada especie de fruta ingresada a la empacadora, considerando los aceptados, rechazados o descartados. - Dar facilidades de acceso a los inspectores del SENASA de una computadora con acceso a Internet, la cual será utilizada solamente para el registro de la información del tratamiento en frío en el software 556 de reporte a APHIS a EEUU. - Reportar a través de las empresas navieras, cualquier cambio durante el transporte de la carga. CAPÍTULO II CERTIFICACIÓN DE LUGARES DE PRODUCCIÓNY PLANTAS DE EMPAQUE 1 Actividades previas a la certi fi cación de lugares de producción 1.1 Sistema de Vigilancia de Moscas de la FrutaLos productores interesados en exportar uvas de mesa deben de incorporar sus lugares de producción al Sistema Integrado de Información de Mosca de la Fruta establecido por el SENASA, el cual se aplica para veri fi car lafluctuación poblacional de moscas de la fruta en los lugares de producción destinados a exportación. Las trampas a utilizar serán las del tipo Mc Phail con proteína hidrolizada y las Jackson con trimedlure y serán inspeccionadas cada 7 días. El sistema de trampeo estará operativo a lo largo del año. Las trampas deben de estar instaladas de acuerdo a cuadrantes ubicados en coordenadas georeferenciadas en una densidad de 1 trampa de cada tipo por cada 20 ha en todas las áreas con presencia de hospedantes, cada lugar de producción deberá de contar por lo menos con una trampa de cada tipo. 1.2 Medidas de acción ante registro de MTD superiores a 1 Los lugares de producción serán evaluados semanal- mente en función a la población de mosca de la fruta de sus trampas, expresados en índices poblaciones de Mosca/Trampa/Día (MTD); en aquellos lugares de producción cuyo MTD semanal sea igual o superior a 1, el inspector del SENASA veri fi cará la infestación en los frutos, y en función a esta evaluación efectuará recomendaciones sobre las medidas de control de moscas de la fruta. En el caso que el lugar de producción no implementase éstas recomendaciones por 2 semanas consecutivas, se comunicará a Provid. 1.3 Registro de información La Subdirección de Moscas de la Fruta y Proyectos Fitosanitarios del SENASA llevará un registro que incluya todas las actividades relacionadas al seguimiento y supervisión del sistema de vigilancia de moscas de la fruta para la exportación de uvas de mesa y se mantendrá como mínimo hasta el término del período de la campaña de exportación, para efectos de auditoría. 2 Certi fi cación Fitosanitaria del lugar de producción 2.1 Requisitos Para iniciar este procedimiento el interesado deberá presentar en la o fi cina de la Dirección Ejecutiva o de la