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NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 6 de octubre de 2006 329741REPUBLICADELPERU Que resulta conveniente dar término a la citada designación y designar al profesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el literal b.2 del inciso b) del artículo 8º de la Ley Nº 28652 y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del licenciado en educación Edgardo Milton YÑIGO DÍAZ, en el cargo de Director de la Oficina de Estadística e Informática del Hospital Nacional "Cayetano Heredia" dela Dirección de Salud V Lima Ciudad, Nivel F-3, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al ingeniero de sistemas Jorge Raúl CARREÑO ESCOBEDO, en el cargo de Director de la Oficina de Estadística e Informática del Hospital Nacional "Cayetano Heredia" de la Dirección de Salud VLima Ciudad, Nivel F-3. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 02769-4 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G22/G44/G65/G6C/G69/G6D/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20 /G6C/G61/G73/G20 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G53/G61/G6C/G75/G64/G2C/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G52/G65/G64/G20 /G64/G65/G20 /G53/G61/G6C/G75/G64/G20 /G79/G4D/G69/G63/G72/G6F/G72/G72/G65/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G53/G61/G6C/G75/G64/G22/G2C/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G36/G33/G38/G2D /G32/G30/G30/G33/G2D/G53/G41/G2F/G44/G4D RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 936-2006/MINSA Lima, 3 de octubre del 2006 Visto: el Expediente Nº 06-052154-001, que contiene el Memorándum Nº 2370-2006-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas, y elMemorándum Nº 1140-2006-OGPP-OO/MINSA, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que el artículo 71º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por DecretoSupremo Nº 023-2005-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 007-2006-SA, dispone que mediante Resolución Ministerial se establecerán las disposiciones para adecuarlos ámbitos jurisdiccionales de las Direcciones de Salud, a la actual división política administrativa del departamento de Lima y Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 638-2003- SA/DM, se aprobó el documento denominado "Delimitación de las Direcciones de Salud, Direccionesde Red de Salud y Microrredes de Salud del Ministerio de Salud", en función a la propuesta de cada una de las direcciones de salud y a la evaluación técnica de laDirección General de Salud de las Personas; Que, con Resolución Ministerial Nº 689-2005/MINSA, se aprueba el reordenamiento de los ámbitos jurisdiccionalesde las Direcciones de Salud de Lima, incorporándose a la jurisdicción de la Dirección de Salud IV Lima Este, la Dirección de Red de Salud Lima Norte VII que pertenecía a la jurisdicciónde la Dirección de Salud III Lima Norte; asimismo se incorporó a la jurisdicción de la Dirección de Salud III Lima Norte, la Dirección de Red de Salud Huarochirí y su respectivo órganodesconcentrado que pertenecía a la jurisdicción de la Dirección de Salud IV Lima Este; Que, en virtud a dicho reordenamiento y con el fin de optimizar la utilización de recursos para su implementación y dar solución a los principales problemas de salud queafronta la Dirección de Salud IV Lima Este, dicho órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, ha presentado,mediante el Oficio Nº 2026-2006-DG/DISA IV LE, la propuesta para conformar la Red de Salud Lima Este Metropolitana, la cual estaría integrada por las Microrredesde Salud de las actuales Direcciones de Red de Salud El Agustino - Santa Anita, Vitarte-La Molina y Chosica- Chaclacayo, manteniendo la Red de Salud San Juan deLurigancho la misma conformación; Que, la propuesta de la Dirección de Salud IV Lima Este, cuenta con la opinión técnica favorable de laDirección General de Salud de las Personas, así como de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emitidas mediante los documentos del visto; Con el visado del Viceministro de Salud, de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina Generalde Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio deSalud, la Resolución Ministerial Nº 122-2001-SA/DM y la Resolución Ministerial Nº 1125-2002-SA/DM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el documento: "Delimitación de las Direcciones de Salud, Direcciones de Red de Salud y Microrredes de Salud del Ministerio de Salud", aprobado por Resolución Ministerial Nº 638-2003-SA/DM, en la parte que corresponde a la conformación a la Dirección de Salud IV Lima Este, por la delimitación que a continuación se describe: I. Red Lima Este Metropolitana Conformada por: 1. Microrred El Agustino 2. Microrred Santa Anita3. Microrred Ate - I 4. Microrred Ate - II 5. Microrred Ate - III6. Microrred La Molina - Cieneguilla 7. Microrred Chaclacayo 8. Microrred Chosica - I9. Microrred Chosica - II II. Red San Juan de Lurigancho Conformada por: 1. Microrred Piedra Liza 2. Microrred San Fernando 3. Microrred Ganímedes 4. Microrred Jaime Zubieta5. Microrred José Carlos Mariátegui Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 02769-5 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G36/G34/G30/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G4D/G54/G43/G2F /G31/G30/G2C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G6E/G20/G62/G6F/G74/G65/G20/G64/G65/G6D/G61/G64/G65/G72/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 757-2006 MTC/10 Lima, 3 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 640-2006-MTC/ 10 del 15 de agosto de 2006, se aprobó la transferencia en la