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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (07/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329838El Peruano sábado 7 de octubre de 2006 c. Cuando el Beneficiario no cumpla con los trámites de formalización de la propiedad de la vivienda adquirida,construida o mejorada; d. Cuando en el caso de Adquisición de Vivienda Nueva o Construcción en Sitio Propio, el Beneficiariodisponga del inmueble, sea por venta, alquiler, comodato,usufructo u otro, dentro del plazo de cuatro (4) años,contados a partir de la fecha de la suscripción del actade recepción del inmueble emitida por el FMV o de laemisión del Certificado de Finalización de Obra y deZonificación por la Municipalidad correspondiente, segúncorresponda; e. Cuando en el caso de Mejoramiento de Vivienda, el Beneficiario disponga del inmueble, sea por venta, alquiler,comodato, usufructo u otro dentro del plazo de dos (2)años, contado a partir de la fecha de emisión delCertificado de Finalización de Obra y de Zonificación porla Municipalidad correspondiente; f. Cuando los recursos del BFH se invierten en locales comerciales, en la adquisición de un terrenosolamente, o en cualquier otro fin que no seaexclusivamente el de Adquisición de Vivienda,Construcción en Sitio Propio, o Mejoramiento deVivienda, respectivamente; g. Cuando la vivienda ha sido dada en garantía por el Beneficiario durante los períodos señalados en los incisosf, y g, salvo para garantizar el financiamientocomplementario al BFH o para garantizar el financiamientootorgado para completar el ahorro destinado a cuotainicial; y, h. Cuando se resuelva el respectivo contrato de compraventa o de obra. Subcapítulo II: DE LAS MODALIDADES DE POSTULACIÓN, APLICACIÓN Y VALOR DEL BONOFAMILIAR HABITACIONAL Artículo 10º.- Postulación del Bono Familiar Habitacional Las modalidades de Postulación al BFH son: Postulación Individual y Postulación Colectiva. Ambasson excluyentes para un mismo Grupo Familiar. La Postulación Colectiva es la realizada a través de la Organización Postulante, la misma que definirácolectivamente un Proyecto en el cual sólo puedenparticipar los Grupos Familiares asociados a laOrganización. Por lo menos uno de los miembros delGrupo Familiar debe pertenecer a la Organización. Artículo 11º.- Valor de la Vivienda a. Para Adquisición de Vivienda Nueva, será el precio estipulado en el compromiso de compraventa respectivo,el cual debe incluir todos los costos, impuestos y gastosde formalización de la propiedad; salvo los relacionadosal otorgamiento de la Escritura Pública, al de suinscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble y alpago del impuesto de la Alcabala, que serán íntegramentepor cuenta del Beneficiario. b. Para Construcción en Sitio Propio, será el que resulte del presupuesto de obra más el valor del predio,ya sea que se trate de terreno o aires independizados.El presupuesto de obra debe incluir todos los costos,impuestos y gastos de formalización de la propiedadhasta la inscripción de la declaratoria de fábrica en losRegistros Públicos. c. Para Mejoramiento de Vivienda, será el valor del predio a ser mejorado sin incluir el valor del terreno o losaires independizados, según sea el caso. En los casos establecidos en los literales b) y c) del presente artículo, el valor de predio puede ser el valorcomercial determinado por la tasación de acuerdo a losvalores oficiales vigentes, realizada por la EntidadTécnica. Asimismo, el valor del predio puede ser elestablecido en el autoavalúo el cual deberá reflejar elvalor actual del predio y estar validado por laMunicipalidad respectiva; no debe tener una antigüedadmayor a seis (6) meses contados a partir de lasuscripción del formulario.Artículo 12º.- Valor del Bono Familiar Habitacional y el Ahorro para Acceder al BFH a) ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA Valor de la Vivienda Valor del BFH Ahorro Mínimo para Acceder al BFH Viviendas cuyos valores son S/. 12,060 S/. 1,340 menores de S/. 13,400 Viviendas cuyos valores están S/. 12,060 S/. 2,680 entre S/. 13,400 y S/. 26,800 Viviendas cuyo valor sea S/. 12,060 S/. 3,350 S/. 33,500 b) CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO Valor de la Vivienda Valor del BFH Ahorro Mínimo para Acceder al BFH Viviendas cuyo valor máximo S/. 9,380 5% del Valor de la Vivienda, es de S/. 26,800 que en ningún caso será menor de S/. 670 c) MEJORAMIENTO DE VIVIENDA Valor de la Vivienda Valor del BFH Ahorro Mínimo para Acceder al BFH Vivienda cuyo valor máximo S/. 4,020 10% del presupuesto de obra, es de S/. 26,800 que en ningún caso será menor de S/. 335 CAPÍTULO III: DE LOS PARTICIPANTES Subcapítulo I: DE LOS GRUPOS FAMILIARESArtículo 13º.- Integrantes Está constituido como mínimo por el Jefe o Jefa de Familia y al menos un dependiente. El Jefe de Familia es la persona mayor de dieciocho (18) años que representa al Grupo Familiar y provee elsustento económico, o por una pareja, sea casada oconviviente, independientemente de sí uno de ellos, oambos, proveen el sustento económico del GrupoFamiliar. Son integrantes del GF: a. El cónyuge o conviviente acreditado, según lo dispone el Código Civil, si es el caso; b. Los hijos, sobrinos o nietos menores de 18 años, incluidos aquellos que cumplen esta edad durante el añocalendario en que se inscriben en el Registro; c. Los hijos, sobrinos o nietos mayores de 18 años con discapacidad sensorial, física o mental en formapermanente; d. Los hijos, sobrinos o nietos mayores de 18 años y menores de 25 años incluidos aquellos que cumplen estaedad durante el año calendario en que se inscriben en elRegistro y que se encuentren cursando estudiosescolares o superiores; e. Los hermanos, sobrinos o nietos menores de edad que no tengan a sus padres vivos; f. Los hermanos mayores de edad con discapacidad que no tengan a sus padres vivos; g. Los padres del Jefe de Familia mayores de 60 años y los padres con discapacidad. Las personas antes indicadas deben además depender económicamente del Jefe de Familia ydomiciliar con él, ella o ellos. Los dependientes señaladosse presentarán, mediante Declaración Jurada, por elJefe(s) de Familia necesariamente. Las personasintegrantes de un Grupo Familiar no pueden conformarotro Grupo Familiar. j. Financiamiento Complementario.- Es aquel que se destinará como complemento del ahorro y BFH y podráobtenerse simultánea o posteriormente al otorgamientodel mismo. k. FMV.- Fondo Mivivienda S.A.l. Grupo Familiar Beneficiario.- Conformado por el jefe o jefa de familia y sus dependientes que han sidodeclarados como beneficiarios para el acceso al BFH. m. IFI.- Institución Financiera Intermediaria que opera bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca,Seguros y Administradoras de Fondos Privados dePensiones, facultados para captar ahorro y otorgarcréditos. n. Organización.- Es una asociación de vivienda u otra organización con personería jurídica vigente, la cual