Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2006 (07/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano sabado 7 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Conforme se indica en el numeral 15.7 de la Circular Nº B-2147-2005, dentro de los siete (7) dias calendario de formalizado el traslado, la empresa debera reportar a esta Superintendencia las acciones realizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la referida Circular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 02831-1

Endeudamiento de Deudores Minoristas, Pagina 328907 DICE: "b) Para el caso de los deudores mancomunos minoristas se debera hacer un seguimiento de cada una de las personas confortantes y ..." DEBE DECIR: "b) Para el caso de los deudores mancomunos minoristas se debera hacer un seguimiento de cada una de las personas conformantes y ..." 02783-1

Autorizan a MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A. la apertura de agencia en el distrito de El Tambo, provincia de Huancayo
RESOLUCION SBS Nº 1264-2006 MORDAZA, 29 de setiembre del 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A., para que se le autorice la apertura de una (1) Agencia ubicada en el distrito de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de Junin; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la apertura de la agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Microfinanciera "B", mediante Informe Nº 2232006-DEM "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A., la apertura de una Agencia ubicada en la avenida Mariscal MORDAZA Nº 1259, distrito de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de Junin. Articulo Segundo.- Conforme se indica en el numeral 15.7 de la Circular Nº B-2147-2005, dentro de los siete (7) dias calendario de formalizada la apertura, la empresa debera reportar a esta Superintendencia las acciones realizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la referida Circular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 02832-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION SBS Nº 1237-2006 Mediante Oficio Nº 17918-2006-SBS, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion SBS Nº 12372006, publicada en la edicion del 25 de setiembre de 2006. En el inciso b) del articulo 7º del Capitulo II del Reglamento para la Administracion del Riesgo de Sobre

UNIVERSIDADES
Texto Unico de Procedimientos Administrativos 2006 de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MORDAZA RESOLUCION Nº 554-2006-UNALM La MORDAZA, 21 de agosto del 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 542-2006-UNALM de fecha 7 de agosto de 2006, se aprobo la incorporacion en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA 2006 de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA, las tasas academicas y administrativas en porcentajes de la UIT; Que, el Articulo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, senala la obligatoriedad para todas las entidades de la Administracion Publica de aprobar y publicar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, la Oficina Administrativa de Planificacion ha realizado las modificaciones pertinentes a los procedimientos del MORDAZA 2005 de la UNALM, el cual se encuentra enmarcado dentro de los lineamientos legales y vigentes de la UNALM, proponiendo para su aprobacion y publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, de conformidad con el Articulo 38º numerales 38.1 y 38.2, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Resolucion del Titular y que cada 2 (dos) anos, las entidades estan obligadas a publicar el integro del TUPA; Por estas consideraciones y estando a las atribuciones conferidas al senor Rector, como Titular del Pliego; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar y publicar en el Diario Oficial El Peruano el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2006 de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Los derechos de pago en nuevos soles se obtendran al aplicar el porcentaje que se consigna a la UIT vigente de cada ano. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA, que en aplicacion a la Resolucion Ministerial Nº 2932006-PCM proceda a ingresar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2006 en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas. Articulo Tercero.- Establecer que es de cumplimiento obligatorio por parte de las unidades organicas y dependencias respectivas de la Universidad, lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MAEZONO YAMASHITA Rector

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