Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2006 (22/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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UB

LICA DEL P E

RU

331170

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA 22 de octubre de 2006

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03332-1

Designan Agregado Civil a la Embajada del Peru en el Reino de Belgica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1265/RE MORDAZA, 18 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de ciertas funciones especializadas el Ministerio de Relaciones Exteriores, puede designar agregados a sus Oficinas Consulares en el Exterior, dentro de los limites que establece el Decreto Ley N° 25957; Que, los agregados, cualquiera sea su naturaleza dependeran del Jefe de Mision y actuaran como asesores de este en toda negociacion y gestion que competa a su especializacion y deben cumplir ademas las instrucciones que se les imparta; Que, la Embajada del Peru en el Reino de Belgica, requiere, para el mejor cumplimiento de sus funciones, contar con los servicios de un especialista en el area administrativa; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, los articulos 3° y 6° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje limite del cual no podra exceder el personal de confianza; y la Resolucion Suprema N° 269-95-RE, que fija el coeficiente de remuneracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Agregado Civil, nivel SAE, a la Embajada del Peru en el Reino de Belgica, a partir de la fecha. Articulo Segundo.- El citado funcionario percibira por concepto de remuneracion por servicio exterior el correspondiente a su nivel en la sede donde desempenara sus funciones. Articulo Tercero.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03332-2

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a Italia, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 780-2006-MTC/02 MORDAZA, 20 de octubre de 2006

Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicado el 7 de MORDAZA de 2006, modifica el MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley MORDAZA citada, estableciendo que, aquellos viajes que realiza la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizaran mediante Resolucion Ministerial, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas tecnicas vigentes y poder mantener la calificacion otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe efectuar la atencion de las solicitudes de servicios descritas en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervision e inspeccion de todas las actividades aeronauticas civiles; Que, segun Informe Nº 0687-2006-MTC/12, de fecha 18 de octubre de 2006, de la Direccion General de Aeronautica Civil, se senala que la empresa Servicios Aereos Los Andes S.A.C., con Carta CGM 095/2006, presentada el 17 de octubre de 2006, en el MORDAZA de los Procedimientos Nºs. 11, 13, 16 y 18 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica a Aeronaves, Inspeccion Tecnica a Bases y Estaciones de Aeronavegabilidad para Establecimiento o Actualizacion de Especificaciones de Operacion, Solicitud de Aprobacion de Memoria Tecnica de Reparaciones o Alteraciones Mayores e Inspeccion Tecnica a Talleres de Mantenimiento Aeronautico para Establecimiento o Actualizacion de Habilitaciones), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar las inspecciones tecnicas para la expedicion del Certificado de Aeronavegabilidad a la aeronave AS-350 B3 sin aprobacion de MORDAZA y de la estacion, asi como efectuar la inspeccion tecnica del taller de mantenimiento aeronautico Helicopter Pool Europe, en la MORDAZA de Modena, Republica de Italia, durante los dias 22 al 27 de octubre de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 31213, 31214, 31215, 31216, 31217, 31219 y 31220, la solicitante ha cumplido con el pago de los derechos de tramitacion correspondientes a los Procedimientos a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido las Ordenes de Inspeccion Nºs. 2041-2006-MTC/12.04-SDA y 20422006-MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Mendives MORDAZA, respectivamente, para realizar las inspecciones tecnicas para la expedicion del Certificado de Aeronavegabilidad a la aeronave AS-350 B3 sin aprobacion de MORDAZA y de la estacion de la empresa Servicios Aereos Los Andes S.A.C., asi como la inspeccion tecnica del taller de mantenimiento aeronautico Helicopter Pool Europe, en la MORDAZA de Modena,

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