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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (22/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331178El Peruano domingo 22 de octubre de 2006 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban Propuesta de Promoción de Negocios en Restingas de Ucayali comoinstrumento técnico para promoción dela inversión privada en suelos aluvialesespecíficos ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2006-GRU/CR Pucallpa, 18 de agosto del 2006 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEUCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la ConstituciónPolítica vigente, modificado por la Ley de ReformaConstitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobreDescentralización-Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley deBases de la Descentralización, Ley Nº 27867, LeyOrgánica de Gobiernos Regionales, Modificado por laLey Nº 27902 y demás normas complementarias, enSesión Ordinaria de fecha 17 de agosto del 2006; CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado porla Ley Nº 27902, establece que es atribución del ConsejoRegional: Aprobar, modificar o derogar las normas queregulen o reglamenten los asuntos y materias decompetencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el Inciso j) del artículo 15º de la norma antes referida, en lo que respecta a las atribuciones del ConsejoRegional señala: Aprobar la creación, venta, concesióno contratos, disolución de sus empresas y otras formasempresariales, bienes y/o activos regionales, conformea la Constitución y la ley. Que, el artículo 34º de la norma antes referida, establece que los gobiernos regionales crearánmecanismos para promover la inversión privada nacionaly extranjera dirigidos a lograr el crecimiento económicoregional conforme a la ley, en el marco de suscompetencias, otorgan concesiones y celebran cualquierotra modalidad contractual, siempre que se contribuyaal desarrollo sostenible local y regional, se asegure unamayor eficiencia social y se garantice el cumplimiento delas normas legales establecidas. Que, el artículo 4º de la Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, establece quelos Gobiernos Regionales desarrollan funciones para lapromoción de la inversión privada: Aprobando en su plan dedesarrollo concertado, las prioridades, vocacionesproductivas y lineamientos estratégicos para la potenciacióny mejor desempeño de la economía regional. Concertar conel sector privado la orientación de la inversión públicanecesaria para la promoción de la inversión privada. Formulary promover proyectos de ámbito regional para la participaciónde la inversión privada. Promover y desarrollar proyectosbasados en la vocación regional, en particular aquellos queaprovechen de manera sostenible nuestra biodiversidad.Identificación de las trabas y distorsiones legales que afectenlos procesos de promoción y de la inversión privada,proponiendo soluciones para superarlas. Promover la imagende la región como destino de inversión en relación con otrosmercados. Brindar orientación e información a losinversionistas potenciales. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, fija objetivos a nivel económico,determinando, que el desarrollo económico auto sostenido y de la competitividad de las diferentes regionesy localidades del país, en base a su vocación yespecialización productiva y, la planificación y promocióndel desarrollo, debe propender y optimizar las inversionescon iniciativa privada, la inversión pública conparticipación de la comunidad; Que, en el ámbito de la Región Ucayali, existen terrenos inundables como playas, barrizales y restingas,estos suelos son aprovechados por cultivos agrícolastransitorios; pero, en forma dispersa y desordenada, losmismos que son otorgados mediante certificados deusufructo temporal por la Dirección Regional Sectorialde Agricultura de Ucayali, a solicitud del agricultor. Que, según la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0438- 2004-GR-UCAYALI-P del 22/04/2004, aprueban el TUPAde la Dirección Regional de Agricultura de Ucayali,señalando que para obtener Certificado de UsufructoTemporal en restingas y barreales, el costo por hectárease fija en S/. 1.99, éste pago debe hacerse anualmente,aún si éste continúe siendo utilizado consecutivamente. Que, entre setiembre del 2004 y marzo del 2005, el Gobierno Regional de Ucayali, elaboró el estudio “Propuestade Promoción de Negocios en las Restingas de Ucayali”, enella se concluyó que, entre Pucallpa hasta la zona de Iparíase tienen 24,805 hectáreas de restingas distribuidas en 13zonas geográficas aptas para el uso en la producción decultivos promisorios con rentabilidad económica, las mismasque se indican en el referido documento. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica deGobiernos Regionales y el Reglamento Interno del ConsejoRegional de Ucayali; el Consejo Regional de Ucayali enSesión Ordinaria de fecha 17 de agosto del 2006; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR la Propuesta de Promoción de Negocios en Restingas de Ucayali, comoun instrumento técnico para la promoción de la inversiónprivada en suelos aluviales específicos, la misma queseleccionó una superficie total de 24,805 distribuidasentre las zonas de: Éxito (1,169 ha), Libertad (2,983 ha),Paraíso (2,500 ha), Moena (2,917 ha), Velasco (1,379ha), Quinillal (986 ha), Flor de Ucayali (1,118 ha),Fraternidad (1,063 ha), Ahuaypa (3,965 ha), Roya (3,164ha), Fortuna (535 ha), Villa (60 ha) y Tehuesha (2,426ha) en los distritos de Masisea e Iparía. Artículo Segundo.- REORDENAR en una primera etapa, la ubicación de los actuales pequeños productoresagropecuarios posesionados en las zonas de restingaspriorizadas como Categoría A: Éxito, Libertad, Paraíso yMoena, concentrando a la población en áreas aledañas,que permita una mejor racionalización de los serviciosdel Estado. Artículo Tercero.- PARCELAR y georreferenciar las tierras identificadas en el estudio “Propuesta dePromoción de Negocios en Restingas de Ucayali”calificadas como Categoría A: Éxito, Libertad, Paraíso yMoena, para luego ser otorgadas a los inversionistas,conforme al procedimiento de la DRSAU. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional disponer los recursos presupuestales en elPrograma de Inversiones del año 2007 para laelaboración de los perfiles de inversión que sustentenlos proyectos hasta su ejecución, a través de suGerencia Regional de Desarrollo Económico y laDirección Regional Sectorial de Agricultura de Ucayali. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regionalde Ucayali la publicación de la presente OrdenanzaRegional en el Diario Oficial “El Peruano” y en un diariode circulación local. Artículo Sexto.- Dispensar del trámite de lectura y aprobación del acta. POR TANTO MANDO SE PUBLIQUE Y CUMPLA. EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 03371-1