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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (22/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331180El Peruano domingo 22 de octubre de 2006 Nº INMUEBLE 17 Calle Enrique Palacios 1199 18 Psje Esperanza 179 19 Calle Esperanza 348-350 20 Calle Esperanza 371 21 Calle Javier Fernández 269 22 Calle José Gálvez 564 23 Calle José Gálvez 576 24 Avda. Larco 413 25 Avda. Larco 508 26 Avda. Larco 1083 Dpto 305 27 Avda. Larco 1140 28 Avda. Larco 1291 29 Avda. La Paz 105 30 Avda. La Paz 596 2º piso 31 Avda. Pardo 364 32 Avda. Pardo 764 Of 11 33 Avda. Paseo de la República 6254 34 Avda. P etit Thouars 5004 35 Psje Pinos 181 Int 114 36 Avda. Ramón Castilla 684 37 Avda. Santa Cruz 1196 38 Calle San Martín 879 Dpto. 102 39 Psje T ello 269 40 Avda. 28 de Julio 622 03390-1 Modifican TUPA de la Municipalidad de Miraflores dejando sin efecto el cobro porderechos de pago por reconsideración y apelación DECRETO DE ALCALDÍA Nº 46 Miraflores, 20 de octubre de 2006EL ALCALDE DE MIRAFLORESCONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 229 de fecha 2 de mayo de 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de mayo de 2006, se aprobó el nuevo Texto Único de ProcedimientosAdministrativos – TUPA de la Municipalidad de Miraflores; Que, mediante Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 3741-2004-AA/TC de fecha 14de noviembre de 2005, publicada el 11 de octubre de 2006 en la página web del Tribunal Constitucional, se ha establecido como precedente vinculante, entre otras reglas de derecho,la regla sustancial contenida en el literal B) del fundamento50, la misma que expresamente señala que todo cobro que se haya establecido al interior de un procedimientoadministrativo, como condición o requisito previo a la impugnación de un acto de la propia administración pública, es contrario a los derechos constitucionales al debido procesode petición y de acceso a la tutela jurisdiccional y, por tanto,las normas que lo autorizan son nulas y no pueden exigirsea partir de la publicación de dicha sentencia; Que, estando a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de laMunicipalidad de Miraflores, respecto del cobro dederechos de pago para la interposición de recursosimpugnativos, en estricto cumplimiento del precedentevinculante establecido en la precitada sentencia; Que, de conformidad con el artículo 38º, numeral 38.5 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, unavez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique lacreación de nuevos procedimientos, incremento de derechosde tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto deAlcaldía; En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Único.- Modifíquese el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de laMunicipalidad de Miraflores, aprobado por OrdenanzaNº 229, dejando sin efecto el cobro por derechos de pago por reconsideración y apelación. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 03419-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 228-MPL ORDENANZA Nº 233-MPL Pueblo Libre, 17 de octubre de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBREVisto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 033-2006-MPL/CPL-CPDE de la ComisiónPermanente de Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO:Que, la Ordenanza Nº 228-MPL, publicada el día 26 de setiembre del 2006, aprobó el "Beneficio Temporal deRegularización Tributaria y no Tributaria", para aquelloscontribuyentes o administrados que mantengan obligacionespendientes de cancelación al 31 de agosto del 2006, quecomprende entre otros beneficios la condonación del 100% del factor de ajuste e intereses moratorios, presentación de la declaración jurada sin el pago de la multa tributaria para losomisos o subvaluantes, el pago de cuotas pendientes delfraccionamiento sin intereses, así como un beneficio dedescuento del 90% en las multas administrativas; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, el plazo para elpago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, concarácter general por la Administración Tributaria; Que, los beneficios contemplados en la Ordenanza Nº 228-MPL vencen el 21 de octubre del 2006 y dentro de las políticas establecidas por la presente gestión se encuentran, otorgar a los contribuyentes de la jurisdiccióndel distrito de Pueblo Libre, el máximo de facilidades paraque puedan cumplir con sus obligaciones tributarias y notributarias, por lo que existiendo voluntad de los vecinos deregularizar sus obligaciones antes mencionadas, se ha considerado necesario ampliar el plazo de vigencia para que puedan acogerse a los beneficios de la citada Ordenanza; En uso de las atribuciones contenidas en los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972,el pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD y con dispensadel trámite de lectura y aprobación de Actas, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 18 de noviembre del 2006, el plazo de vencimiento paraacogerse a los beneficios contemplados en la Ordenanza Nº 228-MPL, referida al "Beneficio Temporal de Regularización Tributaria y No Tributaria". Artículo Segundo.- Encargar a las Oficinas de Administración Tributaria, de Informática y de EjecuciónCoactiva, a las Gerencias de Desarrollo Urbano, de DesarrolloHumano y de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Oficina de Comunicación Social su difusión y a la Oficina de Administración su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 03376-1