Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2006 (01/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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LICA DEL P E

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327206

NORMAS LEGALES

El Peruano viernes 1 de setiembre de 2006

el monto de la Dieta, que percibira cada Regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA, a partir del mes de agosto hasta el mes de diciembre de 2006, por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, abonandose hasta por un MORDAZA de dos (2) Sesiones al mes. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 01636-2

cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Prorroguese hasta el 2 de setiembre de 2006, el vencimiento de la fecha de pago de la Tercera Cuota del Impuesto Predial y la Cuarta Cuota de los Arbitrios Municipales. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y a la Subgerencia de Tesoreria el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase.

Prorrogan plazo para el pago de la Tercera Cuota del Impuesto Predial y la Cuarta Cuota de los Arbitrios Municipales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 020-2006/MDSM San MORDAZA, 25 de agosto de 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTOS, el Informe Nº 130-2006-GRAT/MDSM, de fecha 24 de agosto del presente ano, emitido por la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, Memorando Nº 4592006-GM/MDSM, de fecha 24 de agosto del presente ano, emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local, tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 1562004-EF que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal establece que los contribuyentes estan obligados a presentar declaracion jurada del Impuesto Predial anualmente, el ultimo dia habil del mes de febrero, salvo que el municipio establezca una prorroga; Que, el Articulo 15º del Decreto Supremo Nº 1562004-EF, establece que el Impuesto Predial podra cancelarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero, ya sea totalmente al contado o en forma fraccionada respecto de la primera cuota; Que, el Articulo 13º de la Ordenanza Nº 87-MDSM, que aprueba el MORDAZA Legal del Regimen Tributario de las Tasas de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines, y Serenazgo para el ejercicio 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de diciembre de 2005, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 429MML, senala que el plazo para el pago de arbitrios municipales vence el ultimo dia habil de los meses de febrero, MORDAZA, junio, agosto, octubre y diciembre de 2006; Que, la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 87-MDSM, faculto al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias referentes a la aplicacion de dicha ordenanza; Que, el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, siendo politica de esta Administracion brindar las mayores facilidades de pago a los vecinos del distrito, se hace necesario prorrogar la fecha de vencimiento del pago de la Tercera Cuota del Impuesto Predial y la Cuarta Cuota de los Arbitrios Municipales, a fin que estos puedan

MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 01636-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan plazo para acogerse a beneficio de regularizacion tributaria establecida en la Ordenanza Nº 048MDSA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 014-2006-ALC/MDSA MORDAZA MORDAZA, 31 de agosto de 2006 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 048-MDSA de fecha 22 de agosto del 2006, se establece un beneficio de Regularizacion Tributaria para la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, para aquellos contribuyentes que mantengan obligaciones formales y/o sustanciales pendientes del impuesto predial y arbitrios municipales; Que, la mencionada MORDAZA municipal establece en su articulo MORDAZA que el plazo para acogerse al beneficio tributario vence el 31 de agosto del 2006, asimismo en su MORDAZA disposicion final se faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicacion, asi como establecer la prorroga de la misma; Que, los contribuyentes del distrito han solicitado reiteradamente se otorgue un plazo adicional que les permita acogerse a los beneficios establecidos por este corporativo; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades otorgadas por el articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 8 de septiembre del 2006, el vencimiento del plazo para acogerse al beneficio de Regularizacion Tributaria establecido en la Ordenanza Nº 048-MDSA. Articulo Segundo.- Dar cuenta a la Sesion de Concejo y encarguese el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Informatica y Estadistica, asi como a la Gerencia de Imagen Institucional en lo que les corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01634-1

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