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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (01/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327194El Peruano viernes 1 de setiembre de 2006 resulta necesario desarrollar un trabajo de campo integral a fin de corroborar la veracidad de la declaración decambio de domicilio efectuada por los ciudadanos enaquellos distritos identificados por la Gerencia deFiscalización Electoral mediante el Informe Nº 108-2006-GFE/JNE, debiendo sujetarse por tanto la aprobación del padrón electoral de éstos a los resultados de la investigación que tanto dicha Gerencia como los JuradosElectorales Especiales vienen efectuando, así comomantenerse reserva del nombre de los distritos en losque se llevará a cabo a fin de no entorpecer la misma;todo ello tomando en consideración como pauta fundamental la gobernabilidad de la cual el Jurado Nacional de Elecciones debe privilegiar; El Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones previstas en los artículos 178º y 181º de laConstitución Política del Perú; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el uso del padrón electoral elaborado por el Registro Nacional de Identificación yEstado Civil para las Elecciones Regionales y Municipalesdel 19 de noviembre de 2006, con excepción de aquellos distritos en los que se llevará a cabo la fiscalización electoral de conformidad con el cuarto considerando dela presente resolución, quedando la aprobación delpadrón electoral de dichos distritos sujeta a losresultados de la investigación correspondiente,remitiéndose a dicho organismo electoral la relación de ellos con el objeto de mantener la reserva respectiva a fin de que dicha investigación cumpla con su propósito. Artículo Segundo.- Remitir al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil los resultados de lafiscalización electoral efectuada en los distritos deCatache, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca; Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica; Punta Hermosa, provincia y departamento deLima; Huampará, Alis, Cacra, Cochas, Huañec, Putinzay San Joaquín, pertenecientes a la provincia de Yauyos,departamento de Lima; Lampián y Veintisiete deNoviembre, provincia de Huaral, departamento de Lima; La Capilla, provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua; Casitas, provincia deContralmirante Villar, departamento de Tumbes; Matapalo,provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes, a finde que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Artículo Tercero.- Remitir a la Oficina Nacional de Procesos Electorales los medios técnicos remitidos por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,conteniendo el padrón electoral aprobado, de acuerdo alo dispuesto por los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. PEÑARANDA PORTUGALSOTO VALLENASVELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVIAFALCONÍ GÁLVEZ Secretario General (e) 01629-1 /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G65/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G41/G6C/G69/G61/G6E/G7A/G61/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C /G22/G45/G6E/G63/G75/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73/G22/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G73/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN Nº 200-2006-OROP/JNE Lima, 30 de agosto de 2006 VISTA: La solicitud presentada por el ciudadano Fabricio Orozco Vélez, en representación de los partidos políticosinscritos "PARTIDO SOCIALISTA" el primero y "PARTIDO POR LA DEMOCRACIA SOCIAL -COMPROMISO PERÚ" los segundos, respectivamente; CONSIDERANDO: Que mediante solicitud presentada el 22 de julio de 2006, el ciudadano Fabricio Orozco Vélez, enrepresentación de los partidos políticos inscritos "PARTIDO SOCIALISTA" y "PARTIDO POR LA DEMOCRACIA SOCIAL - COMPROMISO PERÚ", solicitóal Jurado Nacional de Elecciones la inscripción de laAlianza Electoral: "ENCUENTRO CON MIRAFLORES",para participar en las elecciones municipales del 2006en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al siguiente detalle: Que, evaluada la solicitud presentada, con Oficio Nº 3288-2006-OROP/JNE se formuló las obser-vaciones a la solicitud de inscripción, el mismo quefuera notificado a los interesados el 7 de agosto de 2006, habiéndose levantado las observaciones con fecha 14 de agosto; Que, con fecha 25 de agosto de 2006 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la síntesis de la solicitud deinscripción, a efectos que cualquier persona natural ojurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripción de la alianza electoral solicitante, habiendo quedado en esta Oficina de Registro toda ladocumentación correspondiente a la misma; Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se haya presentadotacha alguna contra la solicitud de inscripción, conforme es de verse en el Memorando Nº 2160-2006-OOESC/ JNE de fecha 30 de agosto de 2006; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a laOficina de Registro de Organizaciones Políticas delJurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Partidos Políticos que conduce la Oficina de Registrode Organizaciones Políticas a la Alianza Electoral:"ENCUENTRO CON MIRAFLORES" para el distrito deMiraflores, provincia y departamento de Lima, integradopor los partidos políticos inscritos "PARTIDO SOCIALISTA" y "PARTIDO POR LA DEMOCRACIA SOCIAL - COMPROMISO PERÚ", quedando aprobadosu símbolo el cual es representado por la flor de laCantuta de color rojo hacia el lado derecho y la flor deRetama de color amarillo al lado izquierdo, una parte delas dos flores están dentro de un recuadro en fondo verde claro. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente en el Libro de Partidos Políticos TomoDos, Partida Número Uno y regístrese la inscripción enel Asiento Número Uno. Artículo Tercero.- Téngase acreditado como personera legal titular a la ciudadana Renate María Ramírez Zaborosch. Regístrese y notifíquese. FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓN Jefe de la Oficina de Registro deOrganizaciones Políticas 01611-1 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G70/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G22/G41/G6E/G63/GF3/G6E/G20/G4E/G75/G65/G76/G61/G20/G56/G69/G64/G61/G22/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN Nº 041-2006-REGISTRADOR LIMANORTE-OROP/JNE Los Olivos, 30 de agosto del 2006