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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (07/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 7 de setiembre de 2006 327503REPUBLICADELPERU Ambiente - CONAM, es la Autoridad Ambiental Nacional y ente rector del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; Que, la Ley Nº 26410 - Ley del Consejo Nacional del Ambiente establece que el Gobierno Nacional cuenta con tres representantes ante el Consejo Directivo de dicha Entidad, designados por el Presidente de la República, uno de los cuales lo preside; Que, mediante Resolución Suprema Nº 251-2006- PCM se designó al señor Antonio Brack Egg, en el cargo de Presidente del Consejo Directivo del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, en representación del Gobierno Nacional; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo antes mencionado, la que corresponde aceptar y designar a su reemplazante; Que, por otro lado, es necesario designar a uno de los representantes del Gobierno Nacional ante el Consejo Directivo del CONAM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 y las Leyes Nºs. 26410, 27594 y 28245; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor ANTONIO BRACK EGG al cargo de Presidente del Consejo Directivo del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor MANUEL ERNESTO BERNALES ALVARADO como representante del Gobierno Nacional ante el Consejo Directivo del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, quien lo presidirá. Artículo 3º.- Designar al señor ANTONIO BRACK EGG como integrante del Consejo Directivo del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, en representación del Gobierno Nacional. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 01872-6 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G54/G65/G72/G63/G65/G72/G61/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G74/G6F/G20/G4E/G69/G76/G65/G6C /G64/G65/G6C/G20/G41/G50/G45/G43 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 259-2006-MINCETUR/DM Lima, 24 de agosto de 2006 Visto el Memorándum Nº 407-2006-MINCETUR/ VMCE del Viceministro de Comercio Exterior; CONSIDERANDO: Que, del 4 al 17 de setiembre de 2006, en el marco del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico - APEC, se llevarán a cabo en las ciudades de Da Nang y Hoi An, República Socialista de Viet Nam, la Tercera Reunión de Funcionarios de Alto Nivel de APEC y reuniones conexas; Que, es conveniente la participación de un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en dichas reuniones con el objeto de lograr que los intereses nacionales sean reflejados en los temas prioritarios del año APEC 2006, tales como los acuerdos comerciales preferenciales, facilitación de comercio, acuerdos regionales y bilaterales de libre comercio, apoyo a la Consecución de la Ronda Doha de la Organización Mundial de Comercio y el fortalecimiento de las capacidades técnicas; así como, progresar en las reuniones bilaterales respecto a los acuerdoscomerciales y de cooperación y fortalecer las relaciones comerciales con el Asia Pacífico; Que, dicha participación permitirá, asimismo, establecer contacto con funcionarios de los países del Asia Pacífico y coordinar con las Economías Miembro temas de interés del país, como la preparación de las reuniones de APEC 2008 que se llevarán a cabo en el Perú y exponer y defender la posición peruana en las diversas reuniones programadas, ya que la no asistencia a estas reuniones, no exime al Perú del cumplimiento de los acuerdos a los que se lleguen, con la consecuente afectación de los intereses del país; Que, corresponde al Viceministerio de Comercio Exterior determinar, de conformidad con la política nacional de comercio exterior, la estrategia y conducción de las negociaciones de la Agenda Comercial en el Foro APEC, en el ámbito de su competencia; Que, por ser indispensable para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas del Sector, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Julio José Chan Sánchez, Director APEC de la Dirección Nacional de Asuntos Multilaterales, para que participe en la Tercera Reunión de Funcionarios de Alto Nivel de APEC y reuniones conexas; De conformidad con la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del MINCETUR, la Ley Nº 27619, que aprueba la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje a las ciudades de Da Nang y Hoi An, República Socialista de Viet Nam, del señor Julio José Chan Sánchez, Director APEC de la Dirección Nacional de Asuntos Multilaterales del Viceministerio de Comercio Exterior, del 7 al 19 de setiembre de 2006, para que en representación del MINCETUR, participe en la Tercera Reunión de Funcionarios de Alto Nivel de APEC y reuniones conexas, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimento de la presente Resolución Ministerial estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 2 592,86 Viáticos (US$ 260,00 x 12 días) : US$ 3 120,00 Tarifa CORPAC : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el funcionario cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución deberá presentar al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; así mismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 01445-1 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G4D/G69/G78/G74/G61 /G50/G65/G72/G6D/G61/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G79 /G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G73/G65/G67/G75/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G45/G4E/G54/G55/G52 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 272-2006-MINCETUR/DM Lima, 5 de setiembre de 2006