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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (07/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327516El Peruano jueves 7 de setiembre de 2006 DEFENSA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 867-2006-DE/SG Mediante Oficio Nº 685-2006-SGMD-DDLL, el Ministerio de Defensa solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 867-2006-DE/ SG, publicada en la edición del 5 de setiembre de 2006. DICE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la ingeniero Siboney Muñoz Toya, ... DEBE DECIR:Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a la ingeniero Siboney Muñoz Toia, ... 01869-1 ECONOMÍA Y FINANZAS FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 061-2006-EF Mediante Oficio Nº 371-2006-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 061-2006-EF , publicada en la edición del día 1 de setiembre de 2006. En el Artículo ÚnicoDICE:"... - Manuel Noriega Toledo, Presidente del Directorio - Patricia Selenio Milton Paico - ..." DEBE DECIR:"... - Víctor Manuel Noriega Toledo, Presidente del Directorio - Patricia Selenia Milton Paico - ..." 01874-1 INTERIOR /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65 /G61/G64/G6F/G70/G74/G61/G72/G20/G6D/G65/G64/G69/G64/G61/G73/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G65/G6E/G63/G61/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G66/G65/G63/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G50/G4E/G50/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G73/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G75/G73/G74/G61/G6E/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 /G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G72/G65/G67/G6C/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G63/G65/G6E/G73/G6F /G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G61/GF1/G6F/G73/G20/G32/G30/G30/G32/G20/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 0427-2006-IN Lima, 6 de septiembre del 2006 Visto, el Oficio Nº 2436-2006-IN/0601 del 21 de agosto del 2006 de la Secretaría General del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 28857, Ley delRégimen de Personal de la Policía Nacional del Perú, el Ministerio del Interior, sin perjuicio de las decisiones que pudieran adoptar los órganos jurisdiccionales, debe proponer y aplicar medidas extraordinarias compensatorias para subsanar la afectación que pueda haber sufrido cualquier miembro de la Policía Nacional del Perú, por modificaciones sustanciales en las reglas aplicables durante los procesos de ascenso llevados a cabo en los años 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006; Que, de conformidad con la mencionada norma, la subsanación referida no debe, bajo ningún supuesto, considerar el ascenso como medida de solución, ni afectar las políticas planteadas por el Sector, y/o los cuadros organizacionales de la Policía Nacional del Perú, los mismos que responden a criterios técnicos determinados por las necesidades institucionales; Que, para tal efecto, la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 28857, dispone que mediante Resolución Suprema se designe e instale la Comisión encargada de adoptar las medidas extraordinarias compensatorias antes referidas; Que, asimismo, la disposición aludida en el considerando precedente, señala que dicha Comisión es integrada necesariamente, por un representante de cada una de las promociones afectadas, y por los que designa el Sector Interior; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a la citada Comisión, mediante el instrumento legal correspondiente; y, De conformidad con la Ley Nº 28857, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar a la Comisión encargada de adoptar las medidas extraordinarias compensatorias para subsanar la afectación que pueda haber sufrido cualquier miembro de la Policía Nacional del Perú, por las modificaciones sustanciales en las reglas aplicables durante los procesos de ascenso llevados a cabo en los años 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006, a que se refiere la Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 28857. La citada Comisión estará integrada por los siguientes miembros: - El Viceministro del Interior, quien la presidirá. - El Secretario General del Ministerio del Interior. - La Jefa del Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio del Interior. - El Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior. - El Director General de la Oficina General de Planificación del Ministerio del Interior. - El doctor Carlos Eduardo Santillán Ramírez, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio del Interior. - El doctor Luis Alfonso García-Corrochano Moyano, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio del Interior. - El General PNP David Nicolás Rodríguez Segeu, Director Ejecutivo de Desarrollo Humano de la PNP . - El Comandante PNP Julián Guillermo Gonzáles Zurita, representante de la promoción 2006. - El Comandante PNP José Wilfredo Flores Carhuachinchay, representante de la promoción 2005. - El Mayor PNP Edgar Manuel Zúñiga Black, representante de la promoción 2003. - El Capitán PNP Jesús Salvador Córdova Soto, representante de la promoción 2004. - El Teniente PNP Segundo Esteban Baltuano Vasquez, representante de la promoción 2002. Artículo 2º.- Todas las Dependencias, Órganos y Unidades del Ministerio del Interior, así como de la Policía Nacional del Perú, brindarán la información y las facilidades que sean necesarias, para el mejor cumplimiento de las funciones de la referida Comisión. Inclusive, para tales efectos, la citada Comisión podrá convocar a sus reuniones, a los funcionarios y/o servidores del Ministerio del Interior, así como a los miembros de la Policía Nacional del Perú, que considere conveniente.