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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (13/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328016El Peruano miércoles 13 de setiembre de 2006 intersección está dentro del recuadro de su preferencia, el voto nulo es aquel que no cumple los requisitos del voto válido, y el voto en blanco no contiene marca alguna. Artículo Sexto.- El escrutinio se llevará a cabo en acto público, siendo el Secretario del Comité Electoral responsable de anotar la contabilidad de los votos en cada una de las rondas de la votación; los resultados serán anotados en elActa Electoral, la cual será suscrita en tres (3) ejemplares por el Comité Electoral y será distribuida de la siguiente manera: - Un (1) ejemplar para el Presidente del Comité Electoral. - Un (1) ejemplar para el Alcalde.- Un (1) ejemplar para la institución que actúe en calidad de observadora. Artículo Séptimo.- Es responsabilidad del Comité Electoral velar por el cumplimiento de lo establecido en las Ordenanzas Nºs. 129 y 150, y en la Ley Nº 27972. Artículo Octavo.- Encárguese a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planificación Local, a la Subgerencia de Presupuesto y Planificación Operativa, ala Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información y a la Gerencia de Participación Vecinal y Comunicaciones, el cabal cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 02025-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Autorizan viaje del Alcalde para asistir a reunión de trabajo a realizarse en Argentina ACUERDO DE CONCEJO Nº 100-2006-MSI San Isidro, 5 de setiembre de 2006EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTA, la comunicación remitida por la Corporación Antiguo Madero S.A. de Argentina, en la que manifiesta su interés en recibir al señor Alcalde a fin de darle aconocer la concepción y desarrollo del proyecto "Master Plan de Desarrollo de Puerto Madero"; CONSIDERANDO: Que, es de especial importancia para la Municipalidad de San Isidro en materia de planificación recoger experiencias que enriquezcan los proyectos y actividades que sobre regeneración urbana se planteaen beneficio del distrito, de acuerdo a las competencias que confiere la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, es necesario autorizar al señor Alcalde Jorge Salmón Jordán, a viajar a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, en representación del Municipio Distrital de San Isidro, del 15 al 20 de septiembre del año en curso, para asistir a la reuniónprogramada con la Corporación Antiguo Madero S.A.; De conformidad con lo establecido en los artículos 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972adoptó por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en representación de la Municipalidad de San Isidro al señorAlcalde Jorge Salmón Jordán, del día 15 al 20 de septiembre del año 2006 a la ciudad de Buenos Aires - Argentina, por los motivos antes expuestos. Artículo Segundo.- PRECISAR que el presente viaje no irrogará ningún egreso a la Municipalidad de San Isidro. Artículo Tercero.- ENCARGAR al señor Teniente Alcalde Dr. Antonio Uccelli Rodríguez, reemplazar al señor Alcalde, en tanto dure el viaje autorizado por el presente Acuerdo de Concejo.Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo la publicación del presente Acuerdo. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 01999-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Autorizan utilizar local como Depósito Municipal para el internamiento de vehículos menores del distrito (Se publica el presente Decreto de Alcaldía a solicitud de la Municipalidad de Villa María del Triunfo, medianteOficio Nº 722-2006-SGMVMT, recibido el 11 de setiembre de 2006) DECRETO DE ALCALDÍA Nº 039-2005/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 125 de esta Entidad Municipal se regula el Servicio de Transporte de Pasajeros y/o Carga en Vehículos Menores en el distritode Villa María del Triunfo, cuyo Artículo 4.15 define al Depósito Municipal como local acondicionado para el internamiento de los vehículos menores infractores; Que, se hace necesario designar los lugares que servirán como Depósito Municipal, en cumplimiento a la referida Ordenanza; Que, el Informe Nº 293-205-GSP-MVMT de la Gerencia de Servicios Públicos propone los locales que servirán como Depósito Municipal; De conformidad con el Art. 42º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; y con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Públicos yGerencia de Asesoría Jurídica; SE DECRETA: Artículo Primero.- AUTORIZAR la utilización como Depósito Municipal para el internamiento de los vehículos menores del distrito, al siguiente local: - Área Habilitada, ubicada en la Planta de Transferencia (entre las calles Argentina y las Arboledas. Prolongación de la Av. Pachacutec, Tablada de Lurín). Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Públicos y Gerencia deDesarrollo Urbano, a través de su Unidades Orgánicas, el cumplimiento de la presente Disposición Municipal. Villa María del Triunfo, 12 de diciembre del 2005. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 01989-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Regulan el otorgamiento de Certificados Domiciliarios ORDENANZA Nº 018-2006-MDLP La Perla, 6 de setiembre del 2006