NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (13/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 37
NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 13 de setiembre de 2006 328007REPUBLICADELPERU Nº 083-2004-PCM, establece que están exonerados de los procesos de selección: Las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de Emergencia o de desabastecimiento inminentedeclaradas de conformidad con la presente Ley; Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su Artículo 141º - Situaciónde desabastecimiento inminente, establece que, La situación de desabastecimiento inminente se configura en los casos señalados en el artículo 21º de la Ley; noencontrándose comprendidas entre éstas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad. La necesidad de los bienes,servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiéndose invocar la existencia de una situación de desabastecimiento inminenteen supuestos como en vía de regularización, por períodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situación y para satisfacer necesidadesanteriores a la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección. Que, la entidad puede adquirir o contratar los bienes, servicios u obras, sólo por el tiempo necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda, así es que la Contraloría General de laRepública, mediante Comunicado Nº 03-2005-C.G. y siguiendo el criterio establecido por el CONSUCODE, en el comunicado Nº 002-2003-PRE, precisó el carácterextraordinario de la situación de desabastecimiento, precisando la necesidad que para su convocatoria concurran los elementos de situación extraordinaria eimprevisible y de ausencia que comprometa de manera directa e inminente y esencial, los servicios de la entidad, los mismos que deben ser interpretados de manerarestrictiva, por lo que, no resulta procedente crear, vía interpretación la posibilidad de configurarse la causal, eximiéndose de alguno de los elementos exigidos,Sustentándose en el hecho que una situación específica no fue contemplada por la normativa aplicable; no proceden prórrogas, las adendas, las adiciones, ni los contratoscomplementarios, por lo que el órgano superior de control priorizará la evaluación de estos procesos; Que, en la actualidad se viene recibiendo el servicio de Limpieza y Mantenimiento en base a un contrato complementario, el mismo que vence el día 30.6.06, sin embargo, conforme a lo señalado en el Oficio Nº 652-2006-OPPS-OCLSA-UNFV de la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares, el otorgamiento de la Buena Pro ha sido programado para el día viernes 23 de junio del 2006,sin embargo, se debe tomar en consideración que el consentimiento de la Buena Pro se produce recién a lo cinco días hábiles de su notificación y siempre que lospostores no hayan interpuesto recurso de apelación; Que, el carácter de urgencia respecto a la necesidad de adquirir los servicios de Limpieza y Mantenimientopara esta Casa Superior de Estudios, requiere la inmediata contratación, entendiéndose el carácter temporal de la contratación, y proceder a la exoneracióndel Proceso de selección; Que, por lo expuesto es necesario aprobar la Exoneración del Proceso de Selección del ConcursoPúblico Servicios de Limpieza y Mantenimiento por Desabastecimiento Inminente; por un monto referencial de S/. 244 072,00 (Doscientos Cuarenta y Cuatro MilSetenta y Dos con 00/100 Nuevos Soles); En mérito a la Opinión Técnica de la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares contenida en Oficio Nº 652-2006-OPPS-OCLSA-UNFV con fecha de recepción 23.6.2006, al Informe Legal Nº 0579-2006-OCAJ-UNFV de fecha 26.6.2006 de la Oficina Central de Asesoría Jurídica,y, estando a lo dispuesto por el Vicerrector Administrativo en Proveído Nº 00731-2006-VRAD-UNFV de fecha 26.6.2006, se procede conforme a lo solicitado; y, De conformidad con el D.S. Nº 083-2004-PCM, D.S. Nº 084-2004-PCM, Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la UniversidadNacional Federico Villarreal, Resolución R-Nº 2443-2006- UNFV del 30.05.06; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar a la Universidad Nacional Federico Villarreal del Proceso de Selección del Concurso Público, Servicios de Limpieza y Mantenimiento por Desabastecimiento Inminente, por el plazo de 62 días, elmismo que se inicia el día 1 de julio al 31 de agosto del año 2006, de conformidad con el Artículo 19º Inc. c), del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM, por un monto de S/. 244 072,00 (Doscientos Cuarenta y Cuatro Mil Setenta y Dos con 00/100 Nuevos Soles); por la fuente de financiamiento deRecursos Directamente Recaudados, autorizándose a la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares a realizar la contratación de dicho servicio a través de accionesinmediatas. Artículo Segundo.- Disponer que la Secretaría General de la Universidad trámite la publicación de la presenteresolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su emisión. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares remita copia de la presente resolución y del Informe Técnico Legal que la sustenta a la Contraloría General de la República y alConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones (CONSUCODE), dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, así como supublicación en forma electrónica, a través del SEACE. Artículo Cuarto.- Encargar al Vicerrectorado Administrativo, disponga las investigacionescorrespondientes, a efectos de determinar si hubo responsabilidad de parte de los servidores o funcionarios de esta Entidad, que haya generado el estado dedesabastecimiento inminente del servicio de Limpieza y Mantenimiento de la Universidad Nacional Federico Villarreal, de conformidad a lo dispuesto en el tercerpárrafo del Artículo 141º del D.S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asimismo derivar al Órgano de Control Internolos actuados en la referida investigación así como los del presente Proceso de Selección. Artículo Quinto.- La Universidad tiene la potestad de resolver el contrato en forma unilateral, una vez quede consentida el otorgamiento de Buena Pro. Artículo Sexto.- El Vicerrectorado Administrativo, así como la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN NESTOR ESCUDERO ROMAN Rector 02027-1 ORGANISMOS DESCENTRALI ZADOS I N P E Exoneran de procesos de selección la contratación de suministro de alimentos preparados para diversos establecimientos penitenciarios de la Dirección Regional Lima del INPE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 547-2006-INPE/P Lima, 28 de agosto de 2006 VISTOS, el Oficio Nº 843-2006-INPE/16.05, que adjunta el Informe Técnico Legal Nº 013-2006-INPE/16.05, ambos de fecha 17 de agosto de 2006, de la Dirección RegionalLima, por el que solicita se declare en Situación de Desabastecimiento Inminente el Suministro de Alimentos Preparados para el Establecimiento Penitenciario de RégimenCerrado Especial de Mujeres Chorrillos de su Jurisdicción, y el Informe Nº 299-2006-INPE/06, de fecha 24 de agosto de 2006, de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecución Penal, la Administración Penitenciaria proporciona al interno