NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (13/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 39
NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 13 de setiembre de 2006 328009REPUBLICADELPERU Recursos Ordinarios; mientras dure la Situación de Desabastecimiento Inminente prevista en el artículo precedente debiendo de adquirir los alimentos preparados en forma directa mediante acciones inmediatas bajoresponsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias quepermitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4º.- DISPONER, que la Oficina General de Administración se efectúen las comunicacionescorrespondientes a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábilessiguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º.- DISPONER, que la Oficina General de Auditoría inicie las acciones que correspondan paradeterminar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuración de la Situación de Desabastecimiento que se aprueba. Artículo 6º.- REMITIR, copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA DELSA MAVILA LEÓN Presidenta Instituto Nacional Penitenciario 01987-1 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 548-2006-INPE/P Lima, 28 de agosto de 2006 VISTOS, el Oficio Nº 853-2006-INPE/16.05, que adjunta el Informe Técnico Legal Nº 015-2006-INPE/ 16.05, ambos de fecha 21 de agosto de 2006, de laDirección Regional Lima, por el que solicita se declare en Situación de Desabastecimiento Inminente el Suministro de Alimentos Preparados para losEstablecimientos Penitenciarios de Sentenciados Ica, Tambo de Mora Chincha y Nuevo Imperial Cañete, de su Jurisdicción, Oficio Nº 1254-2006-INPE/10, de fecha 24de agosto de 2006, suscrito por la Oficina General de Administración, e Informe Nº 302-2006-INPE/06 de fecha 28 de agosto de 2006, de la Oficina General de AsesoríaJurídica. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de Ejecución Penal, la Administración Penitenciariaproporciona al interno la alimentación preparada que cumpla con las normas dietéticas y de higiene establecidas por la autoridad de salud, concordante conel artículo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 050-2006- INPE/P de fecha 27 de enero de 2006 se aprobó el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Dirección Regional Lima del Instituto Nacional Penitenciario para elAño Fiscal 2006; por el que incluyó el proceso de selección de Licitación Pública Nº 0004-2006-INPE/16 para el "Suministro de raciones alimenticias para losEstablecimientos Penitenciarios de Lima Sur de la Dirección Regional Lima”, en cuyo proceso se encuentra incluido el ítem 1: Establecimiento Penitenciario deSentenciados de Ica, ítem 2: Establecimiento Penitenciario Tambo de Mora Chincha e ítem 3: Establecimiento Penitenciario Nuevo Imperial Cañete; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 479-2006- INPE/P de 26 de julio de 2006, se declaró en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentospreparados para los Establecimientos Penitenciarios de Ica, Tambo de Mora Chincha y Nuevo Imperial Cañete, por los períodos de (31), (35) y (34) días calendario,respectivamente, y por un monto de S/. 214 916,03 (Doscientos Catorce Mil Novecientos Dieciséis y 03/100 Nuevos Soles);Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 015-2006- INPE/16.05 de fecha 21 de agosto de 2006, la Dirección Regional Lima informa que suscribió el Contrato Nº 026- 2006-INPE/16 de fecha 31 de julio de 2006, con laempresa LA FAVORITA PERUANA S.R. LTDA., derivado de la exoneración autorizada, por un monto de S/. 70 831,90 (Setenta Mil Ochocientos Treinta y Uno y90/100 Nuevos Soles), para el suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Ica. Asimismo, refiere que suscribiócon la empresa NEGOCIACIONES RIDEBLAN S.A.C., el Contrato Nº 025-2006-INPE/16 de fecha 27 de julio de 2006, por un monto de S/. 71 041,25 (Setenta y Uno MilCuarenta y Uno y 25/100 Nuevos Soles), para el suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario Tambo de Mora Chincha.También señala que suscribió con la empresa COMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A., el Contrato Nº 024-2006-INPE/16 de fecha 27 de julio de 2006, porun monto de S/. 73 042,88 (Setenta y Tres Mil Cuarenta y Dos y 88/100 Nuevos Soles), para el suministro de alimentos preparados para el EstablecimientoPenitenciario Nuevo Imperial de Cañete; Que, en atención al Pronunciamiento Nº 232-2006/GNP de fecha 9 de junio de 2006, emitido por la Gerencia deNormas y Procesos del CONSUCODE, la anterior Gestión del INPE, mediante Resolución Presidencial Nº 414-2006- INPE/P de fecha 21 de junio de 2006, declaró la nulidad deoficio de la Licitación Pública Nº 0004-2006-INPE/16, retrotrayéndolo a la etapa de Integración de Bases; Que, según el calendario establecido en las Bases Administrativas, la Buena Pro de la Licitación Pública Nº 0004-2006-INPE/16, se otorgó el 12 de julio de 2006, la cual no quedó consentida debido a la interposición derecursos de apelación presentados por los CONSORCIOS RESAL E.I.R.L. - PROVEEDOR R.S. BOCHE E.I.R.L., y POLO & SON´S INTERNACIONAL POLI - SERVICES.R.L. - BLANCA JULIA ARIAS DE FLORENCIO; Que, la Dirección Regional Lima informa que el CONSORCIO RESAL E.I.R.L. - PROVEEDOR R.S. BOCHEE.I.R.L., ha interpuesto recurso de revisión ante el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, respecto de los ítems 1: EstablecimientoPenitenciario de Sentenciados de Ica, 2: Establecimiento Penitenciario Tambo de Mora Chincha y 3: Establecimiento Penitenciario Nuevo Imperial Cañete, situación que suspendeel proceso de selección, hasta que el referido organismo del Estado resuelva el recurso de revisión; Que, mediante Informe Nº 044-2006-INPE/ 16.05.URMyS-ADQ de fecha 17 de agosto de 2006, el Subdirector de la Unidad de Recursos Materiales y Servicios de la Dirección Regional Lima, comunica quelos contratos suscritos para el "Suministro de Alimentos Preparados para internos, personal de seguridad, salud y mantenimiento de los Establecimientos PenitenciariosSentenciados de Ica, Tambo de Mora Chincha y Nuevo Imperial Cañete”, vencen aproximadamente el 31, 30 y 31 de agosto de 2006, respectivamente; Que, mediante Oficio Nº 292-2006-INPE/16.03, la Dirección de Planificación de la Dirección Regional Lima señala que cuenta con la disponibilidad presupuestalnecesaria; Que, ante esta circunstancia, la Dirección Regional Lima manifiesta que es necesario declarar en Situaciónde Desabastecimiento Inminente la contratación del Suministro de Alimentos Preparados para los internos, personal de seguridad, salud y mantenimiento de losEstablecimientos Penitenciarios Sentenciados de Ica, Tambo de Mora Chincha y Nuevo Imperial Cañete, por los periodos de treinta y uno (31), treinta y cinco (35) ytreinta y cuatro (34) días calendario, respectivamente; hasta por la suma de S/. 386 075,62 Nuevos Soles (Trescientos Ochenta y Seis Mil Setenta y Cinco y con62/100 Nuevos Soles), importe que servirá para cubrir los gastos de alimentos preparados mientras se resuelven las apelaciones presentadas, concluye elproceso de selección correspondiente y se perfeccione el contrato respectivo, ya que los internos de los mencionados Establecimientos Penitenciarios requierende ellos porque su desabastecimiento compromete directamente los servicios esenciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario, teniendo en cuenta queel suministro de alimentos no puede ser suspendido porque su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la salud de la población penal, así como actos de violencia,