NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (14/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 92
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328110El Peruano jueves 14 de setiembre de 2006 Artículo 49º.- Organización Interna de la Gerencia de Desarrollo Urbano Para el desarrollo de sus funciones la Gerencia de Desarrollo Urbano estará conformada por (04) Divisiones,según lo siguiente : DIVISIÓN DE PLANIFICACIÓN, ESTUDIOS Y PROYECTOSDIVISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, INFRAESTRUC-TURA, VIALIDAD Y TRANSPORTEDIVISIÓN DE OBRAS PRIVADAS Y CONTROLURBANO DIVISIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y CATASTRO Artículo 50º.- DIVISIÓN DE PLANIFICACIÓN, ESTUDIOS Y PROYECTOS Es el órgano responsable de la actualización de los instrumentos de planificación urbana y de los programas de inversión, mediante la elaboración y aprobación deestudios y proyectos, efectuando las coordinacionescomo Unidad Formuladora del Ciclo de Proyecto, a cargode la entidad. Está cargo de un funcionario de confianza con categoría de Jefe de División y dependiente del Gerente de Desarrollo Urbano. Son funciones y atribuciones son: a) Elaborar, aprobar y coordinar los instrumentos de planificación urbana del distrito, mediante la elaboraciónde estudios, planos y memorias descriptivas que se requieran. b) Realizar la identificación, la programación y priorización de proyectos, tanto de Inversión Pública y/ode Inversión Privada Nacional o Internacional,proponiendo las alternativas de financiamiento y/o gestión,orientados al beneficio y mejora de la calidad de vida del distrito y la población; c) Elaborar, coordinar y supervisar la propuesta del Programa Anual de Obras y las del PresupuestoParticipativo, en coordinación con la Gerencia dePlaneamiento y Presupuesto. d) Actualizar el Plan Integral de Desarrollo y el Plan de Ordenamiento Territorial del distrito; en coordinación con la Gerencia, la Alta Dirección, así como con laGerencia de Planeamiento y Presupuesto. e) Elaborar, mantener el registro y el control de expedientes de los buenos contribuyentes, relacionadosa solicitudes de obras y requerimientos de necesidades no satisfechas, en cuanto a infraestructura pública y/o de saneamiento se refiera. f) Elaborar un registro de expedientes de proyectos y anteproyectos resultantes de la gestión y requerir su ejecución de acuerdo al Sistema Nacional deInversiones, para asignar las partidas presupuestales correspondientes. g) Formular y coordinar las bases técnicas y/o administrativas para licitar, contratar y/o supervisar lasobras públicas que proyecte realizar la Municipalidad,en coordinación con las unidades formuladoras que correspondan. h) Llevar los registros de documentos ingresados, respecto a los estudios y proyectos que se elaborenpara formulación del Programa de Obras; i) Elaborar y coordinar con la Oficina de Programación de Inversiones (OPI) de la Gerencia de Planeamiento yPresupuesto la vialidad de los proyectos de Inversión como Unidad Formuladora de la Gerencia de Desarrollo Urbano. j) Elaborar y aprobar los Expedientes Técnicos de Obra. k) Elaborar los proyectos de ordenanzas y directivas que se requieran, en coordinación con las demás Divisiones y la Gerencia de Desarrollo Urbano. l) Elaborar y llevar la información estadística de la Gerencia y la información poblacional, de la entidaddebidamente actualizada, para efectos de lastransferencias económicas del gobierno central. m) Formular y/o adecuar el esquema de zonificación y usos de suelo en coordinación con la División de Habilitaciones Urbanas y Catastro y con la División deObras Privadas y Control Urbano, a fin de que esteinstrumento sirva para promover el desarrollo del distrito.n) Proponer y elaborar el Estudio Técnico Distrital de las necesidades de transporte de vehículos menores. o) Llevar control y registro mensual de los ingresos económicos de la División, dando cuenta a la Gerencia yelaborar los cuadros comparativos y estadísticos de losmismos. p) Otras funciones afines que le asigne la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo 51º.- DIVISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, INFRAESTRUCTURA, VIALIDAD Y TRANSPORTE. Es el órgano responsable de la ejecución, control y regulación de la inversión pública de la entidad; así como, de la ejecución, de las actividades de infraestructuratanto de servicios y como de obras de menor cuantía; yde la vialidad, señalización y acciones de control yordenamiento del tránsito y el transporte del distrito. Está a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Jefe de División, dependiente del Gerente de Desarrollo Urbano. Sus funciones y atribuciones son: a) Ejecutar, supervisar, organizar, coordinar y controlar los proyectos de obras públicas y deinfraestructura urbana, en el distrito, en el marco de las normas legales vigentes; b) Supervisar y controlar las obras públicas y el equipamiento de los servicios públicos locales, enejecución por contrata y/o de las obras que laMunicipalidad haya ejecutado por administración directay/o, por convenios, en apoyo a la comunidad y/o la población en general. c) Programar y ejecutar el inicio de obras cuyos procesos de selección y contratos se hayan convenido,previa aprobación del Expediente Técnico respectivo. d) Efectuar las valorizaciones y liquidaciones de pago de los avances y finalizaciones de las obras públicas en ejecución y/o ejecutadas por la entidad; respectivamente. e) Realizar las entregas de terreno, supervisar y/o inspeccionar las obras adecuadamente y actualizadassegún el avance diario de obra y al Expediente Técnicoaprobado para tal fin; f) Aperturar y llevar debidamente actualizado los Cuadernos de Obra, tanto en procesos de obras contratadas, por convenio y/o por apoyo Interinstitucionaly/o comunal. g) Elaborar las liquidaciones de pago de las obras públicas ; para aprobación de la Gerencia de DesarrolloUrbano. h) Elaborar y llevar un registro de control de obras que se ejecuten por contrata, administración directa,convenio, apoyo interinstitucional y/o por cualquier otramodalidad. i) Brindar asesoría técnica y supervisión a la comunidad, respecto a sistemas constructivos y obras públicas de infraestructura que se ejecuten y/o se autoricen por convenio u otras disposiciones. j) Ejecutar, supervisar y/o inspeccionar obras de mantenimiento y/o conservación de monumentoshistóricos que se realicen a través de administracióndirecta o por terceros que tengan la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. k) Controlar, registrar y autorizar obras que ejecutan las entidades o empresas prestadoras de servicio públicoy/o privado. l) Evaluar, proponer, otorgar y controlar las licencias y/o autorizaciones por obras en la vía pública. m) Evaluar, otorgar y controlar las licencias y/o autorizaciones para circulación de vehículos menoresde acuerdo a la regulación distrital y normas vigentes, n) Elaborar y mantener actualizado la estadística del parque automotor de vehículos menores que circulanen el radio urbano del distrito. o) Elaborar y ejecutar planes de señalización de calles y vías de acuerdo a la regulación provincial; p) Organizar y ejecutar eventos sobre educación vial para conductores y para la población en general. q) Establecer medidas de seguridad vial y controlar su cumplimiento, en coordinación con la Municipalidad de Lima, en lo que corresponda; r) Proponer a la Municipalidad de Lima, el sistema de semaforización y señalización de vías de seguridad ycirculación del distrito.