Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2006 (14/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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LICA DEL P E

RU

328102

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano jueves 14 de setiembre de 2006

Ratifican resolucion de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho que aprobo habilitacion MORDAZA nueva con construccion simultanea de viviendas
RESOLUCION Nº 126-2006-MML-GDU-SPHU MORDAZA, 25 de agosto de 2006 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codificado Nº 74740-2006 de fecha 10 de agosto de 2006, mediante el cual la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho solicita la Ratificacion de la Resolucion Gerencial Nº 00032-2006-GDU-MDSJL de fecha 9 de MORDAZA de 2006, promovida por la empresa CHINA INTERNACIONAL WATER & ELECTRIC CORP. (PERU); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 00032-2006GDU-MSJL (fs. 48 al 52) de fecha 9 de MORDAZA de 2006 se resuelve aprobar de conformidad con el Plano signado con el Nº 002-2006-HU-JGTC-GDU/MDSJL, la Habilitacion MORDAZA Nueva con construccion simultanea de viviendas dentro del Programa Techo Propio, sobre el terreno de 30,036.90 m² ubicado en la Manzana M Lotes 2, 4 y 5 de la Lotizacion Campoy, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, el terreno se encuentra inscrito en la Partida Nº 43035274 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA (fs. 13); Que, con Informe Nº 120-2006-MML-GDU-SPHUDRD (fs. 57 y 58) de fecha 15 de agosto de 2006, de la Division de Revision de Diseno de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas se manifiesta que la presente habilitacion MORDAZA cumple los Planes Urbanos respecto a la zonificacion aprobada mediante Ordenanza Nº 453-MML, vias conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 341-MML y aportes reglamentarios de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC; Que, con Informe Nº 326-2006-MML-GDU-SPHUAL de fecha 22 de agosto de 2006, la Asesoria Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas senala que de acuerdo a la evaluacion tecnica, el presente cumple con los Planes Urbanos respecto a Zonificacion por cuanto el terreno se encuentra zonificado como MORDAZA de Reglamentacion Especial ZRE, de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 453-MML. Respecto a Vias, el terreno esta afecto a la Via Colectora Av. Campoy de seccion C-73 de 30.00 m cumpliendo con la Ordenanza Nº 341-MML, y Aportes Reglamentarios de conformidad al Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC. Asimismo, indica que de la verificacion de la Partida Nº 43035274 del Registro de Predios de la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA, el terreno materia del presente cuenta con la Resolucion de Alcaldia Nº 566 de fecha 29 de octubre de 2003, emitida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, la cual aprobo la Habilitacion MORDAZA Nueva y fue ratificada por esta Corporacion al haber operado el Silencio Administrativo Positivo; en consecuencia, se debera adecuar el presente a una Modificacion de Habilitacion MORDAZA y Ratificar la Resolucion Gerencial Nº 00032-2006-GDU-MSJL de fecha 9 de MORDAZA de 2006, al haberse verificado el cumplimiento de los Planes Urbanos; Con el visto MORDAZA de la Division de Revision de Diseno y la Asesoria Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 26878, Reglamento Nacional de Construcciones, Decreto de Alcaldia Nº 079, Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC, Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 341, 453, 776-MML, Resolucion de Alcaldia Nº 2546 y Resolucion Nº 332006-MML-GDU;

Articulo 1º.- RATIFICAR, la Resolucion Gerencial Nº 00032-2006-GDU-MSJL de fecha 9 de MORDAZA de 2006 emitida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, que resuelve aprobar de conformidad con el Plano signado con el Nº 002-2006-HU-JGTC-GDU/ MDSJL, la Habilitacion MORDAZA Nueva con Construccion Simultanea de viviendas dentro del Programa Techo Propio, sobre el terreno de 30,036.90 m² ubicado en la Manzana M Lotes 2, 4 y 5 de la Lotizacion Campoy, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; debiendo adecuarse la misma como una Ratificacion de la Modificacion de Habilitacion MORDAZA, por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFICAR, la presente Resolucion a la empresa CHINA INTERNACIONAL WATER & ELECTRIC CORP. (PERU) y a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, para su conocimiento y fines. Articulo 3º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion al Ministerio de Educacion y a la Oficina Registral de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo 4º.- PUBLICAR, la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo del administrado, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma. Comuniquese, registrese y cumplase. MARIELLA MORDAZA MORDAZA Subgerente Gerencia de Desarrollo MORDAZA Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas 02020-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Exoneran de pago por derecho de tramite de visacion de planos y MORDAZA de posesion a los asentamientos humanos, asociaciones de vivienda y cooperativas comprendidos en el Proyecto de Mejoramiento de Agua Potable y Alcantarillado en Areas Marginales de MORDAZA
ORDENANZA N° 201-C/MC Comas, 16 de agosto del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS

VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 16 de agosto del 2006, el Proyecto de Ordenanza que aprueba la Exoneracion del pago por Derecho de Tramite por los Servicios Administrativos de Visacion de Plano y MORDAZA de Posesion de Asentamientos Humanos, Asociacion de Vivienda y Cooperativas que se encuentren comprendidos dentro del Proyecto de Mejoramiento de Agua Potable y Alcantarillado en Areas Marginales de MORDAZA, determinados por SEDAPAL y financiadas por el JBIC, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 194º, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando esta que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico;

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