NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (14/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 96
TEXTO PAGINA: 81
NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 14 de setiembre de 2006 328099REPUBLICADELPERU fictas denegatorias de solicitud de devolución” y “reclamación tributaria contra resoluciones de pérdidade fraccionamiento o que resuelven solicitudes dedevolución” establecidos en los procedimientos Nºs. 14,15 y 16 de la Subgerencia de Administración yRecaudación Tributaria. - Derecho por concepto de “autorización y renovación de la instalación de elementos de seguridad en la víapública (rejas batientes, plumas levadizas y casetas devigilancia)” establecido en el procedimiento Nº12 de laSubgerencia de Obras Públicas. - Derecho por concepto de “ampliación del plazo de vigencia de licencia de obra” (antes de la caducidad) establecido en el procedimiento Nº 10 de la Subgerenciade Obras Privadas. - Derecho por concepto de “certificado de seguridad de Defensa Civil inspección técnica básica” establecidoen el procedimiento Nº 2 de la Subgerencia de Serenazgo y Defensa Civil. - Derecho por concepto de “cese de anuncios” establecido en el procedimiento Nº 6 de la Subgerenciade Comercialización y Uso Comercial de la Vía Pública. - Derecho por concepto de “cese de actividades, con arreglo a ley” establecido en el procedimiento Nº 8 de la Subgerencia de Desarrollo Económica. Que, los 94 derechos correspondientes a los 84 procedimientos listados en el Anexo Nº 1, contenidos enel Texto Único de Procedimientos Administrativos parael ejercicio fiscal 2005, cumplen con los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 607, que regula el procedimiento de ratificación de Ordenanzas Distritalespara la provincia de Lima, debiéndose precisar además,que la estructura de costos de los derechos está deacuerdo a los lineamientos de la Directiva Nº 001-006-00000001, encontrándose por ello justificados; Que, debido a las deficiencias detectadas durante la evaluación técnica, no procede la ratificación de otros64 derechos de trámite, todos los cuales aparecendetallados en el Anexo Nº 2 del informe del SAT; Que, es preciso señalar que el análisis realizado se basó en la documentación presentada por la Municipalidad Distrital de Surquillo, teniendo dicha información el carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto enel inciso b) del artículo 2º de la Ordenanza Nº 607, queregula el procedimiento de ratificación de OrdenanzasDistritales para la provincia de Lima; Que, en lo que se refiere a la publicidad de las normas municipales, el artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades, dispone la obligación de lasMunicipalidades Distritales que conforman la provinciade Lima, de publicar en el Diario Oficial El Peruano susOrdenanzas, Decretos de Alcaldía y los Acuerdos sobreremuneraciones del Alcalde y dietas de los Regidores, en virtud del cual la Municipalidad Distrital de Surquillopublicó el texto íntegro de las Ordenanzas Nºs. 130/ MDS y 157/MDS en el Diario Oficial El Peruano los días1 de marzo de 2005 y 22 de febrero de 2006,respectivamente. Asimismo, se debe señalar queigualmente publicó el Decreto de Alcaldía Nº 006-2006-MDS, el 18 de mayo de 2006; Que, finalmente deberá tenerse presente que en aplicación del artículo 40º de la Ley Orgánica deMunicipalidades, las Ordenanzas en materia tributariaexpedidas por las Municipalidades Distritales deben serratificadas por las Municipalidades Provinciales de sucircunscripción para su entrada en vigencia; por lo que su aplicación antes de la publicación del texto íntegro del Acuerdo de Concejo ratificatorio, resulta deresponsabilidad exclusiva de los funcionarios de laMunicipalidad Distrital respectiva; De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 201-MML-CMAEDO; ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratificar los 94 derechos correspondientes a los 84 procedimientosadministrativos contenidos en el Texto Único deProcedimientos Administrativos de la MunicipalidadDistrital de Surquillo, aprobados por las Ordenanzas Nºs. 130/MDS y 157/MDS precisadas por el Decreto de Alcaldía Nº 006-2006-MDS y que aparecen detalladosen el Anexo N° 1 del Informe N° 004-082-00000513 delServicio de Administración Tributaria – SAT; noprocediendo la ratificación de otros 64 derechos detrámite, los mismos que aparecen detallados en el Anexo Nº 2 del informe antes señalado. Artículo Segundo.- Se deja establecido la vigencia de la norma a partir de la publicación del presente Acuerdode Concejo ratificatorio y Anexo N° 1 del Informe delServicio de Administración Tributaria-SAT precitado, porlo que su aplicación sin el cumplimiento de dicha condición, resulta de absoluta responsabilidad de las funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva. Lascitadas Ordenanzas han sido ratificadas en el marco dela Ordenanza Metropolitana N° 607 “Que Regula elProcedimiento de Ratificación de OrdenanzasAprobadas por las Municipalidades Distritales”, en virtud del cual el análisis técnico efectuado se basó en la documentación presentada por la Municipalidad Distrital,teniendo dicha información el carácter de DeclaraciónJurada. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL