Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2006 (14/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano jueves 14 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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fictas denegatorias de solicitud de devolucion" y "reclamacion tributaria contra resoluciones de perdida de fraccionamiento o que resuelven solicitudes de devolucion" establecidos en los procedimientos Nºs. 14, 15 y 16 de la Subgerencia de Administracion y Recaudacion Tributaria. - Derecho por concepto de "autorizacion y renovacion de la instalacion de elementos de seguridad en la via publica (rejas batientes, plumas levadizas y casetas de vigilancia)" establecido en el procedimiento Nº12 de la Subgerencia de Obras Publicas. - Derecho por concepto de "ampliacion del plazo de vigencia de licencia de obra" (antes de la caducidad) establecido en el procedimiento Nº 10 de la Subgerencia de Obras Privadas. - Derecho por concepto de "certificado de seguridad de Defensa Civil inspeccion tecnica basica" establecido en el procedimiento Nº 2 de la Subgerencia de Serenazgo y Defensa Civil. - Derecho por concepto de "cese de anuncios" establecido en el procedimiento Nº 6 de la Subgerencia de Comercializacion y Uso Comercial de la Via Publica. - Derecho por concepto de "cese de actividades, con arreglo a ley" establecido en el procedimiento Nº 8 de la Subgerencia de Desarrollo Economica. Que, los 94 derechos correspondientes a los 84 procedimientos listados en el Anexo Nº 1, contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos para el ejercicio fiscal 2005, cumplen con los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 607, que regula el procedimiento de ratificacion de Ordenanzas Distritales para la provincia de MORDAZA, debiendose precisar ademas, que la estructura de costos de los derechos esta de acuerdo a los lineamientos de la Directiva Nº 001-00600000001, encontrandose por ello justificados; Que, debido a las deficiencias detectadas durante la evaluacion tecnica, no procede la ratificacion de otros 64 derechos de tramite, todos los cuales aparecen detallados en el Anexo Nº 2 del informe del SAT; Que, es preciso senalar que el analisis realizado se baso en la documentacion presentada por la Municipalidad Distrital de Surquillo, teniendo dicha informacion el caracter de Declaracion Jurada, segun lo dispuesto en el inciso b) del articulo 2º de la Ordenanza Nº 607, que regula el procedimiento de ratificacion de Ordenanzas Distritales para la provincia de Lima; Que, en lo que se refiere a la publicidad de las normas municipales, el articulo 44º de la Ley Organica de Municipalidades, dispone la obligacion de las Municipalidades Distritales que conforman la provincia de MORDAZA, de publicar en el Diario Oficial El Peruano sus Ordenanzas, Decretos de Alcaldia y los Acuerdos sobre remuneraciones del MORDAZA y dietas de los Regidores, en virtud del cual la Municipalidad Distrital de Surquillo

publico el texto integro de las Ordenanzas Nºs. 130/ MDS y 157/MDS en el Diario Oficial El Peruano los dias 1 de marzo de 2005 y 22 de febrero de 2006, respectivamente. Asimismo, se debe senalar que igualmente publico el Decreto de Alcaldia Nº 006-2006MDS, el 18 de MORDAZA de 2006; Que, finalmente debera tenerse presente que en aplicacion del articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia; por lo que su aplicacion MORDAZA de la publicacion del texto integro del Acuerdo de Concejo ratificatorio, resulta de responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva; De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 201-MML-CMAEDO; ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar los 94 derechos correspondientes a los 84 procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Surquillo, aprobados por las Ordenanzas Nºs. 130/MDS y 157/MDS precisadas por el Decreto de Alcaldia Nº 006-2006-MDS y que aparecen detallados en el Anexo N° 1 del Informe N° 004-082-00000513 del Ser vicio de Administracion Tributar ia ­ SAT; no procediendo la ratificacion de otros 64 derechos de tramite, los mismos que aparecen detallados en el Anexo Nº 2 del informe MORDAZA senalado. Articulo Segundo.- Se deja establecido la vigencia de la MORDAZA a partir de la publicacion del presente Acuerdo de Concejo ratificatorio y Anexo N° 1 del Informe del Servicio de Administracion Tributaria-SAT precitado, por lo que su aplicacion sin el cumplimiento de dicha condicion, resulta de absoluta responsabilidad de las funcionarios de la Municipalidad Distrital respectiva. Las citadas Ordenanzas han sido ratificadas en el MORDAZA de la Ordenanza Metropolitana N° 607 "Que Regula el Procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas Aprobadas por las Municipalidades Distritales", en virtud del cual el analisis tecnico efectuado se baso en la documentacion presentada por la Municipalidad Distrital, teniendo dicha informacion el caracter de Declaracion Jurada. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido normaslegales@editoraperu.com.pe. en disquete o al correo electronico:

LA DIRECCION

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