Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2006 (14/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano jueves 14 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

328103

Que, el primer parrafo del Articulo 70º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 prescribe que el Sistema Tributario de las Municipalidades, se rige por la Ley especial y el Codigo Tributario en la parte pertinente, siendo estos la Ley de Tributacion Municipal cuyo Texto Unico Ordenado es aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y el Codigo Tributario por Decreto Supremo Nº 135-99-E. De la misma forma el MORDAZA parrafo del Articulo 40º de la Ley en mencion, senala que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen, exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley. Ello es concordante con lo indicado en el Articulo 60º de la Ley de Tributacion Municipal y el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV del Codigo Tributario; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Comas, aprobado por Ordenanza Nº 37-C/MC prescribe en sus procedimientos 46º y 47º los requisitos y derechos para los Servicios de Visacion de Planos y MORDAZA de Posesion, respectivamente, determinando el pago de S/. 15.00 y S/. 50.00 y 00/100 Nuevos Soles para el primer caso y de S/. 50.00 y 00/100 Nuevos Soles para el MORDAZA caso; Que, se tiene conocimiento que el Gobierno Central mediante Decreto Supremo Nº 097-2000-EF aprobo la Operacion de endeudamiento externo con el Banco del Japon para la Cooperacion Internacional - JBIC, determinando a SEDAPAL como la Unidad Ejecutora del Proyecto de "Mejoramiento de Agua Potable y Alcantarillado en Areas Marginales de Lima; en el MORDAZA de ello, SEDAPAL ha proyectado la ejecucion de Obras en Asentamientos Humanos no formalizadas del distrito de Comas, comprendidas en el Esquema Ano MORDAZA y Esquema 6º Sector del MORDAZA Chillon, para ello se requiere que tales agrupamientos cuenten con Planos Visados por la Municipalidad de Comas y MORDAZA de Posesion otorgado por la misma entidad; Que, el numeral 3.5 del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 define como funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Distritales, reconocer los Asentamientos Humanos y promover su desarrollo y formalizacion. En MORDAZA a ello y tomando en cuenta lo prescrito en el considerando precedente, es necesario brindar las facilidades del caso a efectos de materializar obras de infraestructura MORDAZA basica a la poblacion que carece de la misma, disponiendo la exoneracion de los derechos de tramite por los servicios administrativos de Visacion de Planos y MORDAZA de Posesion en los Asentamientos Humanos considerados en el programa precedentemente indicado; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades establecidas en el Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo aprobo por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Exonerar del Derecho de tramite por los servicios administrativos de Visacion de Planos y MORDAZA de Posesion establecidos en los procedimientos 46 y 47 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Comas, aprobado por Ordenanza Nº 37-C/MC, para aquellos Asentamientos Humanos que se encuentren comprendidos dentro del proyecto de Mejoramiento de Agua Potable y Alcantarillado en Areas Marginales de MORDAZA determinados por SEDAPAL en el MORDAZA del JBIC, precisandose que en caso de Asentamientos Humanos solo se otorgara la MORDAZA de Posesion a quien se encuentre empadronado en SEDAPAL, no incluyendose las ocupaciones que se hayan efectuado posteriores al 31 de diciembre de 2004, tal como lo estipula la Ley Nº 28687 - Ley de Desarrollo y Complementacion de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al suelo y Dotacion de Servicios Publicos, en sus articulos 3º, 16º, 24º, 25º y 26º. Articulo Segundo.-Podran acogerse a este beneficio los Asentamientos Humanos que se encuentran ejecutando proyectos de electrificacion. Articulo Tercero.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Subgerencia de Planeamiento y Catastro, el cumplimiento de esta Ordenanza.

Articulo Cuarto.- Dispensar de la lectura y aprobacion de acta, para el inmediato cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02041-1

Modifican Ordenanza Nº 198-C/MC y prorrogan vigencia de beneficio para regularizacion de pagos de deuda tributaria
ORDENANZA Nº 205-C/MC Comas, 8 de setiembre del 2006 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 8 de setiembre de 2006, el Dictamen de la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas, relacionado con el Informe Nº060-2006-GAT/MC de la Gerencia de Administracion Tributaria, por el cual se propone la prorroga de Beneficios Tributarios; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les atribuyen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, mediante Ordenanza Nº 198-C/MC de fecha 24 de MORDAZA de 2006, se aprobaron beneficios de naturaleza tributaria, a los contribuyentes de la jurisdiccion para regularizar el pago de deudas tributarias y multas tributarias, vinculadas al Impuesto Predial habiendose establecido un plazo de vigencia hasta el 9 de setiembre de 2006; Que, el objetivo del beneficio es brindar mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, en atencion a la demanda de la poblacion debido a la acogida que han tenido dichos beneficios, por lo que se ha visto necesario considerar su prorroga; Que, conformidad con los Informes Nº 060-2006-GAT/ MC y Nº451-2006-GAJ/MC emitidos por la Gerencia de Administracion Tributaria y Gerencia de Asuntos Juridicos respectivamente, y estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente, el pleno del Concejo Municipal aprobo por mayoria la siguiente; ORDENANZA: Articulo Primero.- PRORROGUESE la vigencia de los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 198-C/ MC, que aprueba un beneficio para la regularizacion de pagos de deuda tributaria de un (1) mes, computados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- Modifiquese el Articulo Tercero de la Ordenanza Nº198-C/MC, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: Articulo Tercero.-Exonerar del pago de las multas tributarias generados en los procedimientos de fiscalizacion del Impuesto Predial incluidos o no, en las Resoluciones de Determinacion y Multa, contenidas en la Ordenanza Nº 127-C/MC, que aprueba el Regimen General de Infracciones y Sanciones Tributarias a aquellos contribuyentes que cumplan con la actualizacion voluntaria de valores de los predios mediante Declaracion Jurada y cancelen los periodos determinados. El beneficio se circunscribe a las sanciones establecidas en la tabla de infracciones y sanciones tributarias siguientes:

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