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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (19/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALESEl Peruano martes 19 de setiembre de 2006 328437REPUBLICADELPERU ANEXO A LA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 389-2006-DE/SG 1.- MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar colombiano para participar en la XXIX Conferencia Bilateral de Inteligencia. 2.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA 1. CORONEL JUAN CARLOS RICO ARENAS 2. TENIENTE CORONEL MAURICIO FORERO CUERVO 3.- TIEMPO DE PERMANENCIADel 25 al 29 de setiembre de 20064.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTENo indican. 02242-3 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 390-2006-DE/SG Lima, 18 de setiembre de 2006CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 853, de fecha 28 de agosto de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América, en el marco del Convenio firmado en 1984, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Marina de entonces y la Marina de los Estados Unidos, construyó dos sedes en el Perú; en las cuales labora personal militar americano que es rotado periódicamente; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, establece que la autorización de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin armas de guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 10 de octubre al 25 de noviembre de 2006, para realizar una rotación en el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América - NMRCD. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a la que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores.Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores ANEXO A LA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 390-2006-DE/SG 1.- MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América para realizar una rotaciónen el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América - NMRCD. 2.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA 1. ALFÉREZ DE FRAGATA MELISSA BURYK 3.- RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTE Sin armas.4.- TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL Del 10 de octubre al 25 de noviembre de 2006. 02242-4 ECONOMÍA Y FINANZAS /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G52/G4F/G49/G4E/G56/G45/G52/G53/G49/GD3/G4E /G71/G75/G65/G20/G65/G78/G63/G6C/G75/G79/G65/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G4C/GED/G6E/G65/G61/G20/G64/G65 /G54/G72/G61/G6E/G73/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G31/G33/G38/G20/G6B/G56/G20/G54/G6F/G63/G61/G63/G68/G65/G20/G2D /G42/G65/G6C/G6C/G61/G76/G69/G73/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G72/G69/G76/G61/G64/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 077-2006-EF Lima, 18 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 048-2006- EF de fecha 23 de julio de 2006, se ratificó el acuerdoadoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, mediante el cual se aprobó la entrega en concesión alsector privado del Proyecto Línea de Transmisión en 138kv Tocache - Bellavista, bajo los mecanismos establecidos en el Texto Único Ordenado y suReglamento, aprobados por Decretos Supremos Nº 059- 96-PCM y Nº 060-96-PCM; Que, mediante acuerdo de PROINVERSIÓN de fecha 13 de septiembre de 2006, se aprobó excluir al Proyecto Línea de Transmisión en 138kv Tocache - Bellavista, del proceso de promoción de la inversión privada a que serefiere los Decretos Supremos Nº 059-96-PCM y Nº 060- 96-PCM; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su Reglamento; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de