NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (19/09/2006)
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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328442El Peruano martes 19 de setiembre de 2006 Que, resulta necesario designar al funcionario que ejercerá la citada representación; Que, en cumplimiento de la Tercera Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002-2006-JUS, el Decreto LeyNº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia,modificado por el Decreto Supremo Nº 019-2006-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor abogado Juan Carlos Valdivia Huaringa, Viceministro de Justicia, como representante del Ministerio de Justicia ante el Consejo Nacional Anticorrupción, quien lo presidirá. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a los miembros del Consejo Nacional Anticorrupción, y a los funcionarios y organismoscorrespondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA A. ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 02232-2 PRODUCE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G20/G61/G56/G69/G65/G74/G6E/G61/G6D/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G73/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G79/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G64/G65/G20/G50/G65/G71/G75/G65/GF1/G61/G20/G79/G20/G4D/G65/G64/G69/G61/G6E/G61/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G28/G53/G4D/G45/G57/G47/G29 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2006-PRODUCE Lima, 18 de setiembre del 2006 CONSIDERANDO: Que, el Perú forma parte del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) desde 1998, y el Ministerio de la Producción es el Punto Focal del Grupo de Trabajo de Pequeña y Mediana Empresa, cuyo objetivoprincipal es el de promover el desarrollo de las PYMEs que son fundamentales para el crecimiento económico regional, donde se estima que hay 40 millones de PYMEsen las economías de APEC que constituyen el 90% de todas las empresas, emplean de 32% a 84% de la fuerza laboral, contribuyen de 30% a 60% de PBI y representanel 35% de las exportaciones de la región; Que, mediante Oficio Nº 0223-2006-PRODUCE/DVI- DGI, de fecha 4 de setiembre de 2006, la DirecciónGeneral de Industria del Ministerio de la Producción, comunicó al Director, APEC Division Economic Affairs Bureau of the Ministry of Foreign Affairs, la designacióndel señor Félix Jaime Manuel Aguilar Rojas, profesional de la Dirección General de Industria (DGI) del Ministerio de la Producción, para que participe en el seminario"Support for Local and Cottage Industries", que se realizará el 22 y 23 de setiembre de 2006; Que, a través del Oficio Nº 476-2006-PRODUCE/ DVI, de fecha 4 de setiembre de 2006, el Viceministro de Industria del Ministerio de la Producción, comunicó al ASMED Deputy Director - General SMEWG Chair/LeadShepherd, la participación del señor Félix Jaime Manuel Aguilar Rojas, a las Reuniones del Grupo de Trabajo de Pequeña y Mediana Empresa (SMEWG), que serealizarán del 25 al 27 de setiembre de 2006; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2006, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 006-2006 y elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Félix Jaime Manuel Aguilar Rojas, profesional de la Dirección Generalde Industria del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Ha Noi, República Socialista de Vietnam, del 18 al 29 de setiembre de 2006, para participar en el seminario "Support for Local and Cottage Industries" y a lasReuniones del Grupo de Trabajo de Pequeña y Mediana Empresa (SME WG). Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por el Pliego 038: Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1 040,00 Tarifa CORPAC US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionadoprofesional deberá presentar al Titular del Sector, con copia a la Oficina General de Planificación y Presupuesto, un informe detallado describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho de exoneración o liberación de impuestosy/o derechos de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros yel Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 02242-8 /G49/G6E/G73/G74/G61/G75/G72/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F /G64/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 227-2006-PRODUCE Lima, 14 de setiembre del 2006Vistos: el Informe Nº 055-2006-CPPAD/PRE del 28 de agosto del 2006, de la Comisión Permanente deProcesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Producción. CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe del visto la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Producción da cuenta de la calificación que ha efectuado a la documentación remitida por elDespacho del señor Ministro mediante Oficio Nº 432- 2005-PRODUCE/DM del 19 de setiembre 2005 sobre el Informe Nº 006-2005-2-5301 “Examen Especial alotorgamiento de autorización de incremento de flota a embarcaciones comprendidas en la Ley Nº 26920” emitida por la Oficina General de Auditoría Interna delMinisterio de la Producción, recomendando al Titular del Sector la procedencia de instaurar proceso administrativo disciplinario (Conclusión Nº 01); Que, en el informe del visto se señala que los servidores incursos en la Conclusión Nº 1 del mencionado informe de auditoría interna habrían incurridoen responsabilidad administrativa, dado que habrían incumplido las normas de la entidad que se consignan en el Manual de Organización y Funciones (MOF)aprobado por Resolución Ministerial Nº 074-2003- PRODUCE, así como en los incisos a), b) y d) del Artículo 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, y lo dispuesto en los artículos 127º y 129º de su Reglamento, lo que supondría que susconductas se encontrarían tipificadas en los supuestos de hecho que constituyen falta de carácter disciplinario establecidos en los literales a) y d) del Artículo 28º de la