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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (19/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328440El Peruano martes 19 de setiembre de 2006 ENERGÍA Y MINAS /G41/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G42/G61/G6E/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G74/G6F/G64/G6F/G73/G20/G6C/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6D/G62/G75/G73/G74/G69/G62/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G6E/G46/G61/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G70/G65/G6E/G73/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G41/G70/G6F/G72/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 112-2006-EM/DGH Lima, 18 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creó el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de losprecios del petróleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del mercado interno; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF , se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designó como Administrador del Fondo a la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2006 se dispuso que la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010- 2004, será hasta el 31 de diciembre de 2006; Que, el artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 010- 2004 dispone, que es obligación del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periódicamente, en los plazos que establezca elReglamento, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, el artículo 6º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF prevé que el Administrador del Fondo deberá publicar por lo menos una vez cada mes en el Diario Oficial El Peruano lasmencionadas Bandas de Precios; Que, con fecha 23 de agosto de 2006, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la última actualización de lasbandas de precios para las Gasolinas de 97, 95, 90 y 84 y se mantuvo para los demás combustibles. Conforme con lo dispuesto por el Decreto deUrgencia Nº 010-2004 y el Decreto Supremo Nº 142- 2004-EF que aprueba las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004,así como del Decreto de Urgencia Nº 019-2005 que amplía el plazo de vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-2004. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Actualizar las Bandas de Precios para todos los combustibles PRODUCTOS LÍMITE LÍMITE Soles por Galón SUPERIOR INFERIOR GLP Soles por Kg. 2,50 2,00 G - 97 7,73 7,03 G - 95 7,56 6,86 G - 90 6,84 6,14 G - 84 6,01 5,41 KERO 7,44 6,74 DIESEL 2 7,23 6,58 PIN 6 4,53 4,25 PIN 500 4,32 4,02 DIESEL 2 GE 6,65 6,00 PIN 6 GE 4,20 3,90 PIN 500 GE 4,05 3,75 Artículo Segundo.- Determinar los Factores de Compensación y Aportación correspondientes entre el 19 y el 25 de setiembre de 2006. PRODUCTOS Factor de Factor de Soles por Galón Aportación Compensación GLP Soles por Kg. -- GASOLINA 97 0,50 - GASOLINA 95 0,50 - GASOLINA 90 0,31 - GASOLINA 84 0,10 - KEROSENE 0,10 - DIESEL 2 0,20 -GASTOS DE CAPITAL 56 510 636 56 683 299 44 783 695 157 977 630 INVERSIONES 33 229 280 33 062 754 41 030 913 107 322 947 INVERSIONES FINANCIERAS 2 353 601 10 000 10 000 2 373 601 OTROS GASTOS DE CAPIT AL 20 927 755 23 610 545 3 742 782 48 281 082 TOTAL FUENTE 84 496 145 97 332 162 73 311 032 255 139 339 TOTAL DE ASIGNACIÓN TRIMESTRAL DEL GOBIERNO NACIONAL 2 675 982 743 2 948 207 287 3 260 657 753 8 884 847 783 LEY Nº 28652 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2006 ANEXO Nº 2 - RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 048-2006-EF/76.01 CUARTO TRIMESTRE 2006 ASIGNACIÓN TRIMESTRAL DE LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO REGIONAL ( EN NUEVOS SOLES ) RECURSOS ORDINARIOS OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE TOTAL GASTOS CORRIENTES 625 180 350 624 855 514 721 708 463 1 971 744 327 GASTOS DE CAPITAL 105 654 038 106 544 351 132 303 617 344 502 006 SERVICIO DE LA DEUDA 8 646 857 7 314 351 7 314 356 23 275 564 TOTAL FUENTE 739 481 245 738 714 216 861 326 436 2 339 521 897 TOTAL DE ASIGNACIÓN TRIMESTRAL DE LOS GOBIERNOS 739 481 245 738 714 216 861 326 436 2 339 521 897 REGIONALES 02233-1