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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (19/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALESEl Peruano martes 19 de setiembre de 2006 328443REPUBLICADELPERU Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; Que, el Artículo 166º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneracionesdel Sector Público, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, señala que la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios tiene la facultad de calificarlas denuncias que le sean remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir proceso administrativo disciplinario; Que, estando a lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Producción mediante documentodel visto y conforme a los Artículos 150º, 151º, 153º, 168º y 173º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del SectorPúblico, aprobado por D.S.Nº 005-90-PCM y el Reglamento Interno de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Producción, aprobadopor Resolución Ministerial Nº 163-2006-PRODUCE, y con la opinión favorable de la Oficina de General de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 11º, literal j), del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado porDecreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º- Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario a los servidores comprendidos en el InformeNº 055-2006-PRODUCE/CPPAD-PRES, del 28 de agosto de 2006, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de laProducción, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que proceda a efectuar las investigaciones correspondientes y emita elinforme final, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles improrrogable que señala el artículo 163º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM. Artículo 3º- Disponer que la citada Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Producción proceda a notificar la presente Resolución Ministerial a los servidoresprocesados de conformidad a lo establecido en los Artículos 30º, 31º y 32º del Reglamento Interno de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio dela Producción, aprobado por Resolución Ministerial Nº 163-2006-PRODUCE, a efectos de que presenten sus descargos escritos y las pruebas que estimenconveniente en ejercicio de sus derechos de defensa, concediéndoles para tal fin a cada servidor el plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguientede la notificación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 02231-1 RELACIONES EXTERIORES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F /G61/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G45/G56/G49/G44/G41/G2C/G20/G6D/G69/G65/G6E/G74/G72/G61/G73/G20/G64/G75/G72/G65/G20/G65/G6C/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G20/G63/G61/G72/G67/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 341-2006-RE Lima, 18 de setiembre de 2006Vista la Resolución Suprema Nº 262-2006-PCM, del 2 de setiembre de 2006, que designó al señor RómuloBernardo Joaquín Pizarro Tomasio, como PresidenteEjecutivo del Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que durante su gestión como Presidente Ejecutivo de DEVIDA, el señor Rómulo Bernardo Joaquín PizarroTomasio, realizará diversas representaciones oficiales del gobierno peruano, participando en reuniones internacionales con autoridades y contrapartes en otrospaíses, con organismos regionales y financieros, entre otros, con el fin de potenciar el trabajo y los objetivos de DEVIDA a través del intercambio de experiencias y lacooperación técnica y/o financiera que pueda recabarse; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 832, de 11 de julio de 1996, quemodifica la Ley Nº 23274, el cual establece que excepcionalmente, mediante Resolución Suprema, se podrá autorizar el uso de pasaporte diplomático a otraspersonas que cumplan misiones oficiales; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, excepcionalmente, el uso de pasaporte diplomático al señor Rómulo Bernardo JoaquínPizarro Tomasio, Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, mientras dure el ejercicio de su cargo. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 02242-9 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E /G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G72/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/GE1/G65/G6E/G20/G50/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G73/G61/G6D/G62/G6C/G65/G61/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G4E/G55 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1134-2006-RE Lima, 15 de setiembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador José Antonio García Belaúnde, y tieneprevisto participar en el Debate General del 61° Período de Sesiones de la Asamblea General de Naciones Unidas que se realizará en Nueva York, Estados Unidos deAmérica, del 18 al 26 de septiembre de 2006; Que, la participación del Perú en dicho foro constituye una importante oportunidad para la promoción de losintereses nacionales inscritos dentro de los objetivos de desarrollo, cooperación, paz y seguridad de la política exterior del Estado peruano; Que, en el marco de la participación peruana en el 61° Período de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, además de la intervención en el debategeneral, se realizará una reunión del Consejo Ampliado de Cancilleres de la Comunidad Andina, para tratar el tema de la elección del nuevo Secretario General de laCAN, así como la incorporación de Chile como miembro asociado de la Comunidad Andina; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAE) Nº SAE0557/2006, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos de 14 de setiembre de 2006; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de laLey del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-