NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (19/09/2006)
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TEXTO PAGINA: 25
NORMAS LEGALESEl Peruano martes 19 de setiembre de 2006 328451REPUBLICADELPERU Orgánica de Gobiernos Regionales, Modificado por la Ley Nº 27902 y demás normas complementarias, enSesión Ordinaria de fecha 20 de julio del 2006; CONSIDERANDO: Que el artículo 4º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que la finalidadesencial de los Gobiernos Regionales es fomentar eldesarrollo regional integral sostenible, promoviendo lainversión pública y privada y el empleo y garantizar elejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales dedesarrollo. Que, el Gobierno Regional de Ucayali, al amparo de las políticas del Acuerdo Nacional, y la Ley Nº 27867,Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que en su Artículo 60º, establece como funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, formular,aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollosocial, en concordancia con la política general delGobierno Nacional, los Planes Sectoriales y losProgramas correspondientes de los Gobiernos Locales; así como formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las accionesorientadas a la prevención de la violencia política, familiary sexual. Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-97-JUS, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26260, Ley de Protección a la Violencia Familiar, modificada mediante Ley Nº 27306, por la cual seestablece la política del Estado y de la sociedad frentea todo tipo de violencia familiar. Asimismo medianteD.S. Nº 008-2001-PROMUDEH, que crea el ProgramaNacional contra la Violencia Familiar y Sexual, al interior del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano para la atención al problema familiar y sexual,incluyendo la realización de actividades tendientes ala prevención del mismo, y a la implementación demecanismo de apoyo a las personas involucradas enestos hechos. Que, en concordancia con las recomendaciones, convenciones y declaraciones de carácterinternacional, aprobadas y suscritas por el EstadoPeruano entre las que tenemos: La Convención sobrela eliminación de todas las formas de discriminacióncontra la Mujer (CEDAW), la Recomendación General Nº 19º del 11º Grupo de Sesiones de la ONU, Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contrala Mujer (Resolución de la Asamblea General 48/104del 20 de diciembre de 1993 de la ONU, ConvenciónInteramericana para prevenir, sancionar y erradicar laViolencia contra la Mujer “Convención de Belem do Pará” (1984). Que, la violencia contra la mujer, los niños, las niñas, los adolescentes, los adultos y los adultos mayores, deacuerdo a informes nacionales e internacionales, esuno de los problemas más severos que se padecen enel país y en la Región Ucayali, la misma que es afrontada a lo largo de todo el ciclo de vida de las personas afectadas y en cada espacio donde desarrollan su vida(la casa, centro de estudios, trabajo, organización),este problema se ilustra con las estadísticas nacionalesque registran 265 casos de mujeres asesinadas porsus parejas en el Perú, el 41.2% sufre violencia física por parte de la pareja y 70 de cada 100 mujeres ha sufrido violencia familiar. Asimismo en la Región Ucayali,se ha verificado que la problemática de violencia contrala mujer, los niños, las niñas y los adolescentes en lasfamilias y en los espacios públicos persiste con amparoy complicidad social; Que, según los registros oficiales del Centro Emergencia Mujer Pucallpa del MIMDES, se atendió deEnero del 2002 a diciembre del 2005 a un total de 2,359casos de Violencia Familiar y Sexual, de los cuales el94.40% son mujeres y el 5.60 % son varones. De los575 casos de niñas, niños y adolescentes atendidos por algún tipo de violencia intrafamiliar o abuso sexual el 8.52 % (49 casos) tienen hasta 5 años. El 32.00 % (184casos) tienen entre 6 y 11 años, mientras que el 59.48%tienen entre 12 y 17 años (342). En el período enero2004 a diciembre del 2005 se atendió 332 niños, niñas y adolescentes de los cuales el 68.37 % corresponden acasos de abuso sexual. Asimismo se encontró que el58.15% de los casos de abuso sexual a niños, niñas yadolescentes, el agresor resultó ser alguna personafuera del entorno familiar. Que, es necesario fortalecer el rol comunitario a través del apoyo de todos los organismos que tienen presenciaen una determinada zona o comunidad, realizandoactividades para sensibilizar a la población, promoviendola toma de conciencia sobre la problemática; la magnitudy los efectos nefastos que genera la violencia sobre todo en los niños y adolescentes. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica deGobiernos Regionales y el Reglamento Interno delConsejo Regional; El Consejo Regional de Ucayali, enSesión Ordinaria de fecha 20 de julio del 2006, aprobó la siguiente: ORDENA:Artículo Primero.- RECONOCER como espacio regional impulsor del Programa y del Plan Regional contra la Violencia Familiar y Sexual, a la MESA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL - REGIÓN UCAYALI,frente a todo tipo de violencia (física, psicológica y sexual)contra la mujer, los niños, las niñas, los adolescentes,los adultos y adultos mayores en las esferas familiar,social, laboral y política. Artículo Segundo.- Dar la formalidad institucional a la Mesa contra la Violencia Familiar y Sexual - Región Ucayali,integrada por las instituciones: CENTRO EMERGENCIAMUJER - MIMDES, GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI,ALDEA INFANTIL “SAN JUAN”, DIRECCIÓN REGIONAL DESALUD, DIRECCIÓN REGIONAL SECTORIAL DE EDUCACIÓN, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEYARINACOCHA, MARINA DE GUERRA DEL PERU, POLICIANACIONAL DEL PERU, COMISION DE DERECHOSHUMANOS, CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PROMOCIÓNAMAZÓNICA - CIPA, PODER JUDICIAL, MINISTERIO PUBLICO, DEFENSORIA DEL PUEBLO, CRUZ ROJA PERUANA, RED NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LAMUJER, MOVIMIENTO MANUELA RAMOS, ADRA-PERU,FOROSALUD-UCAYALI, ASOCIACIÒN DE CLUBES DEMADRES, COMEDORES DE LA REGION UCAYALI YSEGURIDAD CIUDADANA. Artículo Tercero.- La Mesa contra la Violencia Familiar y Sexual - Región Ucayali, se encargará deadecuar el Plan Nacional de violencia hacia a la Mujer2002-2007, el Plan Regional de Acción por la Infanciay la Adolescencia 2006-2010 y el Plan de Prevenciónen Violencia Familiar contra mujeres, niños, adolescentes y adultos mayores a la realidad regional, considerando las costumbres, la indiferencia moral ylas actitudes culturales. Artículo Cuarto.- La Mesa contra la Violencia Familiar y Sexual, representada por cada uno de losmiembros integrantes, asignará un presupuesto para las actividades a desarrollar, orientada a disminuir la violencia familiar y sexual, de acuerdo al compromisoadquirido. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social articular acciones con la Mesa contrala Violencia Familiar y Sexual - Región Ucayali, para el cumplimiento del Plan Regional. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo social, la publicación de la presente OrdenanzaRegional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario decirculación local. Artículo Séptimo.- DISPENSAR la presente ordenanza del trámite de lectura y aprobación de acta. Por tanto mando se publique y cumpla.EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 02223-1