Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2006 (19/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano martes 19 de setiembre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

328455

Que, ante la necesidad de realizar tramites administativos con la finalidad de ...................................................................................................................................................................., solicito a su Despacho disponga a quien corresponda; se sirva otorgarme un Certificado Domiciliario, para lo cual adjunto fotocopia de: .................................................................(copia de recibo de suministro de luz, o recibo de suministro de agua, o de telefono o MORDAZA de contrato de arrendamiento), MORDAZA de mi DNI y los recibos por los derechos correspondientes, por lo que ademas: Al MORDAZA de lo dispuesto en la Ley Nº 27444 y la Ordenanza Municipal Nº 108-2006-MDC; DECLARO BAJO JURAMENTO que, el suscrito (a) domicilia en ............................................................................................................... ............................................................................................................................, distrito de Carabayllo, provincia y Region de MORDAZA, desde el ...........................................(fecha desde cuando domicilia en dicha dirreccion). POR LO TANTO: Pido a Ud. senor MORDAZA, se sirva ordenar a quien corresponda se me expida el Certificado Domiciliario solicitado.

Carabayllo,.........de .....................200 FIRMA: ............................................ NOMBRE:......................................... .......................................................... DNI Nº :............................................. HUELLA DIGITAL(id):........................ 02216-1

Ratifican monto de remuneracion mensual del MORDAZA y adecuan monto de dieta de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 029-2006-A/MDC Carabayllo, 26 de agosto del 2006 VISTOS : En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Acuerdo de Concejo Nº 04-2004-A/MDC del 14 de enero del 2004, el Acuerdo de Concejo Nº 042005-A/MDC del 31 de enero del 2005 y el Acuerdo de Concejo Nº 04-2006-A/MDC del 28 de febrero del 2006; CONSIDERANDO : Que, los Regidores y el MORDAZA tienen entre sus atribuciones, el proponer proyectos de Ordenanzas y Acuerdos, conforme a lo establecido por el Articulo 10º inciso 1) y Articulo 20º inciso 4) de la Ley Nº 27972, correspondiendo a este ultimo, ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal de conformidad al Inciso 3) del Articulo 20º de la Ley MORDAZA citada; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 04-2004-A/MDC del 14 de enero del 2004, se aprueba la suma equivalente a 2 UIT (dos Unidades Impositivas Tributarias) como remuneracion mensual del senor MORDAZA, y la suma equivalente a 0.80 UIT (cero coma ochenta por ciento de una Unidad Impositiva Tributaria) por la asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, abonandose hasta un MORDAZA de dos sesiones al mes como tope; para el ejercicio presupuestal 2004; ratificandose en los mismos terminos para el Ejercicio Presupuestal 2006 con Acuerdo de Concejo Nº 04-2006-A/MDC del 28 de febrero del 2006; Que, con Decreto de Urgencia Nº 019-2006 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 1 de agosto del 2006, en sus Arts. 7º y 8 se establece que; "los Alcaldes Provinciales y Distritales percibiran por todo concepto, la compensacion por el ejercicio de sus funciones que fijen los Concejos Municipales correspondientes, la misma que no excedera la suma de S/. 11,050.00; en tanto que los Consejeros

Regionales y Regidores Municipales reciben dietas, segun el monto que fijen sus respectivos Concejos, de conformidad como lo disponen en sus respectivas leyes organicas. En ningun caso dichas dietas pueden superar en total el 30%, de la compensacion mensual del Presidente del Gobierno Regional o del MORDAZA correspondiente; disposiciones que deben de cumplirse en los meses de agosto a diciembre del 2006, conforme lo precisan la Parte In Fine del Art. 1º y el Art. 14º del D.U. Nº 019-2006. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo POR UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el el Acuerdo de Concejo Nº 04-2006-A/MDC del 28 de febrero del 2006. Articulo Segundo.- RATIFICAR la remuneracion mensual del senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Carabayllo en la suma equivalente a 2 UIT (dos Unidades Impositivas Tributarias); y ADECUAR la DIETA mensual que percibiran los senores Regidores en la suma equivalente al 30% (treinta por ciento) de la remuneracion que percibira el senor Alcalde; y se abonara como MORDAZA dos sesiones de Concejo al mes, siempre que se acredite la asistencia efectiva a las mismas; en estricto cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 019-2006. Articulo Tercero.- PRECISAR que el presente Acuerdo de Concejo rige para los meses de agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del ejercicio presupuestal 2006. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. Publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02215-1

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