NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (19/09/2006)
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NORMAS LEGALESEl Peruano martes 19 de setiembre de 2006 328457REPUBLICADELPERU MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20 /G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G41/G6D/G6E/G69/G73/G74/GED/G61 /G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 0014-2006-MDP/C Pachacámac, 14 de setiembre del 2006 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de 14 de setiembre del 2006, convocado y presidido por laSra. Alcaldesa Carola Clemente Vda. De Poblet, sobreBeneficio de Regularización Tributaria, para los contribuyentes del distrito; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, consagra el concepto de autonomía municipal Garantía como Constitucional sobre la base de la cual las Municipalidades tienen autonomía política, económicay administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, previene que los Gobiernos Locales medianteOrdenanza pueden crear, modificar o derogar arbitrios, derechos y licencias, asimismo el artículo 41º del mismo dispositivo, señala que excepcionalmente podráncondonar con carácter general el interés moratorio y lassanciones respecto a los tributos que administra; Que, es objetivo de la actual gestión municipal otorgar a los contribuyentes del distrito de Pachacámac, las mayores facilidades para regularizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que, de conformidad con lo previsto en el Artículo 20º inciso 6) y Artículo 9º inciso 9) de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, en Sesión de Concejo defecha 14 de setiembre del 2006, con el voto por UNANIMIDAD de los señores Regidores y con la dispensa de trámite de Aprobación del Acta, se adoptó lo siguiente. ORDENANZA Artículo Primero.- OTORGAR mediante la presente Ordenanza el Beneficio de AMNISTÍA TRIBUTARIA parael distrito de Pachacámac. Artículo Segundo.- CONDONAR las moras e intereses moratorios correspondientes al Impuesto Predial y Arbitrios municipales hasta el ejercicio fiscalAño 2005 además de los Períodos del 2006, a favor delas personas que en su calidad de contribuyente,posesionarios o responsable solidarios, tenganpendientes de cumplimiento obligaciones tributarias. Artículo Tercero.- COMPRÉNDASE dentro de este beneficio se encuentran comprendidos los expedientescoactivos que no hayan sido materia de alguna medidacautelar además de los Fraccionamientos que han sidomateria de Pérdida, de acogerse al presente beneficioCONDÓNESE las costas y Gastos Administrativos que han devengado el inicio del Procedimiento Coactivo. Artículo Cuarto.- Se encuentran comprendidos dentro de esta Ordenanza los contribuyentes que hansido materia de Proceso de fiscalización y sobre loscuales hayan recaído las respectivas Multas Tributariaspor la Omisión a la Declaración Jurada. Artículo Quinto.- El plazo para acogerse al Beneficio de la AMNISTÍA Tributaria se inicia desde la publicaciónde la presente ordenanza y culmina el 31 de diciembredel 2006. Artículo Sexto.- Para una mayor DIFUSIÓN del presente Beneficio se iniciará una Campaña con personal de la Entidad; la misma que asistirá a los sectores correspondientes en el horario de 1800 a 2000 horas.Artículo Séptimo.- Encargar a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CAROLA CLEMENTE VDA. DE POBLET Alcaldesa 02205-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALV ADOR /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G31/G33/G35/G2D/G4D/G56/G45/G53/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F /G64/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 140-MVES Villa El Salvador, 15 de setiembre de 2006Visto: El Informe Nº 045-2006-GAT/MVES, de fecha 23.8.2006, presentado por el Gerente de AdministraciónTributaria. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades son instituciones con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiéndole al Concejo Municipalla función normativa, la que se ejerce a través de Ordenanzas; Que, las Municipalidades promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos en armonía con las políticas existentes, siendo competentes para crear, modificar y suprimircontribuciones, tasa, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; Que, mediante el Artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nº 135-MVES, se estableció prorrogar hasta el 31 de agosto del 2006, el plazo para el pago sin intereses de la 1ra. y 2da. Cuota del Impuesto Predial 2006, así como dela 1ra. hasta la 7ma. cuota mensual de los arbitrios 2006, en el distrito de Villa El Salvador; y en el Artículo 2º de dicha Ordenanza también se aprobó el Beneficio deRegularización Tributaria 2006, mediante la reducción de intereses aplicadas a todas aquellas deudas contraídas hasta el 31 de diciembre del año 2005,beneficio tributario que tiene como fecha de vencimiento el 31 de agosto del 2006; y asimismo mediante el Artículo 3º de la norma legal mencionada, entre otros, sesuspendió el cobro de intereses y la actualización de los montos adeudados por arbitrios adeudados a la Municipalidad, hasta el 31 de agosto del 2006; Que, mediante los Artículos 7º y 8º de la Ordenanza Nº 134-MVES se autorizó la Declaración Jurada Masiva de Datos para actualizar la información relativa alimpuesto predial, los cuales tienen como fecha de vigencia 60 días calendario a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, es decir hasta el 21 de agostodel 2006; Que, mediante Documentos Administrativos Nºs. 5863, 5864 y 5865, el Frente de Defensa de losPueblos Unidos, el Asentamiento Humano Valle de Jesús y el Asentamiento Humano Ida Lossio y, solicitan la ampliación por 30 días de los Artículos 7º, 8º y 9º de laOrdenanza Nº 134-MVES; Que, mediante Informe Nº 927-2006-MVES/GDESUR, de fecha 22.8.2006, la Gerencia de Desarrollo Urbano,solicita la ampliación por 120 días del Artículo 7º de la Ordenanza Municipal Nº 134-MVES con la finalidad de dar una mejor ayuda y facilidades a la población deldistrito; Que, mediante Informe Nº 045-2006-GAT/MVES del 23.8.2006, la Gerencia de Administración Tributaria, hacede conocimiento que pese al beneficio y facilidades aprobadas, existe un alto índice de deudores tributarios,