Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2006 (28/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano jueves 28 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

329017

Que, la Ley Nº 28862 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de agosto del presente, elimina la atribucion de la Policia Nacional del Peru a expedir Certificados Domiciliarios y en su Art. 2º modifica el Art. 2º de la Ley Nº 27839 y resuelve: "Los Jueces de Paz expediran los Certificados de constatacion domiciliaria en los casos senalados en la Ley Organica del Poder Judicial, asi como los gobiernos locales dentro de su jurisdiccion". Que, es finalidad de la Municipalidad velar por el bienestar del vecindario otorgandole las facilidades que correspondan por ello en el MORDAZA de servir a la comunidad se ha considerado conveniente establecer un procedimiento simplificado para la obtencion del certificado domiciliario de los vecinos de la jurisdiccion de Huampara. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- EXPEDIR GRATUITAMENTE, a partir de la fecha, los Certificados de Constatacion Domiciliaria que soliciten los vecinos de la jurisdiccion de Huampara. Articulo Segundo.- ESTABLECER los siguientes requisitos para su obtencion: a) Solicitud - Declaracion Jurada y adjuntar cualquiera de los siguientes documentos: 1. Partida de Nacimiento 2. Partida de Matrimonio 3. Contrato de Trabajo 4. Documento Publico de los padres para probar el domicilio de los hijos. 5. MORDAZA del recibo de Luz. 6. MORDAZA de la Comunidad Campesina 7. MORDAZA de la Junta de Regantes o MORDAZA de Irrigacion. 8. MORDAZA expedida por el Programa del Vaso de Leche y/o Comedores Populares. Articulo Tercero.- El senor MORDAZA expedira los certificados de constatacion domiciliaria llevando un registro de los mismos. Articulo Cuarto.- El recurrente se responsabiliza de los datos proporcionados en merito a una declaracion jurada. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02493-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TORATA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de tuberias para la obra "Sistema de Agua Potable de Torata Alta"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-2006-A/MDT Torata, 22 de setiembre de 2006 VISTO: En Sesion de Concejo Extraordinario de fecha 12 de septiembre de 2006; el Informe Nº 062-2006-CEP/MDT; Informe Tecnico Nº 282-2006-CACCH.IR-GI/MDT, suscrito por el Residente de la Obra: "Sistema de Agua Potable de Anexo de Torata Alta", e Informe Legal Nº 942006-GAJ/MDT; y,

Que, a traves del Informe Nº 282-2006-CACCH.IRGI/MDT, el Residente de la Obra: "Sistema de Agua Potable Torata Alta", manifestando que el MORDAZA para la adquisicion de tuberias PVC-UF y accesorios se realizo la primera convocatoria el 31 de marzo del 2006, la misma que ha sido anulada mediante Resolucion de Alcaldia Nº 153-2006/MDT; y que con fecha 21 de MORDAZA del ano en curso se vuelve a convocar el MORDAZA, en el cual son observados las bases y elevadas al CONSUCODE, entidad que ha solicitado la adecuacion de las bases conforme al pronunciamiento Nº 206-2006/GNP, el mismo que autorizo a una nueva evaluacion a partir del 22 de agosto del ano en curso, pero el MORDAZA se anula por no cumplir los participantes con los requisitos de admisibilidad; por lo que se tiene que desde la primera convocatoria hasta que se evaluo el MORDAZA de adjudicacion (22/8/2006) han transcurrido mas de cinco meses tiempo que ha sido excesivo y perjudicial para la correcta ejecucion de la obra, por lo que se ha visto obligado a la paralizacion temporal de la obra, del mismo las excavaciones de las zanjas para el tendido ya se encuentran realizadas y ante la proximidad de la epoca de lluvias se corre el riesgo de caidas de taludes en las zanjas y erosion en el fondo de las mismas consecuente perjuicio economico para la Municipalidad, por cuanto tendria que contratar personal para reperfilar y retirar el material caido en la zanja y de la misma manera mientras se continue con la obra paralizada se seguira generando gastos tanto en el costo directo, como en los costos indirectos; siendo causal el desabastecimiento de tuberia, por ello solicita de manera urgente que se provea del material de tuberias de PVC-UF por un valor referencial de S/. 347,966.87 nuevos soles; Que, mediante el Informe Nº 062-200-CEP/MDT, la Subgerencia de Logistica senala que, mediante la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2006-CEP/MPC, se ha desarrollado el MORDAZA para la adquisicion de tuberia PVC y accesorios para la Obra: "Sistema de Agua Potable Torata Alta", siendo convocado el dia 31 de marzo del 2006, al haberse anulado el MORDAZA por situaciones legales, se volvio a convocar el dia 21 de MORDAZA del ano en curso, donde se produjo una observacion de EUROTUBO S.A.C.; la misma que fue elevada a CONSUCODE, para su pronunciamiento la misma que remitio mediante el Oficio Nº 477-2006-PRE, sin embargo de oficio el CONSUCODE reviso las Bases Administrativas haciendo recomendaciones y solicitando informacion respecto a certificaciones, valor referencial y con fecha 16 de agosto del 2006 el CONSUCODE, autorizo la integracion de Bases Administrativas y fijandose para ello la fecha para la MORDAZA de propuestas el dia 22 de agosto del 2006, donde presentaron dos postores PLASTISUR S.A e Instalaciones Sanitarias E.I.R.L. no aprobando ninguna de las propuestas, declarandose nulo el MORDAZA, hechos que han ocasionado que la obra se MORDAZA paralizado desde el 17 de MORDAZA del 2006 debido a la falta de materiales, situacion que se ha visto agravada con la declaratoria de Desierto el MORDAZA en referencia y el hecho de llevar una MORDAZA convocatoria ocasionaria que el cronograma de ejecucion de obra reprogramado sufra un mayor retraso poniendo con ello en peligro a la poblacion que necesita agua potable; Que, el Lic. MORDAZA MORDAZA Hurtado; Gerente Municipal mediante el Informe Nº 033-2006-GM/MDT, del 1-9-2006, solicita la declaratoria de desabastecimiento inminente por un lapso de 20 dias la provision de materiales de construccion (tuberia y accesorios) de acuerdo a lo estipulado en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento; materiales que estan considerados en el presupuesto analitico de la obra; Que, mediante el Informe Legal Nº 94-2006-GAJ/MDT, el Asesor Legal opina que se declare en situacion de desabastecimiento inminente por lapso de veinte (20) dias la adquisicion de tuberias PVC y accesorios y recomienda se prosiga con el tramite regular a fin de que se apruebe por el Pleno del Concejo y de los informes MORDAZA descritos, se observa el peligro de paralizar la obra ante la falta del suministro esencial en la instalacion de la red del agua potable, causado por una controversia dentro del MORDAZA de seleccion, por lo que es necesario evaluar al alcance de la normatividad vigente, aplicable al caso, la peticion de una declaratoria de desabastecimiento inminente;

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