Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2006 (28/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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UB

LICA DEL P E

RU

329012
POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 28 de setiembre de 2006

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO; VISTO; en Sesion Ordinaria de la fecha, el dictamen Nº 003-2006-CRPyE/MDSJL de la Comision de Rentas, Planeamiento y Economia; y CONSIDERANDO:

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Pucusana en Sesion Extraordinaria de fecha 13 de septiembre del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a los Articulos 197º y 199º de la misma MORDAZA Constitucional, las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion, anualmente y bajo responsabilidad, conforme a ley de la materia; Que, segun lo dispuesto en el Articulo 20º de la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralizacion, concordante con lo dispuesto en los Arts. 53º y 112º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a ley y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados; Que, la Municipalidad debera determinar sus respectivos espacios de concer MORDAZA y regular, mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobacion del Presupuesto Participativo, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 28056 - MORDAZA del Presupuesto Participativo, su Reglamento D.S. Nº 171-2003-EF y el Instructivo para el MORDAZA del Planeamiento del Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo Nº 001-2006-EF/76.01 aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 011-2006-EF/76.01 y la Decimo Sexta Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; y, Que, estando a lo dispuesto por el numeral 4 del articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, Incs. 3) y 6) del Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA REGULAR EL MORDAZA DE PROGRAMACION, PARTICIPACION Y CONCERTACION EN LA FORMULACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2007 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento que regula el MORDAZA de Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de Pucusana que consta de Dieciseis articulos y una Disposicion Final el mismo que forma parte de la presente ordenanza, encargandose a la Secretaria General de la Municipalidad la publicacion de la presente en el Diario Oficial El Peruano y la publicacion del texto integro del reglamento en la pagina institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CUYA MORDAZA 02459-1

Que, el Articulo 194º de la Constitucion de Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, preceptua que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los gobiernos locales con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendole al Concejo Municipal la funcion normativa, la que ejerce a traves de sus Ordenanzas con rango de Ley, conforme lo establece en el MORDAZA numeral del Articulo 200º de la referida Carta Magna; Que, es politica de la actual gestion brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales que se dio inicio desde el ejercicio fiscal 2003 con el Programa de Sinceramiento de deudas, otorgando beneficios para la regularizacion de las obligaciones tributarias a favor de los vecinos de San MORDAZA de Lurigancho, debiendo en esta oportunidad atender a aquellos contribuyentes que de manera cierta se encuentran en una situacion economica dificil que les ha impedido acogerse bajo las diferentes modalidades a beneficios anteriores; asi mismo otorgar beneficios tributarios a los contribuyentes puntuales de sus pagos. Que, resulta conveniente aprobar una amnistia en los terminos descritos, para la culminacion del programa de Sinceramiento de Deudas iniciado anteriormente; mas aun el atender las solicitudes de las diversas Comunas que integran la poblacion del distrito y que los ingresos que se perciben se vienen traduciendo y justificando en obras para los pueblos de San MORDAZA de Lurigancho para el presente ano; asi como el mejoramiento de los servicios publicos y el desarrollo de las campanas de limpieza, reconocidas por la poblacion; Que, en dicho programa de Sinceramiento de deudas se encuentran amparado en lo dispuesto en el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, que senala que excepcionalmente, los gobiernos locales pueden condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" y Decreto Supremo Nº 135-99-EF Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo, la ABSTENCION DEL SENOR REGIDOR MORDAZA NEPTALI MORDAZA MORDAZA y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se aprobo la siguiente: ORDENANZA AMNISTIA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA DE DEUDAS DE ANOS ANTERIORES Y ANO 2006 Articulo Primero. - FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por finalidad el de reducir el Indice de morosidad de las deudas tributarias y no tributarias en general y brindar beneficios a los contribuyentes puntuales de pago. Articulo Segundo.- VIGENCIA DEL BENEFICIO El periodo de vigencia para el acogimiento al presente beneficio sera desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, hasta el 29 de setiembre del ano 2006. La misma que se podra prorrogar conforme a la MORDAZA disposicion final y complementaria de la Ordenanza. CAPITULO I DE LOS TRIBUTOS Articulo Tercero.- ALCANCE Estan comprendidos los tributos municipales correspondientes al Impuesto Predial, Alcabala (generados hasta el periodo 2001), Arbitrios de Limpieza

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban Amnistia Tributaria y No Tributaria de deudas de anos anteriores y del ano 2006
ORDENANZA Nº 092 San MORDAZA de Lurigancho, 18 de setiembre de 2006

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