NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (28/09/2006)
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TEXTO PAGINA: 30
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329008El Peruano jueves 28 de setiembre de 2006 Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluación Bancaria "D", mediante Informe Nº 118-OT/2006-DEB"D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la CircularNº B-2147-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank, la apertura de tres agencias ubicadas en: 1. Av. Perú Nº 3448-3450-3452, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. 2. Instalaciones del Bazar de la Marina de Guerra del Perú, sito en Av. Venezuela, cdra. 36 s/n, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. 3. Instalaciones del Supermercado Plaza Vea, sito en Av. Túpac Amaru Nº 3860, Urb. La Pascana, distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 02465-1 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G41/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G33/GBA/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G35/G39/G2D /G43/G4E/G44/G2D/G50/G2D/G32/G30/G30/G36/G2C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G73/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G61/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 074-CND-P-2006 Lima, 21 de septiembre de 2006VISTOS: La Resolución Presidencial Nº 059-CND-P-2006, el Oficio Nº 932-2006-MIMDES/DM presentados por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) y elOficio Nº 215-2006-CND/GTA de la Gerencia de Transferencia y Acreditación; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM que aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2006, dispone que se concrete la transferencia de losProgramas de Complementación Alimentaria del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA) a la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), la misma quese realizará de acuerdo a la propuesta técnica y socialmente más viable, diseñada por la Comisión Especial constituida por la Resolución Presidencial Nº 050-CND-P-2005; Que, en tal sentido, mediante Resolución Presidencial Nº 059-CND-P-2006, se aprobó la modalidad detransferencia y el modelo de gestión para la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria del PRONAA en el caso de Lima Metropolitana, estableciendolos plazos y procedimientos para ejecutar dicha transferencia; Que, tanto la Municipalidad Metropolitana de Lima, como el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social hansolicitado la reformulación de los plazos para la transferencia de los Programas de Complementación Alimentaria, toda vez que por trámites y procedimientos al interior de cada entidad ha sido imposible cumplir conla suscripción del Convenio de Cooperación en el plazo establecido en la norma en cuestión, lo que lleva consigo el retraso en otras actividades dispuestas para concretarla transferencia; Que, es necesario culminar la transferencia de los programas de complementación alimentaria a laMunicipalidad Metropolitana de Lima dispuesta por el Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM; por lo que resulta necesario acoger las propuestas de la MML y el MIMDESy proceder a reformular los plazos señalados en la Resolución Presidencial Nº 059-CND-P-2006; En uso de las atribuciones dispuestas por el Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, y la Resolución Presidencial Nº 036-CND-P-2006, Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Descentralización; Con el visto bueno del Secretario Técnico, del Responsable de la Gerencia de Transferencias y Acreditación, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo 3º de la Resolución Presidencial Nº 059-CND-P-2006, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3º.- Procedimientos y Plazos para la Transferencia de los Programas de ComplementaciónAlimentaria a la Municipalidad Metropolitana de Lima. La transferencia a la que se refiere el artículo 2º de la presente Resolución, se realizará de conformidad con elsiguiente procedimiento y plazos: 3.1. La suscripción del Convenio Especial de Cooperación entre el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y la MML con la finalidad de realizar la capacitación y asistencia técnica para el desarrollo decapacidades que contribuyan a un manejo eficiente de la gestión de los programas, se realizará a más tardar el 16 de octubre de 2006. La copia de este convenio seráremitido por el MIMDES al CND. 3.2. Durante los meses de septiembre y octubre de 2006, el MIMDES y la MML efectuarán las coordinacionescon el Ministerio de Economía y Finanzas a fin de asegurar el presupuesto necesario para cubrir el costo de los programas en la formulación del presupuesto 2007. 3.3. A partir del mes de septiembre de 2006, el MIMDES en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas y la MML, realizará un estudio que permitaestablecer criterios adecuados de asignación presupuestal para la gestión de los Programas de Complementación Alimentaria en el año 2008. El estudioa realizar deberá incorporar también la participación de las Organizaciones Sociales de Base que han participado en la Comisión Especial. 3.4. La ejecución del Convenio de Cooperación será hasta el mes de noviembre de 2006, para lo cual el MIMDES formulará un Plan de Desarrollo de Capacidadesen coordinación con la MML y las Municipalidades Distritales y las Organizaciones Sociales de Base que han participado en la Comisión Especial; para ejecutaracciones de capacitación y asistencia técnica, orientadas al fortalecimiento institucional y de las organizaciones de base involucradas. 3.5. Al mes de septiembre de 2006, deberán estar conformados el Comité de Gestión Provincial y los Comités de Gestión Distritales, en los distritos conpresupuesto asignado para la ejecución de los Programas de Complementación Alimentaria. 3.6. Entre los meses de septiembre a noviembre de 2006, se establecerá un Sistema Integral de Monitoreo y Evaluación Metropolitano de manera concertada entre la MML, las Municipalidades Distritales que hanparticipado en la Comisión Especial, el Comité de Gestión Provincial y los Comités de Gestión Distritales, espacios donde estarán participando las representantes de lasOrganizaciones Sociales de Base en su correspondiente nivel. 3.7. A más tardar el 30 de noviembre de 2006, el MIMDES remitirá al CND para su verificación, el Informe de cumplimiento del Convenio de Cooperación, que se hace referencia en el párrafo 3.1.