Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2006 (28/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

329010
VISTOS:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano jueves 28 de setiembre de 2006

La Carta Nº 08-2006-GG de fecha 28 de agosto de 2006 mediante la cual la Empresa Prestadora de Servicios Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha Sociedad Anonima, EPS SEMAPACH S.A., remitio a la SUNASS el Plan Maestro Optimizado para dar inicio al tramite de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para el periodo comprendido entre los anos 2006 - 2011; La Carta Nº 052-2006-GG de fecha 14 de setiembre de 2006 mediante la cual la Empresa Prestadora de Servicios Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha Sociedad Anonima, EPS SEMAPACH S.A., remitio a la SUNASS la informacion requerida para dar inicio al tramite de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para el periodo comprendido entre los anos 2006 - 2011; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Consejo Directivo Nº 0332005-SUNASS-CD, se aprobo la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobacion de la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento" y la "Directiva para la Formulacion de los Planes Maestros Optimizados"; Que, se ha procedido a revisar el Plan Maestro Optimizado y la documentacion adjunta entregada por EPS SEMAPACH S.A.; Que, conforme con la Directiva sobre Procedimiento de Aprobacion de Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento", se procedio a remitir el Oficio Nº 042-2006-SUNASS-110, en el que se solicita la subsanacion de las deficiencias encontradas en la entrega de su propuesta inicial, las mismas que fueron subsanadas mediante Carta Nº 052-2006-GG; Que, conforme con la "Directiva sobre Procedimiento de Aprobacion de Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento" aprobada mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD, corresponde a la Gerencia de Regulacion Tarifaria una vez recibido el Plan Maestro Optimizado del solicitante, y verificado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia a que se refiere el articulo 8º de la citada Directiva, admitir a tramite el referido documento; En uso de las facultades conferidas por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Admitir a tramite la solicitud de la Empresa Prestadora de Servicios Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha Sociedad Anonima, EPS SEMAPACH S.A., de determinacion de la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion para los proximos cinco anos, con lo cual se da inicio al procedimiento establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD. Articulo 2º.- Requerir a EPS SEMAPACH S.A. a fin de que dentro del plazo de cinco (5) dias habiles siguientes de notificada la presente Resolucion, ejerza su derecho a solicitar la celebracion de una audiencia preliminar, con la finalidad de exponer al publico en general su propuesta de formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion contenidas en su Plan Maestro Optimizado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Regulacion Tarifaria 02462-1

Que, es necesario dejar sin efecto la designacion de Auxiliares Coactivos y designar a nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional La MORDAZA para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberan reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que, la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingreso mediante Concurso Publico; Que, el articulo 4º de la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Maritima del Callao, Intendente de Aduana Aerea del Callao, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la designacion como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La MORDAZA, al funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diaz. Articulo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La MORDAZA, al funcionario MORDAZA MORDAZA Guardamino. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Regional Intendencia Regional La MORDAZA 02464-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Encargan el Despacho de la Vicepresidencia Regional a la Consejera Regional por la provincia de Huaral
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 016-2006-CR/GRL Canete, 15 de setiembre del 2006 VISTOS: La Carta Nº 0360-2006-GRL/PRES, el Oficio Nº 3642-2006-SG/JNE, el Acuerdo de Consejo Regional Nº 011-2006-CR/GRL; y, CONSIDERANDO:

SUNAT
Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La MORDAZA
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 060-00-0000017 MORDAZA, 19 de septiembre de 2006

Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador, correspondiendole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional;

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