NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (28/09/2006)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 32
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329010El Peruano jueves 28 de setiembre de 2006 VISTOS: La Carta Nº 08-2006-GG de fecha 28 de agosto de 2006 mediante la cual la Empresa Prestadora deServicios Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha Sociedad Anónima, EPS SEMAPACH S.A., remitió a la SUNASS el Plan Maestro Optimizado paradar inicio al trámite de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para el período comprendido entre los años 2006 - 2011; La Carta Nº 052-2006-GG de fecha 14 de setiembre de 2006 mediante la cual la Empresa Prestadora de Servicios Municipal de Agua Potable y Alcantarillado deChincha Sociedad Anónima, EPS SEMAPACH S.A., remitió a la SUNASS la información requerida para dar inicio al trámite de aprobación de la fórmula tarifaria,estructuras tarifarias y metas de gestión para el período comprendido entre los años 2006 - 2011; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Consejo Directivo Nº 033- 2005-SUNASS-CD, se aprobó la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Serviciosde Saneamiento" y la "Directiva para la Formulación de los Planes Maestros Optimizados"; Que, se ha procedido a revisar el Plan Maestro Optimizado y la documentación adjunta entregada por EPS SEMAPACH S.A.; Que, conforme con la Directiva sobre Procedimiento de Aprobación de Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento", se procedió a remitir el Oficio Nº 042-2006-SUNASS-110, enel que se solicita la subsanación de las deficiencias encontradas en la entrega de su propuesta inicial, las mismas que fueron subsanadas mediante Carta Nº 052-2006-GG; Que, conforme con la "Directiva sobre Procedimiento de Aprobación de Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento"aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD, corresponde a la Gerencia de Regulación Tarifaria una vez recibido el Plan MaestroOptimizado del solicitante, y verificado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia a que se refiere el artículo 8º de la citada Directiva, admitir a trámite el referidodocumento; En uso de las facultades conferidas por la Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Admitir a trámite la solicitud de la Empresa Prestadora de Servicios Municipal de Agua Potable yAlcantarillado de Chincha Sociedad Anónima, EPS SEMAPACH S.A., de determinación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión paralos próximos cinco años, con lo cual se da inicio al procedimiento establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD. Artículo 2º.- Requerir a EPS SEMAPACH S.A. a fin de que dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, ejerza su derecho asolicitar la celebración de una audiencia preliminar, con la finalidad de exponer al público en general su propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestióncontenidas en su Plan Maestro Optimizado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARTURO BARRA ZAMALLOA Gerente de Regulación Tarifaria 02462-1 SUNAT /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G49/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64 RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 060-00-0000017 Trujillo, 19 de septiembre de 2006CONSIDERANDO : Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos y designar a nuevos AuxiliaresCoactivos de la Intendencia Regional La Libertad para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitosque deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de laAdministración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de RecaudaciónAduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar,mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esasIntendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La Libertad, al funcionario Juan Carlos Lozano Díaz. Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional La Libertad, al funcionario Wilfredo Zubiate Guardamino. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR ALBERTO ZÚÑIGA MORALES Intendente RegionalIntendencia Regional La Libertad 02464-1 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G56/G69/G63/G65/G70/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G72/G61/G6C ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 016-2006-CR/GRL Cañete, 15 de setiembre del 2006 VISTOS: La Carta Nº 0360-2006-GRL/PRES, el Oficio Nº 3642-2006-SG/JNE, el Acuerdo de Consejo Regional Nº 011-2006-CR/GRL; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno delConsejo Regional;