Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2006 (28/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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LICA DEL P E

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329002

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 28 de setiembre de 2006

163º y siguientes del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa, que supone la existencia de falta administrativa de caracter disciplinario susceptible de ser sancionada mediante cese temporal o destitucion; Que, adicionalmente, se advierte que el Informe Nº 07-2006-JUS/CEPAD, indebidamente califica y valora los argumentos tecnicos y legales contenidos en el Informe Nº 001-2005-2-0281 de la Oficina de Control Institucional, senalando en su pagina 8 que "...los fundamentos del Informe de Auditoria, no sustentan la observacion efectuada", no considerando que dicho Informe constituye prueba pre-constituida para efectos del MORDAZA administrativo disciplinario; Que, es de interes de los administrados que los actos, decisiones y actividades de los funcionarios en el servicio publico se realicen respetando los principios y disposiciones que informa el ordenamiento juridico vigente; Que, de igual modo, es de interes publico que los funcionarios publicos que cometan infracciones, MORDAZA de caracter administrativo o penal, MORDAZA sometidos a MORDAZA administrativo disciplinario con arreglo a ley, tanto mas si los danos originados por la inconducta funcional, negligencia o hecho punible afectan economicamente al Estado, sea en sus bienes o en los fondos publicos generados por los tributos que MORDAZA los contribuyentes; Que, de conformidad a lo previsto en los articulos 10º y 202º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar nula la Resolucion Ministerial N° 301-2006-JUS. Articulo 2º.- Retrotraigase el MORDAZA administrativo disciplinario, disponiendose que la Comision Especial de Procesos Administrativo Disciplinarios de Funcionarios del Sector Justicia emita un Informe complementario al Informe Nº 07-2006-JUS/CEPAD, a efectos que se expida nueva resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 02498-1

consulares, ante la necesidad de emision de un MORDAZA carne de matricula consular, que contenga todas las medidas de seguridad exigibles internacionalmente; Que, con la Resolucion Jefatural Nº 229-2006-JEF/ RENIEC se dispone la incorporacion en el Documento Nacional de Identidad (DNI) que se emita a los peruanos en el exterior, de subtitulos en ingles, adicionales a los que constan en castellano, constituyendose en un documento de identidad bilingue, que cumple con las normas internacionales de seguridad, el mismo que en coordinacion con la autoridad local del MORDAZA receptor, podria ser usado como documento de identidad; Que, los supuestos que dieron lugar a la expedicion del Decreto Supremo Nº 072-2005-RE ya no resultan aplicables; Que, resulta conveniente reducir el derecho establecido en los numerales 58 b) y c) de la Tarifa de Derechos Consulares, modificada por el Decreto Supremo Nº 0722005-RE, a 1 sol consular, para su utilizacion como MORDAZA de inscripcion en el Registro de Nacionales de las Oficinas Consulares del Peru en el exterior; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, asi como el Articulo 17º del Decreto Ley Nº 22396; DECRETA: Articulo 1º.- Reduccion de Tarifas de Derechos Consulares Reduzcase el monto establecido en los numerales 58 b) y c) de la Tarifa de Derechos Consulares, modificado por el Decreto Supremo Nº 072-2005-RE, de acuerdo a lo siguiente: Nº Tarifa Naturaleza del Acto Derecho de Pago 58 b) Por expedicion del carne 1 s/c de matricula consular o MORDAZA de inscripcion. c) Por la renovacion bianual 1 s/c del carne. Articulo 2º.- Derogatoria Derogase el Decreto Supremo Nº 072-2005-RE. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de setiembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 02508-6 DECRETO SUPREMO Nº 064-2006-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RELACIONES EXTERIORES
Reducen Tarifas de Derechos Consulares por expedicion de carne de matricula consular, renovacion bianual del carne y pasaporte nacional con validez de cinco anos
DECRETO SUPREMO Nº 063-2006-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 045-2003-RE se aprobo la Tarifa de Derechos Consulares vigente, la cual es aplicada por las Oficinas Consulares del Peru en el exterior, como consecuencia de los actos y diligencias que efectuan con caracter oficial; Que, los numerales 58 b) y c) de la referida Tarifa de Derechos Consulares se refieren a la expedicion y renovacion del carne de matricula consular, a manera de MORDAZA de inscripcion en el Registro de Nacionales de las Oficinas Consulares Peruanas en el exterior; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 072-2005-RE se modificaron los montos correspondientes a los numerales 58 b) y c) de la Tar ifa de Derechos Consulares, mediante su incremento a 5 soles Que por Decreto Supremo Nº 045-2003-RE se aprobo la Tarifa de Derechos Consulares vigente, la cual se aplica por las oficinas consulares del Peru en el exterior, como consecuencia de los actos y diligencias que efectuan con caracter oficial; Que el numeral 59 de la referida Tarifa de Derechos Consulares se refiere a la expedicion de pasaporte nacional con validez de cinco (5) anos para los nacionales que se encuentran en el exterior, con un derecho de 55 soles consulares; Que, la Tarifa de Derechos Consulares debe contemplar la situacion y las crecientes necesidades de los peruanos en el exterior;

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