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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (28/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329006El Peruano jueves 28 de setiembre de 2006 Artículo 3º.- La contratación del servicio objeto de la exoneración será realizada por la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares que efectuará la contratación de este servicio en forma directa medianteacciones inmediatas, considerando el procedimiento y parámetros dispuestos en el artículo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- Consignar los alcances de esta resolución en el SEACE, dentro de los diez (10) díassiguientes a su aprobación. Artículo 5º.- Encargar al funcionario a cargo de la Secretaría General el trámite para la publicación de lapresente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su aprobación, así como la remisión de ésta, dentro del mismo plazo, a laContraloría General de la República y al CONSUCODE, adjuntando el informe técnico y el informe legal. Artículo 6º.- La presente resolución es aplicable a partir de la fecha de su expedición y autoriza a cubrir los gastos que se deriven del servicio materia de esta exoneración que se produzcan a partir de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 02504-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G61/G20/G41/G65/G72/G6F/G76/GED/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G4D/GE9/G78/G69/G63/G6F/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G64/G65/G43/G2E/G56/G2E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G61/GE9/G72/G65/G6F/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G2C/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G79/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 165-2006-MTC/12 Lima, 25 de agosto del 2006 Vista la solicitud de AEROVIAS DE MÉXICO S.A. de C.V., sobre Modificación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular depasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 046-2005- MTC/12 del 1 de abril de 2005, se otorgó a AEROVIAS DE MÉXICO S.A. de C.V. la Renovación y Modificación de su Permiso de Operación para prestar Servicio deTransporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (04 ) años; Que, mediante documentos de registro Nº 2006- 002005 del 19 de enero del 2006 y Nº 007952 del 2 de febrero del 2006, AEROVIAS DE MÉXICO S.A. de C.V. requiere la Modificación de Permiso de Operación paraprestar un Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, a fin de ampliar las frecuencias de sus rutas autorizadas y el materialaeronáutico; Que, según los términos del Memorando Nº 085-2006- MTC/12.AL, Memorando Nº 156-2006-MTC/12.AL,emitidos por la Asesoría Legal, Memorando N° 015-2006- MTC/12 emitido por la Asesoría de Política Aérea y; Memorando Nº 3380-2006-MTC/12.04 emitido por laDirección de Seguridad Aérea; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de AeronáuticaCivil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, AEROVIAS DE MEXICO S.A. de C.V. cuenta con la designación correspondiente emitida por la Autoridad Aeronáutica Civil de México, para efectuar servicios de transporte aéreo regular internacional depasajeros, carga y correo; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de AeronáuticaCivil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoralrespectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaracionesjuradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lodispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreascompetentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar -en el extremo pertinente- el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 046-2005-MTC/12 del 1 de abril de 2005 que otorgó a AEROVIAS DE MÉXICO S.A. de C.V., la Renovación y Modificación de Permiso de Operación, de conformidad con el “Memorándumde entendimiento sobre Transporte aerocomercial entre las Autoridades Aeronáuticas de los Estados Unidos Mexicanos y de la República del Perú” suscrito con fecha 10 deseptiembre del 2003, ratificada mediante Resolución Ministerial Nº 913-2003-MTC/02 del 31 de octubre del 2003, sujeto a las siguientes características: MATERIAL AERONÁUTICO: - BOEING 737-700. - BOEING 757-2Q8.- BOEING 767-200. - BOEING 767-300. RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - MÉXICO D.F . - LIMA y vv., con siete (07) frecuencias semanales. Artículo 2º.- Incluir el siguiente artículo en la Resolución Directoral Nº 046-2005-MTC/12 del 1 de abril de 2005: “Artículo 12º .- AEROVIAS DE MÉXICO S.A. de C.V . deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turísticaque sustenta la buena imagen del país”. Artículo 3º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 046-2005-MTC/12 del 1 de abril de 2005, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CÉSAR RIVERA PEREZ Director General de Aeronáutica Civil 01950-11 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 MINISTERIO PÚBLICO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79 /G41/G64/G69/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G22/G4D/G65/G64/G69/G64/G61/G73/G20/G64/G65 /G44/G69/G73/G63/G69/G70/G6C/G69/G6E/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G72/G69/G61/G2C/G20/G52/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 /G79/G20/G41/G75/G73/G74/G65/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G47/G61/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G36/G22 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1162 -2006-MP-FN Lima, 26 de setiembre de 2006