Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2006 (28/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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LICA DEL P E

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329014

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 28 de setiembre de 2006

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Establecen fecha para el pago de cesantes de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 000255 San MORDAZA de Miraflores, 14 de agosto de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTOS: El Oficio Nº 029-ACEJUPE-2006 seguido por la Asociacion de Cesantes, Jubilados y Pensionistas de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores; Informe Nº 791-06-MDSJM/GM-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; Informe Nº 538-2006-MDSJM/GA-SGP de la Subgerencia de Personal; Memorando Nº 2545-2006MDSJM/GM de fecha 4 de agosto de 2006 de la Gerencia Municipal. CONSIDERANDO: Que, la Asociacion de Cesantes, Jubilados y Pensionistas de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores, mediante Oficio Nº 029-ACEJUPE-2006 de fecha 24 de MORDAZA de 2006, solicitan como fecha de pago de pensiones a los cesantes y pensionistas de esta Corporacion Edilicia los dias 20 de cada mes; Que, el articulo 1º numeral 1.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, establece que son actos administrativos, las declaraciones de las entidades que, en el MORDAZA de normas de derecho publico, estan destinadas a producir efectos juridicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situacion concreta; Que, el articulo 16º numeral 16.3 de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, senala que "(...) la prevision de gastos debe considerar primero, los gastos de funcionamiento de caracter permanente, como el caso de las Planillas del Personal Activo y Cesante no vinculados a Proyectos de Inversion ... (...)"; Que, la Decima Octava Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, prescribe "Las Municipalidades que tengan a su cargo beneficiarios del Decreto Ley Nº 20530 deberan priorizar el pago oportuno de sus pensiones pendientes o por generarse, para tal efecto y cuando estas no puedan ser cubiertas con los otros ingresos de sus presupuestos deberan disponer hasta el diez por ciento de los recursos del Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN), incurren en responsabilidad los Concejos que contravengan lo dispuesto en el presente parrafo"; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 791-06-MDSJM/GM-OAJ, concluye opinando que se declare procedente la Solicitud de los administrados; Estando a las consideraciones precedentes y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- ESTABLECER como fecha de pago de pensiones a los senores Cesantes de esta Municipalidad los dias 20 (veinte) de cada mes. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administracion, Subgerencia de Personal, Subgerencia de Tesoreria y demas Organos per tinentes el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02454-1 VISTO:

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARMA
Inician MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios y funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 791-2006-ALC/MPT.

El Informe Nº 01-CEPF-MPT/2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 660-2006ALC/MPT, del 8 de agosto del 2006 se ha designado a los miembros de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para procesar a funcionarios municipales comprendidos en el informe de la Comision Especial de Investigacion del Hostal "Perla de Los Andes" (ex Hostal Ritz), la misma que ha sido aprobada mediante Acuerdo de Concejo Nº 010-2006CMT del 19 de enero del 2006. Que, la comision MORDAZA senalada cumple sus funciones de conformidad con el D. Leg. Nº 276, sus reglamentos Nº 018-85-PCM y D.S. Nº 005-90-PCM. Que, conforme el documento del visto tiene como antecedentes los Acuerdos de Concejo Nº 142 y Nº 1542005-CMT de fechas 7 y 19 de diciembre del 2005 respectivamente, por la que se designa a la comision especial Hostal "Perla de Los Andes" (ex Hostal Ritz) y se concede el plazo ampliatorio para expedir dictamen respectivamente. Que, dicha comision especial de investigacion efectua hasta 7 recomendaciones al Pleno del Concejo Municipal en su informe. Que, los cargos formulados contra los funcionarios a procesar administrativamente son las que constan debidamente detalladas en las observaciones tres, cuatro y cinco del informe especial de investigacion. Que, los documentos o medios probatorios que determinan las presuntas responsabilidades de los funcionarios comprendidos son las que constan en el informe de la comision especial de investigacion, aprobada por Acuerdo de Concejo Nº 010-2006-CMT del 19 de enero del 2006. Que, mediante acta de instalacion de la comision especial de fecha 23 de agosto del 2006, previa deliberacion debate, analisis y conclusiones la comision especial de procesos administrativos disciplinarios para procesar a los funcionarios comprendidos en el informe de la comision especial de investigacion del Hostal "Perla de Los Andes" (ex Hostal Ritz), sostiene que en cuanto a los cargos atribuidos segun las observaciones de cada hecho irregular hallado se tiene que estan plenamente identificados los funcionarios que han tenido intervencion en la reduccion de la MORDAZA conductiva relacionado con el Hostal "Perla de Los Andes" (ex Hostal Ritz), cuya conductora arrendataria a la fecha es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y cuyos funcionarios identificados son el ex Gerente Municipal MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el ex Gerente Municipal MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el actual Gerente de Asesoria Juridica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo que la comision especial de procesos administrativos disciplinarios recomienda al despacho de alcaldia se aperture MORDAZA administrativo disciplinario a los funcionarios indicados por haber transgredido entre otros el articulo 28º incisos a), d) y f) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico.

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