Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2006 (28/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano jueves 28 de setiembre de 2006

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NORMAS LEGALES

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Publica, Parques y Jardines Publicos, Espectaculos Publicos No Depor tivos, Multas Tributar ias y Administrativas, del periodo comprendido desde 1996 al 2006 inclusive. CAPITULO II DE LA AMNISTIA Articulo Cuarto.- PAGO AL CONTADO Dispongase la condonacion total y gradual de los reajustes e intereses moratorios por el pago al contado de las deudas pendientes de los tributos descritos en el Articulo Tercero; a los contribuyentes en general y a los fiscalizados, de la siguiente forma: a) Condonacion del 100% de los reajustes e intereses moratorios a los contribuyentes en general, con excepcion de los fiscalizados. b) Condonacion del 25% de los reajustes e intereses moratorios de los tributos liquidados con Resolucion de Determinacion a los Contribuyentes Fiscalizados. 4.1. DE LOS ARBITRIOS a) DE ANOS ANTERIORES (2002-2005) Concedase excepcionalmente la siguiente gradualidad de descuentos de los anos 2002 al 2005 de la forma siguiente: a.1. VIVIENDAS: Concedase el descuento del 90 % del monto insoluto hasta un minimo de S/. 10.00 (diez y 00/100 nuevos soles) por cada ejercicio fiscal pendiente de pago. a.2. OTROS USOS Concedase el descuento del 50 % del tributo insoluto pendiente de pago de cada ejercicio fiscal para predios distintos a viviendas. b) DEL EJERCICIO 2006 b.1. Concedase un descuento del 10 % adicional a lo otorgado en la Ordenanzas N°s. 079 y 083 (10%); por el pago al contado del tributo correspondiente al ejercicio 2006, a los contribuyentes que se encuentren al dia en sus pagos (2002 al 2005), MORDAZA de la fecha de publicacion de la presente Ordenanza. b.2. Concedase un descuento del 25% a las cuotas pendiente de pago a los contribuyentes que se encuentren al dia hasta la 4ta. cuota de tributo. 4.2. MULTAS TRIBUTARIAS Concedase el descuento del 50% sobre el monto emitido, siempre y cuando cancelen al contado las Resoluciones de Determinacion que diera lugar a dicha multa. 4.3. MULTAS ADMINISTRATIVAS Concedase el descuento del 80% del monto pendiente de pago a la multas emitidas a diciembre del 2005, a los infractores que procedan a la subsanacion previa de la infraccion; quedando excluidas del presente beneficio las multas impuestas por infracciones contra la Moral y el Orden Publico (03) del Cuadro de Infracciones y Sanciones Municipales. Concedase el descuento del 90% a los infractores de la pequena y microempresa que se le hayan impuesto multas por el funcionamiento sin autorizacion municipal, siempre y cuando subsane la infraccion. Articulo Quinto.- PAGO FRACCIONADO Otorgar el descuento del 50% del reajuste e interes moratorio para los contribuyentes que se acojan al convenio de fraccionamiento de su deuda resultante de la aplicacion de la presente Ordenanza; estableciendo para tal efecto una cuota minima del 10% del total de la deuda y el saldo hasta en 10 cuotas como maximo. El monto minimo a fraccionar no debe ser inferior a S/. 200.00 (Doscientos y 00/100 nuevos soles) y las cuotas no menor a S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 nuevos soles), cada una. Articulo Sexto.- PERDIDA DEL FRACCIONAMIENTO El incumplimiento de pago de dos o mas cuotas del fraccionamiento, MORDAZA lugar a la perdida de dicho

beneficio, procediendo la Gerencia de Rentas a resolver el convenio celebrado y disponer su cobranza por la via coactiva, sobre la deuda mas los intereses que correspondan. CAPITULO III ALCANCES Y REQUERIMIENTOS Articulo Septimo.- ALCANCES Podran acogerse a la presente ordenanza los contribuyentes cuya deuda se encuentre en los siguientes estados: a) En MORDAZA de cobranza coactiva, previo pago de las costas coactivas. b) En Convenio de fraccionamiento, por el saldo pendiente de cancelacion. c) En recurso de reclamacion, previo desistimiento del mismo. Articulo Octavo.- DE LAS GARANTIAS Los contribuyentes con personeria juridica que se acojan al presente beneficio mediante convenio de fraccionamiento y cuyas deudas superen las 3 (tres) UIT, deberan presentar una carta fianza y/o letras unicas por el total de la deuda, la cual tendra vigencia hasta la fecha de cancelacion del fraccionamiento celebrado. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primero.- DE LOS CONTRIBUYENTES EN MORDAZA DE FISCALIZACION Precisese que podran acogerse al presente beneficio de fiscalizacion tributaria siempre y cuando lo regularicen, conforme a la fiscalizacion practicada y MORDAZA de emitir las Resoluciones de Determinacion y/o de Multa Tributaria. Segundo.- MULTAS ADMINISTRATIVAS ONEROSAS. Autoricese a la Gerencia de Rentas, a traves de la Jefatura de Control y Recaudacion la extincion, mediante Resolucion Gerencial, de las multas administrativas emitidas en montos menores o iguales a S/. 140.00 (Ciento cuarenta y 00/100 nuevos soles) por considerarse de recuperacion onerosa; al MORDAZA del numeral 5) del Art. 27º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias. Acorde con la normatividad citada, las deudas de cobranza onerosa son aquellas cuyo costo de ejecucion no justifica su cobranza. Tercero.- PRESCRIPCIONES Los contribuyentes podran acogerse a la prescripcion de su deuda, que de acuerdo al Art. 43º del Codigo Tributario se encuentre prescrita; solicitando para tal efecto de conformidad con lo establecido en el Art. 47º del Codigo Tributario y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho. Cuarto.- DEL CUMPLIMIENTO Facultese a la Gerencia de Rentas, dictar las directivas necesarias, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, en concordancia con las dependencias administrativas que correspondan, la difusion y ejecucion. Quinto.- DE SUSPENSION DE NORMAS Y FACULTADES Suspendase por el plazo de vigencia de la presente Ordenanza, toda disposicion que se le oponga, facultandose al despacho de Alcaldia disponer la prorroga mediante Decreto, el plazo de vigencia, asi como dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para su eficaz cumplimiento. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02484-1

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