Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2006 (28/09/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano jueves 28 de setiembre de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

329005

en el referido Plan Piloto, entre otros, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, como lo prescribe el inciso a) del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 046-2005-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 073-2005-PCM, a traves de este Plan Piloto se procedera a la adquisicion y contratacion obligatoria de los servicios de telecomunicaciones para las Entidades indicadas en el articulo 3º del citado dispositivo legal; Que, en virtud a lo senalado en el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 046-2005-PCM, modificado mediante Decreto Supremo Nº 073-2005-PCM, las Entidades Tecnicas que en MORDAZA instancia determinaran las caracteristicas y/o detalle de las especificaciones tecnicas de los bienes o servicios requeridos por las entidades participantes que seran incluidos en los procesos de compras corporativas, seran entre otras, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para la contratacion de servicios de telecomunicaciones; Que, en el Oficio Nº 236-2006-MTPE/4/10.120 por un lado se indica que hasta la fecha no se ha realizado el MORDAZA de seleccion correspondiente y que a la fecha de suscripcion del citado documento se ha producido el desabastecimiento del referido servicio; y de otra parte, se senala que el citado MORDAZA de seleccion se encuentra en la etapa de aprobacion del expediente por parte de la Unidad de Compras Corporativas de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese contexto se solicita a la Oficina de Asesoria Juridica, mediante Oficio Nº 2531-2006-MTPE/ 4/10.1, la emision del informe legal correspondiente, asi como el proyecto de resolucion ministerial que autorice la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de telefonia fija, por desabastecimiento inminente, por el plazo MORDAZA de hasta seis meses, setiembre del 2006 a febrero del 2007, o hasta un dia MORDAZA de la entrada en vigencia del contrato a suscribirse con la empresa postora que obtenga la buena pro en el referido MORDAZA de Compras Corporativas de la Presidencia del Consejo de Ministros, por el monto de S/. 177 500,00 para lo que resta del presente ano; y, por el monto de S/. 71 000,00 con cargo al Ejercicio Presupuestal 2007, lo que ocurra primero; Que, de acuerdo al Oficio Nº 1222-2006-MTPE/4/ 9.2, el Informe Nº 226-2006-MTPE/4/9.220 y al Oficio Nº 1295-2006-MTPE/4/9.2 se precisa que la Meta 00183 Apoyo Logistico, Fuente 1.00 Recursos Ordinarios, Especifica 57 Servicio de Telefonia Movil y Fija, Servicio de Telefonia Fija, cuenta con Disponibilidad Presupuestal en el Calendario de setiembre a diciembre del 2006, por el importe ascendente a S/. 35 500,00 mensuales; Que, asimismo, se indica en los documentos a que se contrae el parrafo anterior que respecto a los recursos solicitados para los meses de enero y febrero del ano 2007, estos estan sujetos a la disponibilidad de los recursos que se aprueben para el Ejercicio Presupuestal 2007; Que, para el tramite y materializacion de dicha exoneracion deberan considerarse los parametros senalados en el Informe Nº 426-2006-MTPE/9.110, consistentes en los siguientes aspectos: (i) De conformidad con el articulo 141º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM la existencia de desabastecimiento inminente no es extensible para los supuestos en via de regularizacion, por lo que esta exoneracion debera aplicarse para cubrir los gastos derivados del servicio materia de desabastecimiento inminente que se produzcan a partir de la fecha de expedicion de la correspondiente resolucion administrativa que la aprueba; (ii) La exoneracion puede abarcar el periodo correspondiente a la fecha de expedicion de la resolucion que la aprueba hasta el mes de febrero del 2007; sin embargo atendiendo que al primer bimestre del ano siguiente no se cuenta con disponibilidad presupuestal cierta, es pertinente consignar en el respectivo contrato que la obligatoriedad de pago por parte de la Entidad se encuentra supeditada a la disponibilidad presupuestal que se apruebe para el referido periodo; (iii) En el Oficio Nº 236-2006-MTPE/4/10.120 se solicita una autorizacion de gasto por S/. 177 500,00, para cubrir los costos que se deriven de este servicio, en lo que resta del presente Ejercicio 2006, siendo que el monto a ejecutarse debera realizarse considerando estrictamente la disponibilidad de gasto para el presente Ejercicio 2006, senalada en el Oficio Nº 1222-2006-MTPE/4/9.2, el Informe Nº 226-

2006-MTPE/4/9.220 y el Oficio Nº 1295-2006-MTPE/4/ 9.2. Asi tambien, el pago correspondiente al primer bimestre del Ejercicio 2007 no debera exceder el monto mensual que se cancele por este servicio durante el ultimo trimestre del presente ano, en virtud de esta exoneracion (S/. 35 500,00); y (iv) Considerando que el contrato que se suscriba, en virtud de esta exoneracion pueda durar mas de un ejercicio presupuestal, es pertinente que la Oficina de Administracion y la Oficina de Planificacion y Presupuesto adopten las previsiones presupuestarias necesarias para garantizar el pago de estas obligaciones durante el primer bimestre del Ejercicio 2007. Adicionalmente se sugiere que se consigne en el contrato a suscribirse con la empresa proveedora de este servicio la clausula a que alude el articulo 27º numeral 27.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, precisando adicionalmente que la Entidad se encuentra facultada a resolver unilateralmente este contrato en el supuesto que no cuente con la disponibilidad presupuestal en el periodo MORDAZA indicado; Que, de acuerdo a lo manifestado en el Oficio Nº 236-2006-MTPE/4/10.120, la ausencia del servicio de telefonia fija compromete de forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que ostenta de manera esencial el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, ante esta situacion la Entidad se encontraria en una situacion de desabastecimiento inminente, la misma que a tenor de lo dispuesto por el articulo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, faculta la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, en ese sentido, de conformidad con lo informado por la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares resulta necesario declarar en situacion de desabastecimiento inminente el servicio de telefonia fija, por un plazo correspondiente a la fecha de expedicion de la respectiva resolucion de exoneracion hasta el 28 de febrero de 2007, o hasta un dia MORDAZA de la entrada en vigencia del contrato a suscribirse con la empresa que obtenga la buena pro del MORDAZA de seleccion que tramite la Unidad de Compras Corporativas Obligatorias del Plan Piloto, lo que ocurra primero; Con el visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Juridica, la Oficina de Planificacion y Presupuesto y la Oficina de Administracion; y, De conformidad con los articulos 19º y 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; y los articulos 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente el servicio de telefonia fija del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, por el periodo comprendido desde la fecha de aprobacion de la presente resolucion hasta el 28 de febrero de 2007, o hasta un dia MORDAZA de la entrada en vigencia del contrato a suscribirse con la empresa beneficiada con el otorgamiento de la buena pro en el MORDAZA de compras corporativas aludido en esta resolucion, lo que ocurra primero. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la contratacion del servicio de telefonia fija, por el monto MORDAZA ascendente a S/. 213 000,00 (Doscientos Trece Mil y 00/100 Nuevos Soles), para el periodo comprendido desde la fecha de aprobacion de la presente resolucion hasta el 28 de febrero de 2007. Para lo que resta del mes de setiembre a diciembre de 2006 se ejecutara con cargo a la Meta 00183 Apoyo Logistico, Fuente 1.00 Recursos Ordinarios, Especifica 57 Servicio de Telefonia Movil y Fija - Servicio de Telefonia Fija; siendo que los meses correspondientes a enero y febrero del ano 2007 seran cubiertos con las partidas presupuestales que se aprueben para estos periodos.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.