Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2007 (04/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2007

Vistos: el Memorando N° 020-2007-EF/15.01 del Viceministerio de Economia y los Informes N°s. 001-2007EF/13.05, 114-2007-EF/43.50 y 733-2007-EF/60.01 de la Oficina de Comunicaciones, de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, que sustentan la configuracion del supuesto de situacion de emergencia, previsto en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y modificatorias; CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y modificatorias, dispone que estan exonerados de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia; Que, segun el articulo 22º del citado Texto Unico Ordenado se considera situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional; Que, el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y modificatorias, establece que la situacion de emergencia es aquella en la cual la Entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la Entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes; Que, adicionalmente el mencionado articulo senala que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, remitiendolo, junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de la ejecucion de las prestaciones; Que, en uso de las facultades delegadas mediante la Ley N° 28932, el Poder Ejecutivo promulgo el Decreto Legislativo N° 978 que tiene por objeto racionalizar las exoneraciones e incentivos tributarios en los departamentos, provincias y distritos senalados en dicho Decreto Legislativo; Que, debido a la falta de una adecuada difusion de los alcances y beneficios del Decreto Legislativo N° 978, en la Region MORDAZA y en la Amazonia se ha producido la especulacion y el alza del precio de los productos de primera necesidad, ademas, de haberse creado un clima de descontento, temor y malestar en la poblacion, habiendose incluso programado una huelga indefinida a partir del 31 de marzo de 2007; Que, el Viceministerio de Economia mediante el Memorando N° 020-2007-EF/15.01 del 23 de marzo de 2007, senala que a fin de revertir las situaciones mencionadas en el considerando precedente es fundamental iniciar inmediatamente una MORDAZA de informacion en la cual se explique no solo los alcances del Decreto Legislativo N° 978, sino tambien se enfatice los aspectos beneficiosos que esta MORDAZA contiene; Que, asimismo, la Oficina de Comunicaciones en el Informe N° 001-2007-EF/13.05 del 23 de marzo de 2007, manifiesta que la MORDAZA de informacion debe ser realizada por una agencia de publicidad que tenga acceso a los principales medios de comunicacion que existan en la Region MORDAZA y en la Amazonia, debiendo efectuarse dicha difusion a traves de pautas y spots informativos en medios de comunicacion radiales y televisivos, desde el 25 de marzo al 10 de MORDAZA de 2007; Que, en atencion a lo informado por las citadas dependencias del Ministerio de Economia y Finanzas,

y a fin de evitar la convulsion social, la paralizacion de las actividades comerciales y el alza del precio de los productos de primera necesidad en las referidas zonas, se procedio a contratar directamente el Servicio de Difusion de Pautas y Spots Informativos en Medios de Comunicacion Radiales y Televisivos; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 160-2007EF/43.01 de fecha 30 de marzo de 2007, se modifico el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economia y Finanzas para el Ejercicio Fiscal correspondiente al ano 2007, a fin de incluir el MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del Servicio de Difusion de Pautas y Spots Informativos en Medios de Comunicacion Radiales y Televisivos; Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administracion, mediante Memorando Nº 474-2007EF/43.60 de fecha 30 de marzo de 2007, informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para la contratacion del mencionado servicio; Que, el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas se realizaran mediante acciones inmediatas y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y modificatorias, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar, en via de regularizacion, en situacion de emergencia la contratacion del Servicio de Difusion de Pautas y Spots Informativos en Medios de Comunicacion Radiales y Televisivos, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y modificatorias. Articulo 2º.- Exonerar, en via de regularizacion, al Ministerio de Economia y Finanzas de la realizacion del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del Servicio de Difusion de Pautas y Spots Informativos en Medios de Comunicacion Radiales y Televisivos. Articulo 3º.- La regularizacion de la contratacion dispuesta en los articulos precedentes se realizara con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Administracion General del Ministerio de Economia y Finanzas, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007, por el periodo comprendido entre el 24 de marzo al 10 de MORDAZA del presente ano, y hasta por la suma de S/. 235 068,00 (Doscientos Treinta y Cinco Mil Sesenta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles), incluyendo los impuestos de ley. Asimismo, la Oficina General de Administracion sera la encargada de formalizar la regularizacion de la contratacion del mencionado servicio con la empresa Speedymen´s S.A.C. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, el Memorando N° 020-2007-EF/15.01 del Viceministerio de Economia y los Informes N°s. 001-2007-EF/13.05,1142007-EF/43.50 y 733-2007-EF/60.01, de la Oficina de Comunicaciones, de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, seran remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 5º.- Disponer que la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion publique la informacion de la presente Resolucion Ministerial en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 45521-1

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