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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (04/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de abril de 2007 342846 Vistos: el Memorando N° 020-2007-EF/15.01 del Viceministerio de Economía y los Informes N°s. 001-2007-EF/13.05, 114-2007-EF/43.50 y 733-2007-EF/60.01 de la O fi cina de Comunicaciones, de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, que sustentan la con fi guración del supuesto de situación de emergencia, previsto en el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y modi fi catorias; CONSIDERANDO:Que, el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y modi fi catorias, dispone que están exonerados de los procesos de selección, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia; Que, según el artículo 22º del citado Texto Único Ordenado se considera situación de emergencia aquella en la cual la Entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastró fi cos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional; Que, el artículo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y modi fi catorias, establece que la situación de emergencia es aquella en la cual la Entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastró fi cos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la Entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevinientes; Que, adicionalmente el mencionado artículo señala que toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días siguientes a la fi nalización del evento que la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolución o Acuerdo correspondiente, remitiéndolo, junto con el informe técnico-legal sustentatorio, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estado de la ejecución de las prestaciones; Que, en uso de las facultades delegadas mediante la Ley N° 28932, el Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo N° 978 que tiene por objeto racionalizar las exoneraciones e incentivos tributarios en los departamentos, provincias y distritos señalados en dicho Decreto Legislativo; Que, debido a la falta de una adecuada difusión de los alcances y bene fi cios del Decreto Legislativo N° 978, en la Región Selva y en la Amazonía se ha producido la especulación y el alza del precio de los productos de primera necesidad, además, de haberse creado un clima de descontento, temor y malestar en la población, habiéndose incluso programado una huelga inde fi nida a partir del 31 de marzo de 2007; Que, el Viceministerio de Economía mediante el Memorando N° 020-2007-EF/15.01 del 23 de marzo de 2007, señala que a fi n de revertir las situaciones mencionadas en el considerando precedente es fundamental iniciar inmediatamente una campaña de información en la cual se explique no sólo los alcances del Decreto Legislativo N° 978, sino también se enfatice los aspectos bene fi ciosos que esta norma contiene; Que, asimismo, la O fi cina de Comunicaciones en el Informe N° 001-2007-EF/13.05 del 23 de marzo de 2007, mani fi esta que la campaña de información debe ser realizada por una agencia de publicidad que tenga acceso a los principales medios de comunicación que existan en la Región Selva y en la Amazonía, debiendo efectuarse dicha difusión a través de pautas y spots informativos en medios de comunicación radiales y televisivos, desde el 25 de marzo al 10 de abril de 2007; Que, en atención a lo informado por las citadas dependencias del Ministerio de Economía y Finanzas, y a fi n de evitar la convulsión social, la paralización de las actividades comerciales y el alza del precio de los productos de primera necesidad en las referidas zonas, se procedió a contratar directamente el Servicio de Difusión de Pautas y Spots Informativos en Medios de Comunicación Radiales y Televisivos; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 160-2007- EF/43.01 de fecha 30 de marzo de 2007, se modi fi có el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas para el Ejercicio Fiscal correspondiente al año 2007, a fi n de incluir el proceso de Concurso Público para la contratación del Servicio de Difusión de Pautas y Spots Informativos en Medios de Comunicación Radiales y Televisivos; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante Memorando Nº 474-2007-EF/43.60 de fecha 30 de marzo de 2007, informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para la contratación del mencionado servicio; Que, el artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas se realizarán mediante acciones inmediatas y se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y modi fi catorias, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar, en vía de regularización, en situación de emergencia la contratación del Servicio de Difusión de Pautas y Spots Informativos en Medios de Comunicación Radiales y Televisivos, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y modi fi catorias. Artículo 2º.- Exonerar, en vía de regularización, al Ministerio de Economía y Finanzas de la realización del proceso de Concurso Público para la contratación del Servicio de Difusión de Pautas y Spots Informativos en Medios de Comunicación Radiales y Televisivos. Artículo 3º.- La regularización de la contratación dispuesta en los artículos precedentes se realizará con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Administración General del Ministerio de Economía y Finanzas, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007, por el periodo comprendido entre el 24 de marzo al 10 de abril del presente año, y hasta por la suma de S/. 235 068,00 (Doscientos Treinta y Cinco Mil Sesenta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles), incluyendo los impuestos de ley. Asimismo, la O fi cina General de Administración será la encargada de formalizar la regularización de la contratación del mencionado servicio con la empresa Speedymen´s S.A.C. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, el Memorando N° 020-2007-EF/15.01 del Viceministerio de Economía y los Informes N°s. 001-2007-EF/13.05,114-2007-EF/43.50 y 733-2007-EF/60.01, de la O fi cina de Comunicaciones, de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, serán remitidos a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de aprobación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5º.- Disponer que la O fi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la O fi cina General de Administración publique la información de la presente Resolución Ministerial en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 45521-1