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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (04/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de abril de 2007 342863 registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, los Registros de Estado Civil, para su funcionamiento técnico operativo, carecían de un órgano rector que estableciera mecanismos básicos de capacitación, orientación, veri fi cación y control, bajo los cuales debiesen desarrollar sus actividades los Registradores de Estado Civil del país y, que el proceso de integración a que se re fi ere complementariamente la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, requería para su debida implementación, de la eliminación de la informalidad registral civil existente en el país; se estableció un proceso de formalización de las O fi cinas de Registro no autorizadas, ubicadas en las Municipalidades de los Centros Poblados de la República, el mismo que a la fecha ha permitido o fi cializar la inscripción de los hechos vitales y actos modi fi catorios del estado civil en los lugares geográ fi camente más apartados del territorio patrio; Que, en ese orden de ideas, la O fi cina Registral que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se re fi ere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularización de O fi cina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente complementado y cuenta con el visto bueno de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, por lo que, corresponde la aprobación de la delegación de funciones, que establezca la vinculación funcional que la normatividad vigente dispone, las mismas que requieren de publicidad, esencial para su vigencia; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil- Ley N° 26497, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado por Resolución Jefatural N° 050-2007-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución, a la O fi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de: CENTRO POBLADO DISTRITO Y PROVINCIA DEPARTAMENTO PARACHIQUE-LA BOCANASECHURA PIURA Artículo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado mencionado en el artículo precedente, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 3°.- El Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, a través de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, proporcionará los libros de nacimiento, matrimonio y defunción, a la O fi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado PARACHIQUE-LA BOCANA, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; así como también corresponderá a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil.Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 45282-1 Rectifican error material de la R.J N° 097-2007-JEF/RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 338 -2007-JEF/RENIEC Lima, 3 de abril de 2007VISTOS: La Resolución Jefatural N° 097-2007-JEF/RENIEC de fecha 19 de febrero del 2007; el Proveído N° 805 de fecha 19 de marzo del 2007, emitido por la Jefatura Nacional; y el Informe Nº 0426-2007-GAJ/RENIEC, de fecha 20 de marzo del 2007, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, habiéndose publicado la Resolución Jefatural N° 097-2007-JEF/RENIEC de fecha 19 de febrero del 2007, en la que se ha consignado por error material en el visto y en la parte considerativa, donde se señala como fecha del O fi cio Nº 195-2007/GI/RENIEC el 20 de febrero del 2007, siendo que es del 19 de febrero del 2007. De conformidad a lo establecido en el artículo 201 numeral 201.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, y a lo dispuesto en el artículo 201.2 del citado dispositivo legal, contando con el visto de la Gerencia de Asesoría Jurídica; en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil y de conformidad al Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 050-2007-JEF/RENIEC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Recti fi car el error material consignado en la Resolución Jefatural Nº 097-2007-JEF/RENIEC, en el visto y el cuarto considerando, relativo a la fecha del Ofi cio N° 195-2007-GI/RENIEC; donde dice: 20 de febrero del 2007, debe decir: 19 de febrero del 2007. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 45282-2 MINISTERIO PUBLICO Declaran fundada denuncia interpuesta contra Juez del Cuadragésimo Segundo Juzgado Civil de Lima por presunto delito contra la administración de justicia RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 368-2007-MP-FN Lima, 29 de marzo de 2007VISTO:El O fi cio Nº 3789-2006-ODCI-LIMA, remitido por la O fi cina Desconcentrada de Control Interno de Lima, elevando el expediente N° 899-2005-CI-LIMA, que contiene la investigación seguida contra el doctor Juan