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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (04/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de abril de 2007 342850 por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que la Entidad puede cancelar, cuando desaparezca la necesidad de contratar hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro y cuya formalización debe realizarse mediante resolución o acuerdo debidamente sustentado, del mismo o superior nivel de aquél que dio inicio al expediente de adquisición o contratación; Que, mediante Memorando del visto, la Viceministra de Minas señala que se ha determinado que procede la cancelación de la contratación de dicha consultoría en tanto ha desaparecido la necesidad de dicho servicio, por lo que procede expedirse la resolución ministerial correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 025-2003-EM, y sus modi fi catorias y en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos N° 083-2004-PCM y N° 084-2004-PCM, respectivamente; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Cancelar la exoneración del proceso de Concurso Público para la contratación del servicio de Asesoría y Consultoría para la elaboración de los Límites Máximos Permisibles – LMP para parámetros no regulados aprobado por Resolución Ministerial N° 118-2007-MEM/DM, por las razones a que se re fi ere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en la página Web del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración, dando término al encargo encomendado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 45363-1 JUSTICIA Cesan en el cargo y cancelan título de Notario Público de la provincia de Quispicanchis, Distrito Notarial de Cusco y Madre de Dios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 135-2007-JUS Lima, 30 de marzo de 2007 VISTO, el Informe Nº 006-2007-JUS/CN, de fecha 19 de marzo de 2007, del Presidente del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe de visto, el Presidente del Consejo del Notariado comunica al Despacho Ministerial que el señor Gualberto Eugenio Páucar Vitorino, Notario Público de la provincia de Quispicanchis, Distrito Notarial de Cusco y Madre de Dios, ha sido condenado por delito contra la Fe Pública y Fraude Procesal; Que, mediante Sentencia de fecha 17 de julio de 2006, recaída en el proceso Nº 51-2005, la Juez del Juzgado Mixto de Quispicanchis, Cusco, condenó al Notario de Quispicanchis, señor Gualberto Eugenio Páucar Vitorino por delito contra la fe pública - falsi fi cación de documentos – y fraude procesal, en agravio de don Erasmo Jáuregui Cisneros y el Estado Peruano, e inhabilitación para ejercer la función notarial por el período de un año, la misma que fue con fi rmada por la Resolución del 17 de octubre de 2006, expedida por la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, sentencia que se encuentra consentida; Que, mediante Resolución Nº 02-2007-JD/CNCMD, de fecha 8 de febrero de 2007, el Colegio de Notarios de Cusco y Madre de Dios dispone el cierre de los registros notariales que tiene a su cargo el Notario Público de la provincia de Quispicanchis, señor Gualberto Eugenio Páucar Vitorino, en virtud a la sentencia impuesta por la Juez del Juzgado Mixto de Quispicanchis; Que, el inciso d) del Artículo 21° del Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado, contempla como una de las causales de cese en la función notarial haber sido condenado por delito doloso; Que, atendiendo a las consideraciones que anteceden, es necesario proceder al cese y cancelación del título de Notario Público otorgado al señor Gualberto Eugenio Páucar Vitorino; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 26002, Ley del Notariado, el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Césese en el cargo de Notario Público de la provincia de Quispicanchis, Distrito Notarial de Cusco y Madre de Dios, al señor GUALBERTO EUGENIO PÁUCAR VITORINO, por haber sido condenado por delito doloso contra la fe pública - falsi fi cación de documentos – y fraude procesal. Artículo 2º.- Cancélese el título de Notario Público de la provincia de Quispicanchis, Distrito Notarial de Cusco y Madre de Dios, otorgado al señor GUALBERTO EUGENIO PÁUCAR VITORINO. Artículo 3º.- Remítase copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Cusco y Madre de Dios y al interesado para los fi nes que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA A. ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 45372-1 Designan representante del Ministerio ante la Comisión Evaluadora de la Ley de Arrepentimiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 139-2007-JUS Lima, 3 de abril de 2007 VISTO la renuncia presentada por el señor abogado LUIS ALBERTO SALGADO TANTTE, Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos, al cargo de Presidente de la Comisión Evaluadora de la Ley de Arrepentimiento; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-93-JUS, se creó la Comisión Evaluadora que tiene por fi nalidad evaluar, coordinar y supervisar la ejecución de los bene fi cios establecidos en la Ley de Arrepentimiento, manteniendo relaciones de coordinación con todos los organismos e instituciones del Estado comprometidos en la paci fi cación y desarrollo del país, la que se encuentra integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Justicia, quien la presidirá; Que, por Resolución Ministerial Nº 478-2006-JUS, de fecha 20 de setiembre de 2006, se designó al señor