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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (04/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de abril de 2007 342893 Que, mediante Dictamen N° 002-2007-MPC-CRECI de la Comisión de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional dictaminó recomendar al Concejo Provincial del Callao, la autorización de viaje de los regidores José Del Castillo Paz, Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, Patricia Chirinos Venegas y Del fi na Nelly Barboza Castillo, Presidenta de la Comisión de Servicios Comunales, los días 10, 11,12,13, y 14 de junio del 2007 para asistir a la XIII Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales en la ciudad de Miami Florida de los Estados Unidos de Norteamérica cuyo tema para el presente año es: “Construyendo el Municipio Competitivo, Cooperación Nacional, Regional y Local para el Desarrollo Económico” y el egreso de los gastos que represente su participación en este evento. Que, en la sesión de la fecha, luego del correspondiente debate, análisis y votación se aprobó lo recomendado en el Dictamen N° 002-2007-MPC CRECI de la Comisión de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. Estando lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; ACUERDA:1. Aprobar el Dictamen N° 002-2007-MPC CRECI de la Comisión de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, Autorizando el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Miami Florida de los Estados Unidos de Norteamérica de los regidores José del Carmen Del Castillo Paz, Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, Patricia Rosa Chirinos Venegas y Del fi na Nelly Barboza Castillo de Briceño, Presidenta de la Comisión de Servicios Comunales, los días 10, 11,12,13, y 14 de junio para asistir a la XIII Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales, cuyo tema para el presente año es: “Construyendo el Municipio Competitivo: Cooperación Nacional, Regional y Local para el Desarrollo Económico”. 2. Autorizar el egreso de US $ 6,594.75 (seis mil quinientos noventa y cuatro y 75/100 dólares americanos) para los representantes de la Municipalidad. Los gastos que irrogue el cumplimiento del Acuerdo que origine el presente dictamen estarán a cargo de la Municipalidad Provincial del Callao, conforme se detalla a continuación: José del Carmen Del Castillo Paz Pasajes : US $ 1,068.00Viáticos (US $220 X 5 días) : US $ 1,100.00Tarifa CORPAC : US $ 30.25 Patricia Rosa Chirinos Venegas Pasajes : US $ 1,068.00Viáticos (US $220 X 5 días) : US $ 1,100.00Tarifa CORPAC : US $ 30.25 Delfi na Nelly Barboza Castillo de Briceño Pasajes : US $ 1,068.00Viáticos (US $220 X 5 días) : US $ 1,100.00Tarifa CORPAC : US $ 30.25 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país los regidores cuyo viaje se autoriza por el presente Acuerdo deberán presentar a la Municipalidad Provincial del Callao, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. 4. El presente Acuerdo no libera ni exonera del pago del impuesto o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. 5. Autorizar al señor Alcalde para que vía Resolución de Alcaldía disponga que la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización efectúe la modi fi cación presupuestaria en el nivel funcional programatico a fi n de coberturar los pasajes y gastos de transporte no previstos en el Presupuesto Municipal 2007. 6. Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta.POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 45382-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJABAMBA Declaran en emergencia administrativa y financiera a la Municipalidad Provincial de Cajabamba, departamento de Cajamarca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2007-MPC. Cajabamba, 21 marzo del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJABAMBA POR CUANTO:EL HONORABLE CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJABAMBA; VISTO:La necesidad de la adecuación de la Municipalidad, a la nueva Ley Nº 27972, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 20 de marzo del año 2007. CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27680, se reforma el Capítulo XIV del Título V de la Constitución Política del Estado, regulando lo concerniente a los Gobiernos Locales en sus artículos 194º al 199º, dentro del marco del Proceso de Descentralización de la Estructura del Estado. Que, mediante Ley Nº 27783 se sientan las Bases para el Proceso de Descentralización de la Estructura del Estado. Que, con el objeto de implementar este proceso a nivel de la República, era necesario dictar las medidas necesarias afi n de adecuar a las instituciones públicas a esta nueva y moderna tendencia estructural, de allí la necesidad imperativa de la dación de la nueva Ley Orgánica de Municipalidades la misma que se aprobó con Ley Nº 27972, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 27 de mayo del 2003. En atención a los antecedentes, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, pese al transcurso del tiempo, la Municipalidad Provincial de Cajabamba no ha hecho uso de los mecanismos que esta Ley proporciona ni ha hecho ejercicio de esta herramienta legal para modernizarse y esto se re fl eja en que su estructura orgánica sigue siendo la misma, encontrándose con la di fi cultad de implementar un moderno Reglamento de Organización y Funciones y elaborar un objetivo Cuadro para Asignación de Personal y su PAP (entre otros documentos de gestión), limitándose al cambio de algunas denominaciones pero en esencia con una estructura orgánica que nada di fi ere de la que regulaba la Ley de Municipalidades Nº 23853, derogada. Que, la adecuación implica no solamente cambio de denominaciones sino todo un proceso que va desde la reestrucutración orgánica, reestructuración administrativa, reformas, cambios, etc. hasta la implementación de las bondades de la descentralización. Que, la Ley previendo las di fi cultades en el proceso de adecuación, en su vigésima Disposición Complementaria,