Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2007 (04/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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N° 225-2007/MDB-CDB autoriza al MORDAZA para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecucion de la presente ordenanza. Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972. DECRETA:

Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas su cumplimiento. Articulo Tercero: ENCARGUESE a la Gerencia de Administracion y Finanzas su publicacion en el Diario Oficial El Peruano bajo responsabilidad, a la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

Articulo Primero: Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 225-2007/MDB-CDB de fecha 8 de enero del 2007 prorrogada mediante Decreto de Alcaldia N° 011-2007DA/MDB, hasta el 20 de MORDAZA del 2007. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas su cumplimiento. Articulo Tercero: ENCARGUESE a la Gerencia de Administracion y Finanzas su publicacion en el Diario Oficial El Peruano bajo responsabilidad, a la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 45289-1

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 45358-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Aprueban porcentaje de descuento sobre tasas determinadas para los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y de Serenazgo del Ejercicio 2007
ORDENANZA MUNICIPAL N° 139 Chaclacayo, 29 de marzo del 2007 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 035-GATYR-MDCH-2007 de la GerencIa de Administracion Tributaria y Rentas y el Informe Nº 0992007-OAJ/MDCH de la Oficina de Asesoria Juridica; y; CONSIDERANDO: Que, en aplicacion a lo dispuesto en el primer parrafo del Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru y, conforme a lo establecido en los Articulos 74° y 192° de la misma MORDAZA legal, las municipalidades gozan de potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, los Articulos 66° y 68° inciso a) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, definen a las tasas municipales como los tributos creados por los Concejos Municipales cuya obligacion tiene como hecho generador la prestacion efectiva por la Municipalidad de un servicio publico o administrativo, siendo las tasas por servicios publicos o arbitrios aquellas que se paga por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico individualizado en el contribuyente; Asimismo, el articulo 69-A de la precitada MORDAZA establece que mediante Ordenanza se aprobara el monto de las tasas por arbitrios, la cual debe detallar los costos efectivos que demanda el servicio segun el numero de contribuyentes de la localidad beneficiada, asi como los criterios que justifiquen incrementos, de ser el caso; Que, la Ordenanza Nº 130­MDCH, que establece el importe de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2007, conforme a la Ordenanza Nº 116-MDCH, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 253 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con el reajuste acumulado del Indice del Precio al Consumidor (IPC) a diciembre del 2006, la misma que fue aprobada con fecha 27 de diciembre del 2006 para el ejercicio 2007. Que, mediante el Memorandum Nº 294-07/GDU-O/ MDCH, expedido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras y el Memorandum Nº 066-07/GBSYDH-MDCH, expedido por la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humano, ambos de fecha 27 de marzo del 2007, dichas gerencias determinan que durante los meses de enero, febrero y marzo del ejercicio 2007 no se ha efectuado la prestacion de los servicios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo con una efectividad del 100%, informando ademas que la proyeccion para la mejora de la efectividad en la prestacion de los servicios mencionados,

Amplian vigencia de la Ordenanza N° 228-2007/MDB-CDB, sobre beneficio tributario relativo a Arbitrios Municipales
DECRETO DE ALCALDIA N° 013-2007-DA/MDB Brena, 3 de MORDAZA del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTOS: El Informe N° 099-2007-GATR-GM-MDB, Pase Despacho de Alcaldia. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 228-2007/MDB-CDB de fecha 22 de enero del 2007 se otorga el beneficio tributario por unica vez relativo a los Arbitrios Municipales. Que mediante Decreto de Alcaldia N° 009-2007DA/MDB de fecha 27 de febrero del 2007 se amplia la vigencia de la Ordenanza N° 228-2007/MDB de fecha 22 de enero del 2007 hasta el 31 de marzo del 2007. Que mediante Informe Nº 099-2007-GATR-GM/MDB de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas solicita al Despacho de Alcaldia la prorroga de la Ordenanza N° 2282007/MDB-CDB hasta el 31 de marzo del 2007, en virtud a que los contribuyentes estan apoyando a esta nueva gestion el pago de sus tributos a pesar de estar realizando otros tipos de gastos que los vecinos viene cumpliendo con pagar sus arbitrios municipales ademas de haber un ligero incremento en los costos al MORDAZA recalculo efectuando a este tributo de acuerdo a la sentencia del Tribunal Constitucional, motivo por el cual se hizo este descuento para no ver afectado la situacion economica del vecino. Que, la Primera disposicion final de la Ordenanza N° 228-2007/MDB-CDB autoriza al MORDAZA para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecucion de la presente ordenanza; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 6) del Articulo 20º. de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972. DECRETA: Articulo Primero.- Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 228-2007/MDB-CDB de fecha 22 de enero del 2007 prorrogada mediante Decreto de Alcaldia N° 009-2007DA/MDB, hasta el 20 de MORDAZA del 2007.

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