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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (04/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de abril de 2007 342888 requiere de un plazo mínimo de 90 días contados desde la fecha de remisión de sus informes. Que, tomando como base la información brindada por dichas Gerencias, se ha evaluado esta situación y se ha determinado establecer porcentajes de descuento para los arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines, y serenazgo de los meses de enero, febrero y marzo del ejercicio 2007, conforme a la efectividad de los servicios prestados durante dichos meses; asimismo debe extenderse dicho descuento a los meses de abril, mayo y junio conforme a lo informado por las gerencias mencionadas. Que, una vez regularizada la prestación efectiva de los servicios públicos por concepto de Limpieza Pública, Parques y Jardines, y Serenazgo en todas las zonas del distrito, sustentados en los Informes Técnicos de las áreas correspondientes, se iniciará la cobranza por el 100% de la Tasa determinada para la prestación de dichos servicios; Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el inciso 8) del Artículo 9° y Artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, con el voto unánime de los miembros del Concejo y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ESTABLECEN PORCENTAJE DE DESCUENTO SOBRE LAS TASAS DETERMINADAS PARA LA COBRANZA DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES, Y SERENAZGO DEL EJERCICIO 2007, CONFORME A LA EFECTIVIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS DURANTE LOS MESES DE ENERO, FEBRERO Y MARZO DEL 2007 Artículo 1°.- APRUÉBESE el porcentaje de descuento sobre las Tasas determinadas para la cobranza de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del Ejercicio 2007, contenidos en el “Cuadro de Aplicación de Descuentos”, que es parte integrante de la presente ordenanza, y que corre como anexo de la misma, calculados conforme a la efectividad de los servicios prestados durante los meses de enero, febrero y marzo del 2007, y que serán aplicables para los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio del ejercicio 2007. Artículo 2°.- FACÚLTESE a los contribuyentes que hayan cumplido con cancelar la totalidad de los arbitrios municipales, sometidos a descuento, para que soliciten el recálculo y compensación de los montos pagados en exceso, con deudas tributarias futuras. Artículo 3º.- FACÚLTESE al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas reglamentarias pertinentes. Artículo 4°.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde CUADRO DE APLICACIÓN DE DESCUENTOS LIMPIEZA PÚBLICA NOMBRE GRUPO SERENAZGO* RECOJO* BARRIDO*PARQ Y JAR* CENTRO DE CHACLACAYO 1 40 % 0 % 0 % 0 % SANTA INÉS BAJO 2 40 % 70% 100 % 100 %MONTE SANTA INÉS VILLA ROSARIO AA.HH. PARAISO ASOC. DE VIVIENDA CASA HUERTA LOS PALTOS P.J. LA TAPADA QUEBRADA LAS CUMBRES 3 40 % 40 % 100 % 100 %ASOC. DE VIVIENDA “VALLE HERMOSO” AA. HH. SAN BARTOLOME AA. HH. FUNDO EL MONTE ASOC. DE RESIDENTES FUNDO EL MONTE 1RA E VIRGEN DE FÁTIMA MORÓN MORÓN CHICO LUIS FELIPE DE LAS CASAS HUASCARÁNEL CUADRO 4 40 % 0 % 100 % 0 % ALFONSO COBIAN 5 40 % 80 % 50 % 0 % MIGUEL GRAU 6 40 % 60 % 100 % 0 %NUEVA ALIANZA CULTURA Y PROGRESO VILLA RICA CERRO VECINO HUASCATA 7 40 % 20 % 100 % 100 %CERRO VECINO HASCATA LA FLORESTA ALTA 1RO DE NOVIEMBRE VILLA HUASCATA URB. GARCILAZO DE LA VEGA PERLA DEL SOL VILLA MARÍA 8 40 % 60 % 100 % 100 %VILLA MERCEDES ORG. VEC. SANTA ROSA DE LIMA VALLE DEL RÍMAC CARRETRA CENTRAL9 40 % 20 % 100 % 0 %COOP. LAS FLORESTA PARCELA 10 40 % 100 % 100 % 100 % 3 DE OCTUBRE 11 40 % 20 % 80 % 100 % A.P.V. TRAB. MUNICIPALES 12 40 % 40 % 100 % 50 % * Porcentaje de DESCUENTO a aplicarse por la tasa calculada. 44661-1 Fijan montos de remuneración del Alcalde y de dietas de Regidores de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-07 Chaclacayo, 15 de marzo del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Chaclacayo, en sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, el inciso 28) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades –Ley Nº 27972, señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar la remuneración del Alcalde y las dietas de los Regidores. Asimismo, el artículo 12º de la citada norma, establece que los Regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fi jadas por Acuerdo de Concejo dentro del primer trimestre del primer año de gestión, el Acuerdo que las fi ja será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad. Asimismo, el monto de las dietas es fi jado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 04-07, de fecha 29.01.07 se fi jó la remuneración del Alcalde y la dieta de los Regidores; Que, estando al pedido de los Regidores en la sesión ordinaria de incrementar el monto de la remuneración del Alcalde, toda vez que la población del distrito ha tomado conocimiento que nuestro Alcalde está apoyando en la ejecución de las obras que se dan en bene fi cio de los vecinos, éstos a su vez al tener una comunicación permanente con los regidores solicitan que se incremente la remuneración del Alcalde, teniendo en cuenta que tal mejora remunerativa redundará directamente en bene fi cio de aquellos pueblos que no tuvieron la suerte de ser bene fi ciados con el presupuesto participativo; ante ello, el Artículo 21º de la Ley Nº 27972, señala que el Alcalde Distrital, desempeña su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneración mensual fi jada por Acuerdo de Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión, el Acuerdo que la fi ja será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad. De igual modo, el monto mensual de la remuneración del Alcalde esfi jado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local;