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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de abril de 2007 343389 D.A. N° 001-2007-DA-MDMM.- Eliminan derecho de pago del procedimiento 4.06 numeral 6 ítem Recurso de Reclamación del TUPA de la Municipalidad 343452 R.A. N° 032-2007-A-MDMM.- Delegan a la Gerente Municipal facultades en materia presupuestal y de aprobación de modi fi caciones presupuestarias 343452 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO R.A. N° 165-2007-MDCC.- Aprueban relación de bienes a adquirirse para el Proyecto “Mejoramiento Sistema de Agua Potable del Circuito N-29 Cono Norte” 343453MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA Acuerdo N° 059-2007-MDSM.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche 343453 PROYECTOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Res. N° 014-2007-CD/OSIPTEL.- Proyecto de Resolución mediante el cual se aprueban los criterios para la clasi fi cación del uso comercial del servicio de telefonía fi ja prestado por Telefónica del Perú S.A.A. y su Exposición de Motivos 343454 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de representante del INDECOPI a Colombia para participar en eventos de la COPANT y del PASC RESOLUCIÓN SUPREMA N° 063-2007-PCM Piura, 12 de abril de 2007 Vista la Carta N° 0111-2007/GEG-INDECOPI, de fecha 27 de marzo de 2007, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, del 22 al 27 de abril de 2007, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, se llevará a cabo la Asamblea Anual de la Comisión Panamericana de Normas Técnicas - COPANT - 2007 y la XXX Reunión del Consejo de Normalización del Asia Pací fi co PASC - 2007; Que, los mencionados eventos tienen como objetivo, proporcionar un espacio abierto para que los miembros de la Comisión Panamericana de Normas Técnicas - COPANT y del Consejo de Normalización del Asia Pací fi co - PASC (Paci fi c Area Standards Congress) estudien y exploren posibilidades de trabajo conjunto que bene fi cien las actividades de normalización en los países o economías miembro, que les permitan trabajar con objetivos claros en el escenario de la normalización internacional, y que contribuyan a la integración y el comercio exterior en sus respectivas regiones; Que, es de especial interés para el INDECOPI, en su condición de Organismo Nacional de Normalización, la participación de un funcionario en la Asamblea COPANT, la Reunión de PASC, y en la Reunión Conjunta de PASC y COPANT puesto que contribuirá al trabajo que el Perú, y particularmente el INDECOPI, habrá de desarrollar en el ejercicio de la Presidencia del Subcomité de Normalización y Conformidad (SCSC por sus siglas en inglés) del Foro de Cooperación Asia Pací fi co (APEC) en 2008, año en que el Perú asumirá la Presidencia de dicho Foro; Que, el SCSC trabaja de manera coordinada y coopera con los organismos regionales especializados de APEC, como son la Cooperación de Acreditación de Laboratorios del Asia Pací fi co - APLAC, el Foro de Metrología Legal del Asia Pací fi co-APLMF, el Programa de Metrología del Asia Pací fi co - APMP, la cooperación de Acreditación del Pací fi co -PAC y el Congreso de Normalización de la Región Pací fi co - PASC, complementando el trabajo realizado y articulando posiciones regionales en los organismos internacionales de normalización, acreditación y metrología, motivo por el cual el ejercicio apropiado de la Presidencia del SCSC requiere la incorporación del Perú en dichos organismos, así como su activa participación; Que, resulta necesaria la presencia del representante del Organismo Nacional de Normalización en la XXX Reunión de PASC-2007, dado que en este evento se llevará a cabo la votación para admitir al Perú como miembro del PASC; Que, la XXX Reunión Anual de la PASC y la Asamblea Anual 2007 de COPANT, organizados conjuntamente por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certi fi cación - ICONTEC, representa un espacio de integración y facilitación del comercio en las regiones panamericana y Asia Pací fi co a través de la armonización de las normas técnicas; adicionalmente, la participación del Perú permitirá fortalecer su presencia con el propósito de que el país sea incluido en futuros proyectos e iniciativas generadas por dichos organismos; Que, los gastos en los que incurra el funcionario serán asumidos por el Proyecto de Apoyo para Mejorar la Oferta Productiva y Facilitar el Comercio Exterior (Convenio de Préstamo BIRF N° 7177-PE), De conformidad con la Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Surpremo N° 047-2002-PCM y el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo N° 094-2005-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Mario Sandoval Tupayachi, Secretario Técnico de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, a la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, del 21 al 28 de abril de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos de pasajes aéreos, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto para la participación del funcionario en el evento serán fi nanciados por el Proyecto de Apoyo para Mejorar la Oferta Productiva y Facilitar el Comercio Exterior (Convenio de Préstamo BIRF N° 7177 - PE), de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje S/. 2 545,60 Viáticos S/. 4 454,80Tarifa Única por Uso de Aeropuerto S/. 98,26 --------------------- S/. 7 098,66 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.