Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2007 (13/04/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

343399

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 457-2005MIMDES de fecha 30 de junio de 2005 se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director General de la Direccion General de Desplazados y Cultura de Paz del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, con Resolucion Ministerial Nº 713-2005MIMDES de fecha 28 de octubre de 2005 se designo al senor MORDAZA MORDAZA Soriano MORDAZA, en el cargo de Director de la Direccion de Promocion de Cultura de Paz de la Direccion General de Desplazados y Cultura de Paz del MIMDES; Que, por Oficio Nº 131-2007-MIMDES/DGDCP de fecha 13 de marzo de 2007, el Director General de la Direccion General de Desplazados y Cultura de Paz solicito autorizacion para hacer uso de su goce vacacional, asi como la realizacion de los tramite necesarios para formalizar la encargatura de las funciones de la Direccion General a su cargo, al senor MORDAZA MORDAZA Soriano Perea; Que, con Nota Nº 37-2007-MIMDES/OGRH de fecha 22 de marzo de 2007, el Director General de la Oficina General de Recursos Humanos sustenta la procedencia de la encargatura solicitada, debido a que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA uso de su goce vacacional a partir del 26 de marzo al 22 de MORDAZA de 2007, la cual fue autorizada por el Despacho Viceministerial de la Mujer; Que, el numeral 17.1 del articulo 17 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad puede disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - Ley Nº 27793; la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y el Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar, con eficacia anticipada al 26 de marzo de 2007 hasta el 22 de MORDAZA de 2007, al senor MORDAZA MORDAZA Soriano MORDAZA, las funciones de Director General de la Direccion General de Desplazados y Cultura de Paz del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 48566-1

PRODUCE
Aprueban Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa
DECRETO SUPREMO Nº 011-2007-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que el articulo 2º de la Ley General de Pesca, aprobada por Decreto Ley Nº 25977, establece que constituye patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en aguas jurisdiccionales y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que el articulo 11º de la precitada Ley dispone que el Ministerio de la Produccion, segun el MORDAZA de pesqueria y la situacion de los recursos que se explotan, establecera el sistema de ordenamiento que concilie el MORDAZA de sostenibilidad de los recursos pesqueros o conservacion en el largo plazo, con la obtencion de los mayores

beneficios economicos y sociales y que, de acuerdo al articulo 12º de dicha Ley, el ambito de aplicacion de los sistemas de ordenamiento, podra ser total, por zonas geograficas o por unidades diferenciadas; Que el articulo 5º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, dispone que el ordenamiento pesquero se aprueba mediante reglamentos que tienen por finalidad establecer los principios, normas y medidas regulatorias aplicables a los recursos hidrobiologicos que deban ser administrados como unidades diferenciadas; Que la Primera Disposicion Final del Reglamento de la Ley General de Pesca, dispone que el Ministerio de la Produccion, procedera a revisar la normatividad del Sector a fin de iniciar su simplificacion; Que por Decreto Supremo Nº 024-2001-PE del 11 de junio de 2001, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero para acceder a la pesqueria de los recursos jurel (Trachurus picturatus murphyi o Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus peruanus); aplicables a las autorizaciones de incremento de flota, permisos de pesca y licencias de procesamiento, empleando embarcaciones pesqueras con las modalidades de cerco, arrastre de media agua y arrastre - factoria; Que mediante Oficio Nº PCD-100-557-2004-PRODUCE/ IMP del 23 de septiembre de 2004, el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, alcanza el informe "Justificacion sobre la posibilidad del ingreso de una flota de combinacion multiproposito (cerco/ arrastre de media agua), para la captura de jurel y caballa en el Peru", sustentando las consideraciones tecnicas y biologico pesqueras para la conformacion de una flota de embarcaciones de combinacion cerco - arrastre orientada a la extraccion de los recursos jurel y caballa; Que mediante Oficio Nº PCD-100-429-2005-PRODUCE/ IMP del 22 de agosto de 2005, el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, alcanza la opinion tecnica relacionada con las zonas de operacion de la pesqueria de arrastre pelagica del jurel en la costa peruana, senalando que las zonas de pesca para embarcaciones pesqueras de arrastre que propusiera el Despacho Viceministerial de Pesqueria, son viables adoptandose ciertas recomendaciones que se senalan en la citada opinion tecnica; Que, complementariamente, con el objetivo de asegurar la explotacion sostenible de los recursos jurel y caballa, asi como el abastecimiento equitativo de los establecimientos industriales de consumo humano directo, se realizaron una serie de reuniones con los representantes de los distintos gremios de armadores pesqueros y titulares de licencias de operacion de establecimientos de industriales pesqueros para consumo humano directo que se verian involucrados en la aplicacion del MORDAZA Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, quienes han manifestado su conformidad con los alcances de la propuesta en lo que concierne al destino del recurso extraido; Que se considera conveniente emitir un MORDAZA reglamento de ordenamiento pesquero de los recursos en mencion que incorpore aspectos tecnicos y biologicos pesqueros a tenerse en consideracion para la determinacion de las caracteristicas de la flota pesquera que se dedica a la extraccion de jurel y caballa y el acceso a dichas pesquerias, conciliando a traves de la dacion del citado dispositivo, el MORDAZA de sostenibilidad de los citados recursos con la obtencion de los mayores beneficios economicos y sociales; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, que consta de diez (10) articulos y cinco (5) disposiciones finales, complementarias y transitorias, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Los recursos sardina (Sardinops sagax), jurel (Trachurus picturatus murphyi o Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados exclusivamente al consumo humano directo. Articulo 3º.- Deroguese los Decretos Supremos Nº 024-2001-PE, Nº 036-2001-PE, Nº 005-2007PRODUCE, Nº 006-2007-PRODUCE, los articulos 3º y 5º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE y demas normas de igual o inferior rango que se opongan o

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.