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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2007 (13/04/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de abril de 2007 343395 detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3º de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida / Llegada de la línea de transmisiónTensión (kV)Nº de ternasLongitud (km)Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) SE Santiago de Cao - SE Malabrigo 34,5 01 41,50 11 Artículo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 298-2007 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. – HIDRANDINA S.A., el que consta de 17 cláusulas y 03 anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión Nº 298-2007, referido en el artículo 3º de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario O fi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 48570-7 INTERIOR Exoneran a la Policía Nacional del Perú del pago de Tasas establecidas en el TUPA de la SUNARP cuando requiera información que administran las Oficinas Registrales del país, en el curso de investigaciones que realice DECRETO SUPREMO N° 007-2007-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el artículo 37° de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que las Entidades Públicas deben aprobar su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, estableciendo las escalas de pagos para aquellos trámites que correspondan; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2004-JUS de fecha 1 de agosto de 2004, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP, estableciéndose el valor de las tasas para la expedición de la Información que administran las diversas O fi cinas Registrales del país; Que, una de las políticas del Supremo Gobierno es la lucha integral contra el crimen organizado en todas sus modalidades, siendo necesario que la Policía Nacional del Perú cuente con la información necesaria que permita cumplir con éxito la misión encomendada;Que, se hace necesario exonerar a la Policía Nacional del Perú del pago de las tasas por concepto de requerimiento de información establecidas para la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP, cuando las investigaciones que realice estén referidas al ámbito de la criminalidad organizada, a fi n de poder contar con la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones; Que, tomando en cuenta los argumentos antes expresados, y habiendo evaluado las políticas generales de Gobierno frente al incremento de la criminalidad organizada, resulta necesario exonerar a la Policía Nacional del Perú del pago de las tasas por concepto de requerimiento de información. De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo N° 560 “Ley del Poder Ejecutivo” y; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1°.- Exonerar a la Policía Nacional del Perú del pago de las Tasas establecidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintedencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP cuando requiera información que administran las diversas O fi cinas Registrales del país, en el curso de las investigaciones que realice dentro del ámbito de la criminalidad organizada. Artículo 2°.- Confórmese una Comisión integrada por un representante del Ministerio del Interior, quien la presidirá, un representante del Ministerio de Justicia y un representante de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP, para que en el plazo no mayor de 30 días calendario contado a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo se encargue de establecer el procedimiento para la implementación de lo dispuesto en el artículo precedente, el mismo que será aprobado mediante Resolución Ministerial del Sector Interior. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Justicia y el Ministro del Interior. Dado en la ciudad de Piura, a los doce días del mes de abril del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS ALVA CASTRO Ministro del Interior MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 48570-1 Autorizan viaje de personal PNP a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2007-IN/PNP Piura, 12 de abril de 2007 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 05-2007- DGPNP/OCN/INTERPOL-EM, del 30 de marzo del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, con Mensaje Nº 5604 del 27 de marzo del 2007, la OCN-INTERPOL Buenos Aires - ARGENTINA, comunica a la Ofi cina Central Nacional (OCN) - INTERPOL - Lima, que la Cancillería Argentina ha declarado procedente la extradición del procesado Luís Carlos HUASUPOMA MOSCOSO, quien es requerido por el Trigésimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, por el delito contra la Salud Pública - Trá fi co Ilícito de Drogas en forma agravada, en agravio del Estado Peruano, conforme al Expediente Nº 37- 2006 de la mencionada autoridad judicial; Que, con O fi cio Nº 4030-2007-DGPNP/INTERPOL-EM del 27 de marzo del 2007, el Coronel PNP Arturo BARRAZA LUYO, Director Ejecutivo de la O fi cina Central INTERPOL