Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2007 (13/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2007

III Etapa, ubicada en los distritos de La Union, Tarma, Palca, Tapo, Huaricolca y Ricran, provincias de Tarma y Jauja, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM en el sistema PSAD56, figuran en el Expediente; Que, de acuerdo a la legislacion vigente de ese entonces, mediante Oficio Nº 1089-98-EM/DGE, de fecha 16 de octubre de 1998, la Direccion General de Electricidad otorgo la conformidad del Estudio de Impacto Ambiental de la Linea de Transmision de 22,9 kV PSE Tarma III Etapa; Que, las obras de la Linea de Transmision de 22,9 kV PSE Tarma III Etapa fueron concluidas y transferidas como aporte del Estado al capital de la Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. ­ ADINELSA, segun consta en la Resolucion Ministerial Nº 477-2005-EM/DM de fecha 16 de noviembre de 2005, y en virtud del Contrato de Administracion Nº 001-98, suscrito el 19 de noviembre de 1998, Empresa de Administracion de Infraestructura Electrica S.A. ­ ADINELSA ha entregado la administracion de las obras electricas del Pequeno Sistema Electrico a que se refiere la presente Resolucion, a favor de Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A.; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 2702006-DGE-CEL, complementado con el Informe Nº 0662007-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Centro S.A. - ELECTROCENTRO S.A., concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 22,9 kV PSE Tarma III Etapa, ubicada en los distritos de La Union, Tarma, Palca, Tapo, Huaricolca y Ricran, provincias de Tarma y Jauja, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las caracteristicas principales de los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Item Salida / Llegada de las Lineas Electricas Tension Fases (kV) Nº de Longitud Circuitos (km) Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11 11

Contrato de Concesion Nº 299-2006, referido en el articulo 3º de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 48570-6

Otorgan concesion definitiva a Hidrandina S.A. para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica
RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2007-EM MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Expediente Nº 14145206, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentada por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A. ­ HIDRANDINA S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11000323 de la Oficina Registral Trujillo; CONSIDERANDO: Que, la solicitud presentada por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A. ­ HIDRANDINA S.A. tiene por objeto obtener la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision con la Linea de Transmision de 34,5 kV SE MORDAZA de Cao - SE Malabrigo, existente, ubicada en los distritos de MORDAZA de Cao, MORDAZA de Cao y Razuri, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 157-2006MEM/AAE de fecha 15 de MORDAZA de 2006, se aprobo el Estudio de Impacto Ambiental de la Linea de Transmision de 34,5 kV SE MORDAZA de Cao - SE Malabrigo; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 0412007-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A. ­ HIDRANDINA S.A., concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica con la Linea de Transmision de 34,5 kV SE MORDAZA de Cao - SE Malabrigo, ubicada en los distritos de MORDAZA de Cao, MORDAZA de Cao y Razuri, provincia de Ascope, departamento de La MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se

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L. P. Troncal Palca - Tapo L. P. Troncal Tapo ­ Congas Antacucho L. P. Troncal Maco - Ricran L. P. Troncal Ricran - Jajachaca Derivacion Yaroca Derivacion Pichuynioc Derivacion Pichuynioc - Pallcash Derivacion Queta Derivacion Huaripampa Derivacion Yuracmayo Derivacion Maco ­ Congas Antacucho Derivacion Apaycanchilla Derivacion Apaycanchilla - Apaycancha Derivacion Casablanca - Condorcocha Derivacion Condorcocha ­ Cari-Limapuquio Derivacion Cochayoc

22,9 22,9 22,9 22,9 22,9 22,9 22,9 22,9 22,9 22,9 22,9 22,9 22,9 22,9 22,9 22,9

Trifasico Trifasico Trifasico Bifasica Bifasica Bifasica Bifasica Bifasica Bifasica Bifasica Trifasico Trifasico Bifasica Trifasico Bifasica Bifasica

01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01

4,60 12,46 7,44 0,75 3,17 2,83 0,35 2,96 0,81 1,01 1,22 5,90 0,71 7,53 1,63 0,04

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 299-2006 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Centro S.A. ELECTROCENTRO S.A., el que consta de 17 clausulas y 03 anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica que de origen el

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